La Fiscalía se opone a juzgar a 16 guardias civiles por la muerte de 15 migrantes en Ceuta y pide el archivo del caso

La Fiscalía se opone a juzgar a 16 guardias civiles por la muerte de 15 migrantes en Ceuta y pide el archivo del caso

El Ministerio Público solicita el sobreseimiento de la causa "por motivos de forma y de fondo"
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05/10/2019 06:20
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Actualizado: 04/10/2019 19:46
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La Fiscalía de Ceuta ha presentado un recurso de reforma y otro subsidiario de apelación contra el auto de la magistrada del Juzgado de Instrucción número 6 local que la semana pasada ordenó el procesamiento de 16 guardias civiles.

Loa agentes serían los presuntos autores de sendos delitos de homicidio imprudente y denegación de auxilio durante su actuación en la playa del Tarajal la madrugada del 6 de febrero de 2014, cuando 15 migrantes murieron ahogados.

El Ministerio Público solicita el sobreseimiento de la causa «por motivos de forma y de fondo».

Fuentes judiciales han precisado este viernes a Europa Press que el recurso de reforma denuncia «falta de concreción de los hechos imputados» a los agentes y reclama, por tanto, su anulación.

En su resolución, la jueza concluyó que los guardias pudieron «contribuir, co-causalmente, a título de imprudencia, a la muerte por ahogamiento» y que «podían haber intervenido en su auxilio y se abstuvieron de hacerlo sin causa que justifique su omisión».

La Abogacía del Estado también recurre

La Abogacía del Estado también ha recurrido el auto porque, a su juicio, «no consta en la causa motivación suficiente que permita imputar, al menos provisionalmente, los hechos concretos que revistan indiciariamente naturaleza delictiva y que se atribuya a los investigados».

El escrito subsidiario de apelación del Ministerio Público ante la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz argumenta, sobre el fondo de la cuestión, que de las diligencias practicadas desde el día de los hechos no pueden inferirse indicios suficientes para llevar a juicio oral a los acusados.

La causa fue archivada por primera vez en octubre de 2015 y sobreseída de nuevo en enero del año pasado.

Pero en ambos casos la Audiencia revocó los autos exigiendo que al menos se intentase escuchar a dos migrantes supervivientes localizados en Alemania y culminar la Comisión Rogatoria a Marruecos para acceder a las autopsias de los cadáveres recuperados en Marruecos, como pedían el resto de acusaciones.

En ambos casos la Fiscalía se opuso a los recursos y respaldó el archivo de las diligencias.

El desplazamiento a la península de los solicitantes de asilo en Ceuta y Melilla, en manos del Supremo

El Tribunal Supremo ha aceptado fijar jurisprudencia para determinar si los migrantes que presentan solicitud de asilo tienen derecho a cambiar su domicilio en España.

El alto tribunal establecerá el criterio acerca de si pueden desplazarse desde Ceuta y Melilla a la península y tener libertad de movimiento por el territorio español.

La decisión del alto tribunal tiene su origen en una resolución de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras del 17 de octubre de 2017 por la que se denegaba el acceso desde Melilla a la ciudad de Almería a un migrante cuya petición de protección internacional se estaba tramitando.

Esta resolución, que fue confirmada por el Director General de la Policía en febrero de 2018, fue recurrida por el afectado.

La Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estimó dicho recurso y dictó sentencia el 17 de enero de 2019.

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