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Varapalo a Torra: El TSJCat rechaza las recusaciones contra dos magistrados

12 / 10 / 2019 06:35

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) rechazó ayer las recusaciones planteadas por el presidente de la Generalitat, Joaquim Torra, contra el presidente ese órgano judicial, Jesús María Barrientos, y la magistrada Mercedes Armas, que deberán juzgarle por un presunto delito de desobediencia por negarse a dar órdenes para retirar los los lazos amarillos en edificios y dependencias públicas, según fuentes oficiales del TSJCat.

La presentación dice las recusaciones provocó que se retrasara el juicio por desobediencia, cuando se negó a quitar las pancartas apoyando a los políticos presos del balcón de la Generalitat, del 25 y 26 de septiembre, hasta el 18 de noviembre próximo.

Torra acusó a Barrientos de «absoluta falta de imparcialidad» porque se había pronunciado públicamente respecto a algunos aspectos que iban a ser esenciales sobre el debate fáctico y jurídico del procedimiento, y contra él.

De Armas arguyó que había conocido anteriormente la causa.

En el auto desestimatorio, el TSJCat descarta que ambos conocieran anteriormente la causa, y afirma que ninguno de los comportamientos públicos, manifestaciones y resoluciones de Barrientos revelan «una pérdida de imparcialidad objetiva o subjetiva por su parte, sea por razón de ostentar un interés en la causa o de profesar una enemistad manifiesta hacia el acusado«.

Para el TSJCat, las tomas de posición públicas de Barrientos fueron efectuadas en su condición de presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, por tanto, representante del Poder Judicial en este territorio, «en ejercicio de la innegable libertad de expresión que le corresponde, acrecentada por el rol institucional inherente a ese cargo».

Asegura también que resulta intrascendente que Barrientos abandonara un acto en el Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) por unas palabras del presidente del Parlament, Roger Torrent, hablando de «presos políticos», ya que esa conducta no guarda relación con el objeto del litigio.

El tribunal añade que la toma de postura manifestada por el recusado el 12 de marzo de 2019 a favor de la retirada de los lazos amarillos en los edificios y dependencias públicas «tampoco es muestra reveladora de una pérdida de imparcialidad objetiva».

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