El impago de tres mensualidades del Córdoba CF a sus jugadores puede repetir la historia del Reus Deportiu

3 / 12 / 2019 00:00

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Como se viene conociendo desde hace varias semanas, el Córdoba CF no atraviesa una de las mejores rachas de su historia.

La inestabilidad económica y directiva que se lleva gestando desde la pasada campaña ha acabado derivando en una crisis de la entidad andaluza.

Crisis que, finalmente, ha derivado en la venta de la unidad productiva del club, como así decretó el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba el pasado 18 de noviembre.

Deportiva e históricamente es una catástrofe que un equipo de la magnitud del Córdoba llegue a semejantes circunstancias debido a conflictos de la directiva y una pésima gestión económica.

El club se alza como la entidad con mayor presupuesto en toda la competición de bronce del fútbol español, la Segunda B.

Pero es presumible que una situación institucional de tales magnitudes acabe derivando en una crisis deportiva en todas sus ramas.

Por ello, los impagos a los jugadores afectados no se derivan, únicamente, a la primera plantilla sino que también se extiende al filial y al primer equipo de la categoría femenina.

Atendiendo a esta cuestión de los impagos, puede suponer el declive notorio y manifiesto de la entidad en caso de que los jugadores comiencen a atener al procedimiento abreviado lo que les permitirá abandonar el club libremente en caso de producirse impagos por tres mensualidades.

Se nos viene a la mente la situación que vivió la pasada temporada el Reus Deportiu en la que debido a los impagos, los jugadores de la plantilla rescindieron sus contratos libremente con arreglo a dicha cláusula.

Motivo que, además, hizo que el propio club catalán descendiera administrativamente de categoría, derivando en una situación en la que a día de hoy se encuentra sumergido.

El futbolista, para poder atenderse a este procedimiento abreviado tendrá que atender a lo dispuesto en el artículo segundo de dicho procedimiento para la cancelación anticipada de la licencia federativa.

El mismo reza en su apartado primero: “Un futbolista podrá solicitar la tramitación del presente Procedimiento Abreviado cuando su Club/SAD le adeude las cantidades como consecuencia del impago de sus retribuciones por un importe igual o superior a tres mensualidades, independientemente de que sean consecutivas o no, parciales o totales”.

Para ello, estos futbolistas tendrán que solicitar el inicio de dicho procedimiento ante las Comisiones Mixtas AFE 2ª división si es esta la categoría oficial en la que compiten.

El propio precepto será de aplicación, por tanto, para los jugadores que militen en la segunda división B y tercera, según atiende el artículo primero respecto de su ámbito de competencia.

Actualmente, la plantilla del Córdoba aún no ha cobrado los salarios devengados desde el mes de septiembre como denunciaba el capitán del equipo, Javi Flores, lo que podría transformar a este mes de diciembre como una fecha clave para el futuro del club.

Si se atiende al artículo segundo de la normativa, tendente a establecer los requisitos generales para el ejercicio de la acción, considera en su apartado tercero que la obtención de la cancelación anticipada de la licencia a través de dicho Procedimiento Abreviado podrá concederse a un máximo de diez futbolistas por equipo y temporada.

Y, en caso de exceso, las solicitudes se tomarán elegirán en tención al orden de su presentación.

La paralización institucional del club derivada de las cuestiones que se derivan de su venta así como la situación de los futbolistas tras los impagos podría hacer que hasta diez jugadores pretendan acogerse a dicho procedimiento abreviado, rescindiendo sus contratos y poniendo a la entidad andaluza en una situación mucho más compleja si cabe.

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