El Gobierno da luz verde al anteproyecto de ley de libertad sexual que lleva el 'solo sí es sí' al Código Penal

El Gobierno da luz verde al anteproyecto de ley de libertad sexual que lleva el ‘solo sí es sí’ al Código Penal

Pone en el centro de los delitos sexuales el consentimiento expreso de la víctima para que no sea necesaria la existencia de violencia o intimidación para ser considerado agresión

3 / 03 / 2020 14:07

Actualizado el 03 / 03 / 2020 17:20

El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual que plantea una reforma del Código Penal para eliminar la diferencia entre abuso y agresión sexual.

La propuesta pone en el centro de los delitos sexuales el consentimiento expreso de la víctima para que no sea necesaria la existencia de violencia o intimidación para que sea considerado una agresión.

Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto.

El texto de este anteproproyecto ha sido elaborado por el Ministerio de Justicia, en manos de que dirige Juan Carlos Campo, sobre una propuesta del Ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero.

La revisión de estos delitos se abordó a raíz de la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que condenó a los cinco miembros de ‘la manada’ por un delito de abuso sexual y les absolvió del de agresión. Después, el Tribunal Supremo corrigió esta resolución y los sentenció por violación, elevando la pena a 15 años de cárcel.

De acuerdo a la propuesta del Ejecutivo, se castigará con la pena de prisión de 1 a 4 años cualquier comportamiento sexual «que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento».

Incluye como delito leve el denominado ‘acoso callejero’, con pena de localización permanente y trabajados comunitarios hasta un mes, o bien, multa.

Las condenas por violaciones irán desde los 4 a los 10 años, aunque se podrán elevar a 12 si concurre una circunstancia agravante y a 15 si concurren dos o más.

Desde Igualdad explican que se añaden «mejoras» en otros delitos contemplados en el Convenio de Estambul, como es el caso del delito de acoso sexual, con penas de 3 a 7 meses o multa, de 6 a 12 meses, y máximo 24 en los casos más graves.

La propuesta del Gobierno va a recibir hoy un primer refrendo.

El anteproyecto se remitirá ahora a los órganos consultivos para su evaluación y, posteriormente, la norma deberá volver a ser aprobada como proyecto de Ley en Consejo de Ministros y llegar al Congreso para su tramitación parlamentaria.

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