León Fernando del Canto, el «barrister» español de los tribunales de Su Majestad la Reina de Inglaterra
El "barrister" español posando con la toga clásica británica ante la puerta de The Honourable Society of the Middle Temple (la Honorable Sociedad del Templo Medio), uno de los cuatro "Inns of the Courts" (colegios) a los que tienen pertenecer obligatoriamente los "barristers" para ejercer su oficio.

León Fernando del Canto, el «barrister» español de los tribunales de Su Majestad la Reina de Inglaterra

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05/4/2020 01:40
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Actualizado: 07/6/2022 16:45
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Nació en Zamora hace 53 años, un hecho circunstancial porque se crió en Jerez de la Frontera, de donde guarda todavía el acento. León Fernando del Canto es, actualmente, socio director del bufete Del Canto Chambers, que tiene su base en Londres y oficinas en Madrid y Doha, Emirato de Catar, especializado en fiscalidad internacional y propiedad intelectual.

Antes vivió en Estados Unidos, México y Catar. Es uno de los grandes especialistas en derecho internacional, un depurado analista y experto en geopolítica del Próximo Oriente.

También es director del «think tank» (grupo de generación de ideas) Al Sharq Forum Foundation de Ginebra.

Si hubiera que definir a Del Canto con una palabra esa sería la de renacentista. Porque es un hombre al que le apasiona el derecho, sí, pero también la política, el cine–fue productor del filme  «Las llaves de la memoria–, la poesía, la novela histórica y el ensayo –está pronto a publicar uno sobre, precisamente, la abogacía–.

Del Canto, además, como persona, posee un carisma especial y un encanto personal que opera como un imán especial abre puertas en la comunicación interpersonales.

Es uno de los últimos «fichajes», como columnista, de Confilegal. Columnas que ha transformado en atalayas desde las que proyecta su particular visión de la realidad y desde las que comparte consejos valiosos a sus compañeros españoles.

Y es una de las entrevistas pendientes que más ganas tenía de hacer, porque, uno que ha vivido en Londres cuatro años, ve a Del Canto como un auténtico conquistador.

Que un español haya sido reconocido como «barrister» en los tribunales de Su Majestad la Reina Isabel II dice mucho de la persona que ha conseguido esa proeza, sabiendo como son los británicos con estas cosas.

Aunque no es el único, aunque sí el primero. Su colega, María González Merello, también lo ha conseguido, aunque ella, a diferencia de Del Canto, estudió derecho en Inglaterra, se casó con un británico y ejerce la jurisdicción laboral.

Sea como fuere, ambos son dos «rarezas» y también dos brillantes realidades españolas del mundo globalizado en el que habitamos.

¿Cómo termina un abogado español, nacido en Zamora y recriado en Jerez de la Frontera, de “barrister” en Londres?

El paro y la crisis del 92 en España tuvieron la culpa. En Jerez el paro hacía muy difícil atisbar un futuro. Así que, primero, me fui a Nueva York tres años a trabajar para una ONG y, después, aterricé en Inglaterra, en 1998.

Con 100.000 pesetas de las de entonces de ahorro, unos 600 euros, una hija de dos años y mi esposa, aterricé en Southampton, ciudad del sur de Inglaterra, para hacer un Máster en Propiedad Intelectual.

Por avatares del destino, acabé trabajando en KPMG primero y después en Deloitte, como asesor fiscal.

En Deloitte UK, con el comienzo de siglo, y las inversiones inmobiliarias acabé liderando el “Spanish desk”, para clientes privados.

Participe en varias operaciones complejas a nivel fiscal anglo español y comencé a desarrollar una especialidad en ese área.

Fue mi participación en el equipo que asesoró a David Beckham para venir al Real Madrid, de cuya Ley aún me acuerdo, lo que me convenció del potencial del mercado angloespañol en el Reino Unido.

En 2003 y, tras haber trabajado con varios «barristers» independientes (Queen Counsel), desde Deloitte, decidí salir del ambiente de las grandes firmas y colegiarme en el «Bar Council», abriendo mi propia firma en Old Square Buildings, en lo que sigue siendo mi Colegio profesional, el Lincoln’s Inn.

