Los cuatro fiscales del juicio del «procés» recibieron el premio a la independencia del Grupo GEES Spain
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13/3/2020 06:45
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Actualizado: 02/2/2021 12:25
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«El papel de la fiscalía en el asunto del ‘procés’ ha hecho más por la confianza en la Fiscalía que 150 años de historia. Hemos actuado de forma independiente y eso genera confianza», afirmó ayer Javier Zaragoza, fiscal de Sala del Tribunal Supremo, en el curso de la mesa redonda sobre «Ética, justicia y legalidad».
En la misma tomaron parte también sus compañeros Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno, moderados por el comandante del Arma de Caballería, Miguel Ángel Franco, poco después de recibir el premio a la Independencia con el que les reconoció el Grupo GEES Spain.
Un premio en reconocimiento a su trabajo y entrega, durante ese caso, en el que mantuvieron, hasta el final, la acusación de rebelión contra los 12 procesados por los hechos acaecidos en torno al referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Fue en el curso de la ceremonia que tuvo lugar la mañana de ayer en el Hotel Cuzco, de Madrid, antes del comienzo del V Simposium anual que este grupo celebra cada año y que, en esta edición, tuvo como eje central la ética.
Los galardones, consistentes en una cruz y un diploma, les fueron entregados por Diego Miranda, presidente fundador y director del Grupo GEES; la exeurodiputada y escritora Beatriz Becerra; el consultor internacional y exvicepresidente mundial de IBM, Javier Sada; y Libardo Antonio Osorio Hoyos, coronel del Ejército colombiano y agregado militar y naval de Colombia en España.
Los cuatro se mostraron muy agradecidos por la distinción, que destaca el gran papel jugado por el Ministerio Fiscal en el mencionado caso.
La exfiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, durante su intervención, recordó que «el principio democrático no solo se rige por las mayorías. Las mayorías democráticamente constituidas determinan el ejercicio del poder y la participación de los ciudadanos en el ejercicio del poder. Pero el poder no es omnímodo en una democracia y en un estado de derecho».
«Ese poder democráticamente constituido tiene que sujetarse a la ley. Porque lo que protege a los ricos y a los pobres, a los que tienen poder y a los que no lo tienen es la ley y la sumisión de los poderes públicos a la ley. El principio mayoritario basado solamente en la mayoría no desemboca en mayor libertad sino en mayor tiranía y en mayores perjuicios. Unos principios democráticos sin sujeción a la ley, tanto en la Alemania de Hitler como en la Rusia soviética, cuya Constitución fue aprobada por el cien por cien de la población, nos indican que no bastan las mayorías si los poderes resultantes no se someten a la ley que garantiza y protege a todos», añadió.
Fidel Cadena, por su parte, rememoró un concepto esencial: «Todo tiene remedio mientras los hombres buenos actúan. Existe un espacio para actuar en el marco de la Constitución con absoluta independencia que debemos seguir trabajando. Las cosas no tienen remedio cuando los hombres buenos no actúan. Pero estamos actuando. Somos inasequibles al desaliento. Lo está haciendo el poder judicial. Todos debemos avanzar, cada uno en su sector, con optimismo, amparados por una Constitución que refuerza los derechos de todos».
«El papel del Ministerio Fiscal es una pieza fundamental en el estado de derecho. Nuestra función es hacer cumplir las leyes, garantizar la legalidad y velar por la independencia de los tribunales», relató.
De los cuatro fiscales de Sala del Supremo, Jaime Moreno fue el que respondió a la pregunta de qué les parecía que una decisión administrativa, como la de instituciones penitenciarias de Cataluña, hubiera modificado la sentencia del Tribunal Supremo sobre los condenados en el juicio del procés cuatro meses después.
Y no rehuyó la cuestión.
«La transferencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña de la Administración Penitenciaria ha posibilitado que todos los presos condenados por el ‘procés’ hayan obtenido un artículo 100.2 del Reglamento Penitenciaria. Es un artículo poco aplicado en el resto de España. Implica la posibilidad de salir en libertad y se asemeja mucho a un tercer grado. Con una diferencia, el tercer grado se recurre ante el tribunal sentenciador y el 100.2 no está claro ante quien se recurre. En Cataluña se recurre ante la Audiencia Provincial del centro penitenciario. Yo creo que tarde o temprano el Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre quién es el competente para conocer el recurso«, explicó.
«Es una medida finalista y excepcional», prosiguió.
«Las circunstancias que han rodeado su aplicación arrojan una prueba indiciaria de que el 100.2 no es lo que pretende ser sino que pretende ser una cosa que permita desdibujar la sentencia del Tribunal Supremo. Digo esto porque se ha concedido a todos, porque los programas son para cuidar a un familiar o para trabajar en su propia empresa. Pero es que esa prueba indiciaria salta por los aires cuando te encuentras con que la consellera de justicia en Cataluña ha venido a decir que la idea de la Administración catalana es, a través, de un 100.2, tener a todos los ‘presos políticos’ –es su expresión– fuera de la cárcel«, prosiguió.
«Un uso de la Administración Penitenciaria, sin ajustarse a los fines que tiene, efectivamente puede poner un poquito en solfa una decisión judicial», concluyó.
Javier Zaragoza, por su parte, recalcó dos ideas fundamentales: la defensa de la Constitución y la defensa de la función del fiscal.
«La Constitución de 1978 fue fruto de una modélica transición de la dictadura a la democracia que no sé por qué razón se pone en tela de juicio, porque es la más social, la más inclusiva y la más abierta de toda la historia del constitucionalismo español», señaló.
«Es una Constitución que no penaliza la discrepancia política. Pero que tiene límites y obligaciones. No son tolerables los derroteros al margen de ella. Es una Constitución que no reconoce el derecho a la autodeterminación al igual que el resto de las Constituciones europeas», afirmó.
Sobre el segundo punto, Zaragoza reivindicó la independencia del Ministerio Fiscal.
«No se puede garantizar la independencia de los tribunales si no se es independiente de aquel poder del Estado que está sujeto al control de los tribunales de justicia«, dijo.
«Se dice, con alguna frecuencia que la independencia es un valor que se predica del poder judicial porque el artículo 117 de la Constitución así lo dice. El artículo 124 lo encuadra dentro del poder judicial y describe como misión fundamental del Ministerio Público la defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y velar por la independencia de los tribunales».
«Y el propio Estatuto dice que el fiscal actuará con los criterios de objetividad e independencia. De manera que el fiscal no depende de ningún poder. No depende del poder legislativo. No depende del órgano de gobierno de los jueces, aunque esté ubicado constitucionalmente dentro del poder judicial, pero tampoco depende del poder ejecutivo. Es verdad que el Gobierno nombra al fiscal general del Estado, pero esto no quiere decir que tenga una dependencia con respecto a la actuación del Gobierno. Ahí se ganó un gran terreno con la reforma del Estatuto de 2007″, remachó.
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