Ángel Ron, expresidente del Banco Popular, recurrirá la sentencia que le obliga a devolver 12,8 millones de euros de su prejubilación
Ángel Ron fue el último presidente del Banco Popular, absorbido por el Santander. Foto: El Independiente.

Ángel Ron, expresidente del Banco Popular, recurrirá la sentencia que le obliga a devolver 12,8 millones de euros de su prejubilación

Un juzgado ha dado la razón a Santander y aplica la cláusula 'malus' en el cobro de la prejubilación de Ángel Ron
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14/9/2019 06:51
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Actualizado: 13/9/2019 22:44
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El expresidente del Banco Popular, Ángel Ron recurrirá la sentencia dictada por la magistrada María del Rocío Montes Rosado, titular del Juzgado de Primera Instancia 47 de Madrid, por la demanda del Banco Santander sobre su jubilación como presidente del Banco Popular, según un comunicado hecho público.

La magistrada ha dado la razón a Banco Santander en el pleito contra Ron, por el que se le exige al expresidente de Banco Popular la devolución de los 12,8 millones de euros percibidos en concepto de retribución variable.

Así, mediante la aplicación de la cláusula ‘malus’, se exige a Ron el reembolso de su prejubilación.

Esta cláusula puede suponer la reducción hasta en un 100% de la retribución variable pendiente de abono en caso de fallos significativos en la gestión del riesgo cometidos por el banco, que se produzca un incremento de las necesidades de capital, que existan sanciones regulatorias o condenas judiciales por hechos imputables al personal responsable o por conductas irregulares.

En un comunicado, Ron considera que «la sentencia es contraria a los Estatutos del banco, a la política de remuneraciones existente, sometida a los Acuerdos del Consejo y de la Junta General de Accionistas, que aprobaron dicha retribución y estuvo vigente desde 1979 hasta la llegada del sucesor de Ángel Ron».

Cree además que «el fundamento de la estimación es la calificación como retribución variable de la pensión que le reconocen los estatutos, a pesar de que el Banco siempre le dio la consideración de fija y así figuraba en su contrato».

«Aplica la sentencia, con carácter retroactivo, una norma que no había entrado en vigor, tal como reconocen los informes técnicos que cita y fueron ratificados en sede judicial», añade.

Aplicación del ‘claw black’

«Carece la sentencia de justificación de cumplimiento de los requisitos para aplicación del claw back, que exige la propia norma, según informes de expertos que aportó a los autos Ángel Ron y que no han sido tenidos en cuenta, basando la juzgadora su consideración, en muchos aspectos contradictoria, en interpretaciones carentes de fundamento jurídico», reza el comunicado.

En la sentencia se realizan afirmaciones «contra la evidencia de documentos, que fueron aportados por el mismo Banco Santander, que acreditan que, desde 1979, se consideró la pensión que él percibe, reflejándose así en los contratos de consejeros y directivos», según Ron.

La sentencia afirma que no se juzga la gestión Ron, sino que atiende al hecho objetivo de la resolución.

El expresidente de Banco Popular se explica señalando que «sin embargo, desoye e ignora la existencia de controversias y procedimientos en diversos tribunales y jurisdicciones, tanto sobre las causas de la resolución el Banco Popular, como sobre su valoración en 1 euro«.

Por último, asegura que «Ángel Ron seguirá defendiendo su honor, su trasparente e impecable gestión como presidente y sus derechos como accionista, puesto que está, con todo su Consejo, entre los 300.000 afectados, que perdieron una parte muy importante de sus ahorros».

También se condena a Mapfre –entidad a través de la que se instrumentaliza la póliza de seguro de renta– a dejar sin efecto las obligaciones de pago previstas y a devolver el importe de prima no consumida, incrementado con los intereses legales calculados desde el 8 de septiembre de 2017.

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