León Fernando del Canto posando con la conocida peluca legal. Cuando comenzó a trabajar ante los tribunales londinense era obligatorio que todos los «barristers» la llevaran; hoy solo se mantiene en la jurisdicción penal, en el resto ya no la utilizan.

¿Podría explicar qué lo que es un “barrister” y su diferencia con los “solicitors”?

Un «barrister» se distingue de un «solicitor», desde lo más ostensible, por llevar peluca y toga en sala. Aunque la peluca ya sólo sea obligatoria en las salas de lo Penal, nuestra toga nos sigue separando.

Los barristers ostentamos los derechos de audiencia en los tribunales superiores, donde los «solicitors» no pueden actuar.

Su principal función en asuntos litigiosos es lo que se conoce en inglés como «advocacy», es decir defienden al cliente ante el juez, presentando y discutiendo los argumentos o fundamentos de Derecho del caso en nombre de su cliente.

Al actuar como representantes del cliente en dichas audiencias, hay quien ha traducido su función erróneamente como procuradores.

Con todo mi respeto hacia las y los procuradores, nuestro trabajo no tiene nada que ver con eso.

De hecho, y esto sorprenderá a mis colegas de España, la mayoría de los y las «barristers» no participamos en lo que se conoce como litigación ni estamos habilitados para ello, pues la complejidad procesal, que sería más el dominio de los procuradores, es responsabilidad del «solicitor» o el cliente.

Las, y los, «barristers» somos, por definición, expertos en alguna rama del Derecho y nuestras consultas son un trámite obligado en cualquier procedimiento complejo e imperativo en los tribunales superiores.

Somos independientes y no podemos asociarnos («partnership»)  para compartir beneficios, como los «solicitors». Trabajamos en «Chamber» compartiendo gastos con otras y otros compañeros, bajo la dirección administrativa del «Clerk», o gerente.

Mi trabajo en Inglaterra se centra en asuntos fiscales y de propiedad intelectual.

Es decir, usted actúa ante los tribunales, ¿con la típica peluca de pelo de caballo?

De actuar en un procedimiento penal, sí, es obligatorio llevar la peluca. Cuando yo me colegié aún se llevaba en todas las salas.

A mí me gusta este tipo de símbolos que distinguen una profesión, pero estoy seguro que poco a poco se irá perdiendo.

Uno de los jueces más importantes del siglo XX, lord Denning, «barrister» también en Lincoln’s Inn, decía: “we still wear our robes and our wigs. Some say all this is out of date. Maybe it is. But it gives dignity to the occasions. It conceals the personality and the bald heads” (seguimos llevando nuestras togas y pelucas. Algunos dicen que todo esto está pasado de moda. Tal vez lo esté. Pero le da dignidad al momento. Oculta la personalidad y las cabezas calvas).

«Es fundamental entender el Derecho inglés en inglés, y recurriendo a la legislación inglesa, sin recurrir a la traducción al español, y, posiblemente, ahí radique la mayor dificultad para los profesionales de habla hispana»

Y en inglés. ¿Es difícil el inglés jurídico técnico?

No es más difícil que aprender los tecnicismos de cualquier otro campo de conocimientos.

Sin embargo, he de reconocer que para el abogado o abogada española, que habla inglés, desde mi punto de vista lo más difícil es dejar de usar los infames diccionarios de ingles a español o «google translator».

Es fundamental entender el Derecho inglés en inglés, y recurriendo a la legislación inglesa, sin recurrir a la traducción al español, y, posiblemente, ahí radique la mayor dificultad para los profesionales de habla hispana.

En mi columna de Confilegal titulada “La abogacía española y el inglés jurídico” comenté este tema con algo más de detalle para quien pueda estar interesado.

¿Cómo es el proceso para ser “barrister”?

Para convertirte en «barrister», a no ser que seas un «solicitor», abogado ejerciente en otra jurisdicción o académico, se requieren varias fases. Para mas información si estas en alguna de estas categorías puedes preguntar en el «Bar Council«.

