El TC archiva por pérdida de objeto los recursos contra la suspensión de Sánchez, Rull y Turull en el Congreso
Jordi Turull, autor de las declaraciones "en modo William Wallece", en primer término, Josep Rull y Jordi Sànchez; los tres reafirmaron su fe independentista en el uso de su derecho a la última palabra. Foto: Poder Judicial.

El TC archiva por pérdida de objeto los recursos contra la suspensión de Sánchez, Rull y Turull en el Congreso

El acuerdo, adoptado por el Pleno del TC el pasado 30 de octubre se traduce en tres autos, dados a conocer este lunes
|
11/11/2019 14:22
|
Actualizado: 11/11/2019 14:22
|

El Pleno del Constitucional ha declarado de forma unánime la pérdida de objeto de los recursos de amparo que presentaron los líderes independentistas condenados en el ‘procés’ y exdiputados electos Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull contra los Acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados que decretaron la suspensión en sus cargos electos tras salir elegidos el 28-A.

Dichos acuerdos, según señala el tribunal de garantías, carecen de efectos una vez quedó disuelto el Congreso el pasado 24 de septiembre.

El acuerdo, adoptado por el Pleno del TC el pasado 30 de octubre se traduce en tres autos, dados a conocer este lunes.

En ellos se argumenta que «los efectos de los Acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados de 24 de mayo y de 11 de junio de 2019 se han agotado en el momento de resolver el incidente de suspensión», pues al disolverse las cortes quedó concluido el mandato de los diputados entonces electos.

PESE AL CONTENIDO CONSTITUCIONAL

La decisión se adopta pese a que, al admitir a trámite los recursos el pasado 3 de octubre, el TC dijo apreciar que concurría en ellos «una especial trascendencia constitucional».

Porque planteaban un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal», y porque el asunto «trascendía del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».

La suspensión «automática» en el ejercicio del cargo, así como de sus derechos y deberes de los cuatro presos, en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), no fue una decisión unánime de todos los miembros de la Mesa.

Pues los dos diputados de Unidas Podemos mostraron su desacuerdo a que fuera la Cámara quien llevara a cabo esta decisión y no el Tribunal Supremo.

No obstante, la suspensión se acordó tras analizar el informe redactado por los servicios jurídicos de la Cámara, a quien la Mesa consultó al existir «dudas» sobre si aplicar la dicho precepto o el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso.

La petición se realizó después de que los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo respondieran a la entonces presidenta Meritxell Batet que el encargado de suspender a los diputados es la propia Cámara Baja.

Los letrados del Parlamento dieron el aval a la LECrim, que ordena la suspensión del cargo público en caso de procesamiento por delito de rebelión, como es el caso de Junqueras, Sànchez, Rull y Turull, que se encuentran a la espera de conocer la sentencia del Tribunal Supremo.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales