La Audiencia Nacional suspende las diligencias de instrucción, a excepción de las urgentes, durante 15 días

La suspensión se hará efectiva a partir del lunes 16 de marzo y podrá prorrogarse en caso de que sea necesario por motivos de salud pública

13 / 03 / 2020 14:21

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El presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, ha ordenado este viernes la suspensión de diligencias durante un periodo de 15 días desde el próximo lunes, 16 de marzo, salvo aquellas que sean consideradas urgentes o inaplazables y las del servicio de guardia.

El acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido adoptado a propuesta del juez decano Santiago Pedraz, después de que ayer la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional le pidiera que comunicase todas aquellas diligencias que podían suspenderse para hacer frente a la pandemia de coronavirus.

La suspensión se extenderá por un periodo de 15 días, aunque podrá prorrogarse en caso necesario, y se excluyen todas aquellas actuaciones judiciales que sean consideradas urgentes e inaplazables, así como el servicio de guardia, o, en definitiva, «cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables», apunta el escrito de Pedraz.

Para el caso de los juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo, también se excluyen del acuerdo de suspensión «supuestos como las autorizaciones de entradas sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes y recursos contencioso electorales».

En su propuesta al presidente de la Audiencia Nacional, Pedraz apuntaba que «aunque los juzgados tienen a su disposición varias salas, el acceso a las mismas como al propio juzgado implica un trasiego continuo de personas, circunstancia que puede incidir en el riesgo de contagio a ciudadanos, profesionales, miembros de la oficina judicial y magistrados».

Además, destacaba que los juzgados de este tribunal «extienden su jurisdicción a todo el territorio nacional», y que «consecuentemente deben desplazarse letrados y, en su caso, el interesado y otros desde cualquier punto, con lo que ello puede suponer para una mayor propagación del coronavirus«.

«Imperiosa necesidad» de contener el COVID-19

En línea con el escrito del juez decano, Navarro subraya la «imperiosa necesidad, por razones de salud pública, de contener la expansión del contagio de la enfermedad, de acuerdo con las recomendaciones difundidas tanto por el Ministerio de Sanidad como por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid».

«La singularidad de esta comunidad autónoma, cuyo índice de contagios supera notoriamente al del resto del Estado, aconseja con mayor intensidad extremar las precauciones a fin de frenar el progreso de la expansión de la infección», apunta.

Es por ello que adopta esta decisión de suspender las diligencias de instrucción dado que «el contexto espacial«, en el que éstas se desarrollan, «no permite respetar íntegramente las condiciones físicas y preventivas establecidas por las autoridades sanitarias«. Así, ordena informar de este acuerdo al juez decano para que lo comunique a todos los órganos judiciales interesados.

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