Para el resto de solicitante se requieren tres fases: la académica, la vocacional y la profesional.

La fase académica consiste generalmente en completar un grado en derecho. Si el grado es en cualquier otra materia, o en derecho extranjero, se requiere normalmente (con excepciones) el examen profesional (CPE) o un diploma de posgrado en derecho (GDL).

Después viene lo que se conoce como fase vocacional que es donde se adquieren las habilidades especializadas, el conocimiento del procedimiento y las pruebas, las actitudes y la competencia para prepararse para el ejercicio.

Actualmente se satisface al completar el Curso de Formación Profesional de Abogados (BPTC).

Para inscribirse en el BPTC, debe dominar el inglés, ser miembro de uno de los «Inns of Court» y haber aprobado el examen de aptitud del curso de abogacía.

Esto va a cambiar a partir de septiembre del 2020. Durante el componente vocacional, los estudiantes también deben asistir a sesiones de calificación con su «Inn of Court» y un número determinado de cenas.

Estos son eventos de desarrollo profesional de naturaleza educativa y colegial que son organizados por o en nombre del «Inn». La pertenencia a un «Inn», o colegio, es la clave en el ejercicio colegial.

Por último viene la fase profesional donde se consigue la autorización para ejercer como «barrister». Implica un periodo de formación práctica bajo la supervisión de un «barrister» experimentado, con más de 7 años de práctica profesional.

Esto se conoce como pupilaje. Obtener uno es tremendamente competitivo. El pupilaje se divide en dos partes: un período de formación en «chambers», generalmente de seis meses, y un período práctico de otros seis meses, remunerados obligatoriamente.

Durante tus primeros siete años de práctica, desde que obtienes el primer certificado autoizandote a ejercer, se te denomina “young barrister”, aunque tengas setenta años.

No está nada mal y es muy rejuvenecedor, en cualquier caso, pero obviamente obliga a respetar a tus seniors, ¡que a veces tienen treinta años menos que tú!

El 90 % de la clientela de Del Canto Chambers es británica y el resto internacional.

¿Le resultó difícil ser aceptado como “barrister”? ¿Le pusieron alguna traba?

Para que te voy a decir que no. Me resultó muy difícil colegiarme.

Fui el primer abogado español en colegiarse como «barrister» en la historia del Reino Unido, y a no ser que me pierda algo, sólo existe mi caso y el de mi compañera María González Merello, mientras el resto de mis juniors terminan su cualificación.

 ¿El movimiento “plain English”, inglés simple, ha contribuido mucho a disminuir ese suajili legal? Ya sabe que en España el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo está siguiendo ese camino. ¿Qué opina de esta apuesta de Campo? ¿Es necesario que el ciudadano comprenda, al menos mínimamente, el suajili legal?

Cuando empecé a practicar como «barrister» en Londres y siendo el inglés mi segunda lengua, agradecí mucho el énfasis institucional en el uso del “plain English” en el ámbito legal.

Ello facilitó enormemente mi incorporación profesional.

Por supuesto que me parece fundamental la apuesta de Juan Carlos Campo y la apoyo al 100%

En general, el uso de un lenguaje coloquial hace que no solo las y los clientes aprecien mejor lo que abogadas y abogados les contamos, sino que podamos entendernos mejor entre nosotras y nosotros.

No quiero decir con esto que el Derecho inglés se haya establecido en la coloquialidad, pues todavía queda mucho por hacer al respecto.

Además, y esto nos afecta en España, muchos de esos “malos” usos se han exportado internacionalmente y forman hoy parte del acervo jurídico de los internacionalistas.

Y no quiero decir con esto que se trata de establecer que la claridad en el lenguaje implicaría eliminar siempre el uso de recursos estilísticos.

Tampoco se trata de acortar la argumentación o de usar términos científica o técnicamente necesarios. Se trataría más bien, desde la perspectiva española, de adaptar el uso del español “paladino” al “plain English” jurídico.

Es decir, de hacer un uso más contemporáneo, inclusivo y socialmente aceptable del lenguaje inglés cuando queremos explicar algo en español.

