El TAD anula el descenso del Reus a Tercera División por indefensión
El once inicial del Reus durante un partido. Foto: Reus.

El TAD anula el descenso del Reus a Tercera División por indefensión

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), a fecha de 11 de octubre, ha procedido a anular la resolución emitida por la RFEF en la que el Club de Fútbol Reus Deportiu descendía de Segunda División B a Tercera
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16/10/2019 06:10
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Actualizado: 16/10/2019 10:03
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El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), a fecha de 11 de octubre, ha procedido a anular la resolución emitida por la RFEF en la que el Club de Fútbol Reus Deportiu descendía de Segunda División B a Tercera.

El descenso administrativo del Reus durante la pasada campaña, fue uno de los sucesos más notorios dentro del mundo jurídico-deportivo.

El equipo tarraconense que se encontraba disputando en la Segunda División A durante la temporada 2018/2019, se vio descendido administrativamente por motivo de los impagos a los futbolistas según dispuso el Juez de Disciplina Social de la Liga de Fútbol Profesional.

Junto a dicha sanción, se imponía una multa por 250.000 euros y su expulsión durante los próximos tres años.

Avanzando hasta el pasado mes de julio, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), dictó resolución por la que se procedía, nuevamente, al descenso del Reus de Segunda División B a Tercera, debido a que la entidad no presentó el aval que se exige para jugar en dicha categoría.

El aval se establece de conformidad según lo dispuesto en el art 105 del Reglamento General de la RFEF y normativa supletoria.

Tras la resolución, se abrió un periodo de tres días en los cuales se podía proceder al abono de 452.000 euros por parte de cualquier club que quisiera ocupar la plaza vacante. El club que ocupó la plaza del club tarraconense fue el Andorra, club que pertenece al jugador del FC Barcelona, Gerard Piqué.

El pasado 10 de septiembre, una vez comenzada la campaña 2019/2020,  la Federación Catalana de Fútbol expulsa al Reus del grupo V de la Tercera división.

Los motivos que se alegan son que no se había procedido a la satisfacción de la deuda que se mantenía con la RFEF y, además, la incomparecencia del club durante las dos primeras jornadas de la competición.

Por todo ello, con fecha de 11 de octubre, el Tribunal Administrativo del Deporte, ha procedido a anular la resolución de la RFEF, por la que se hacía efectivo el descenso del Reus de Segunda División B a Tercera, debido al incumplimiento de abono de dicho aval.

Vulneración de varios derechos esenciales

El TAD ha alegado que se ha producido una indefensión al club catalán, ya que se ha producido una vulneración de varios derechos esenciales de todo procedimiento sancionador.

El propio TAD considera que “la resolución dictada por el Secretario General de la RFEF se limita a afirmar la falta de constitución de aval y a aplicar de forma automática y sin más motivación la consecuencia».

«Siendo únicamente en el informe emitido en el presente expediente, donde afirma la falta de validez del aval amén se su falta de presentación en original, su emisión en inglés, afirmando su no ejecutabilidad».

Por lo que en el seno de dicho procedimiento sancionador federativo, el club no tuvo derecho a aportar las alegaciones o justificaciones que conforme a derecho conviniese.

Es el propio Tribunal quien concluye alegando que “su ausencia es determinante de la nulidad de la resolución por haberse dictado sin seguir el procedimiento extraordinario, ni ningún tipo de procedimiento con la mínima constatación de los hechos y su valoración por parte de la RFEF y con trámite de audiencia a la entidad, lo que conforme reiterada doctrina constitucional, genera indefensión al CF Reus Deportiu, SAD”.

La RFEF sostiene que la resolución dictada alude a la inadmisión del club en la Competición (Segunda División B), motivada por el incumplimiento de los requisitos establecidos y que esta no adquiere la condición de sanción.

La problemática que suscita la resolución del TAD, anulando el descenso a Tercera División del CF Reus, es la consideración de que la entidad debe ser readmitida en la Segunda División B, a pesar de que la competición lleva disputándose varios meses.

A esto debe adherirse la compra de la plaza que realizó Gerard Piqué para su equipo, Fútbol Club Andorra.

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