El TS anula la sentencia que condenó a Atutxa, Knörr y Bilbao por desobediencia tras el fallo del TEDH

Atutxa fue condenado a un año y 6 meses de inhabilitación y multa de 18.000 euros, y los otros dos a penas de un año de inhabilitación y multa de 12.000 euros

29 / 10 / 2019 16:15

La Sala II del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que condenó por un delito de desobediencia al expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los exmiembros de la Mesa de la Cámara vasca Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, como consecuencia de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaró vulnerado su derecho a un proceso equitativo.

Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Pablo Llarena Conde han sido los encargados de dictar esta sentencia (número 510/2019).

De esta manera, se anula la sentencia del TS del 8 de abril de 2008 por la que fueron condenados Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, al negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003.

Atutxa fue condenado a un año y 6 meses de inhabilitación y multa de 18.000 euros, y los otros dos a penas de un año de inhabilitación y multa de 12.000 euros.

El Tribunal Supremo estima el recurso de revisión planteado por los tres acusados y señala en su resolución que la naturaleza vinculante de las sentencias dictadas por el TEDH en el ordenamiento jurídico español está «fuera de toda duda» y, por ello, procede a anular la sentencia condenatoria.

La sentencia de TEDH afirmaba que la justicia española vulneró el derecho a un juicio con todas las garantías

En junio de 2017, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo determinó que el expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa y los exmiembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knörr vieron vulnerado su derecho «a un juicio equitativo» cuando fueron condenados por el Tribunal Supremo.

La sentencia de TEDH afirmaba que la justicia española vulneró el derecho a un juicio con todas las garantías reconocido por el artículo 6.1 de la Convención de los Derechos Humanos.

En su resolución, el TEDH consideraba que, tanto Atutxa como los otros dos parlamentarios, fueron privados de su derecho a someter a contradicción las acusaciones que se realizaron contra ellos, ya que fueron condenados por el alto tribunal, sin que los hechos pudieran ser examinados por una instancia inferior.

Por tanto, el Tribunal Supremo, estima el recurso de revisión interpuesto por la representación de Juan María Atutxa Mendiola, Gorka Knorr Borrás y María Concepción Bilbao Cuevas contra sentencia de 8/4/2008 de esta Sala dictada en el Recurso de Casación 408/2007, sentencia que se anula, declarando las costas de oficio.

Noticias relacionadas:

El «patrón» de un cayuco que llegó a Canarias, condenado por tráfico de migrantes, aunque él también era inmigrante

El PSOE busca querellarse contra Aldama por injurias y calumnias tras sus declaraciones en el «caso Koldo»

Opinión | Doctrina del TS tras el caso Obadal. Fijeza para «aprobados sin plaza», doble indemnización por abuso y sanciones

El Supremo solicita a la Eurocámara que levante la inmunidad a Alvise por el presunto acoso a dos eurodiputados

El Supremo descarta convertir en fijos al personal laboral de la Administración sin superar un proceso de oposición

El Supremo vuelve a rechazar la petición de libertad de Koldo García: sigue existiendo «riesgo de fuga»

Lo último en Tribunales

Elisa Mouliaá

El magistrado Zamarriego cita a Elisa Mouliaá por tercera vez y le advierte que si no acude ordenará su detención

Cristóbal Martell, Jaime Campaner y José María Fuest-Fabra

El juicio del ‘caso Pujol’ queda visto para sentencia tras más de seis meses: la Fiscalía mantiene penas de hasta 29 años para los siete hijos

Fundación para el Avance de la Libertad: “Una empresa de desokupación debe ser el último recurso, conviene no precipitarse”

Un okupa se niega a aceptar un burofax de MASC, y la AP de Navarra falla a favor de los propietarios del inmueble

Migrantes

El «patrón» de un cayuco que llegó a Canarias, condenado por tráfico de migrantes, aunque él también era inmigrante

Sala Tercera

El Supremo pone freno a Hacienda: no puede reclamar deudas a los administradores si tardó años en declarar el fallido