Una regla de oro, por ejemplo, además de no traducir o usar diccionarios en dos lenguas, sería evitar usar en inglés una palabra o frase que no utilizarías en español.

«Me parece fundamental la apuesta del ministro Juan Carlos Campo y la apoyo al 100 %. Se trata de establecer que la claridad en el lenguaje implique eliminar siempre el uso de recursos estilísticos»

Su bufete londinense, Del Canto Chambers, tiene delegaciones en Madrid y en Doha, en el Estado de Catar, ¿por qué en Qatar?

En el Año 2011 el «Bar Council» de Inglaterra me invitó a una gira por el Golfo Pérsico para promover el arbitraje y nuestra profesión como «barristers» a nivel internacional pero sobre todo el uso de Inglaterra como jurisdicción.

Una de las empresas del Gobierno de Catar me ofreció un contrato y estuve viviendo allí varios años.

Esos años en Catar, y aunque siempre mantuve mi despacho en Londres, me permitió aprender el Derecho catarí y me especialicé en medios de comunicación digitales, trabajando con Al Jazeera y Huffington Post.

Allí también inicié mi especialidad en distribución cinematográfica, al asesorar, en la adquisición de la cadena de cines y la distribuidora más grande del mundo en lengua árabe que reestructuramos como franquicia bajo el nombre Novo Cinema.

Como representante del grupo PRISA en el Estado de Catar desde el año 2013, conseguí la participación de un importante grupo de comunicación catarí en el capital del Grupo PRISA que continuó su inversión hasta la última inversión en enero del 2018, cuando la dirección de PRISA cambió su estrategia con Manuel Mirat.

Independientemente de ese trabajo de inversión que gestioné desde Londres, nuestro despacho en Madrid asesoró al grupo PRISA en el lanzamiento del diario AS en árabe, tal y como mencionaba el propio diario. 

¿En qué están ustedes especializados?

En derecho fiscal internacional y propiedad intelectual fundamentalmente.

Estamos incorporando nuevos profesionales españoles y españolas a las «chambers» en el Reino Unido y posiblemente fortalezcamos nuestro departamento mercantil y procesal en España, actualmente muy centrado en fiscal e inmobiliario.

¿Qué tipo de clientes acuden a usted y de qué nacionalidad?

Generalmente despachos de abogados, solicitors y auditores, pero tambien clientes privados en asuntos internacionales.

Nuestra clientela es 90% de nacionalidad británica y un 10% de otras nacionalidades.

 ¿Con cuánta gente cuenta usted en su bufete?,¿De qué nacionalidad son?

Entre españa y Londres contamos con un equipo de 10 personas de nacionalidad española para asuntos anglo españoles e internacionales.

En las oficinas de 218 Strand, que compartimos con Normanton Chambers contamos con 25 «barristers» y un equipo de 3 «clerks» de nacionalidad británica, incluyendo un «Queen Counsel».

León Fernando del Canto es abogado español y barrister en Londres; dirige el bufete Delcanto Chambers.

¿El sistema de cobro de sus minutas es diferente del que se aplica en España?¿Podría detallarlas con algún ejemplo simple?

Existen tres formas de minutar como barrister, pero no podemos manejar fondos de clientes o pagos a cuenta de minutas.

Nuestro método más habitual es facturar por proyecto con honorarios fijos.

Facturamos también por horas cuando no sea posible determinar un fijo y por último facturamos a éxito bajo el sistema de acuerdo de honorarios condicionales (CFA), dependiendo del éxito del caso.

Por ejemplo la ejecución de una herencia intestada en Inglaterra para una heredera en un país extracomunitario, podríamos presupuestarlo en unas 50-60 horas de trabajo, pero si se excede, y después de explicar exactamente el tiempo invertido, se facturará por horas.

Una defensa en un arbitraje internacional puede implicar más de 300 horas de trabajo, si el asunto es complejo.

Por otra parte una opinión jurídica sobre asuntos fiscales puede oscilar entre 10-30 horas.

¿Qué envidia usted del sistema legal inglés que no tiene el español?

Los plazos, la seguridad del proceso y la amplitud de la defensa oral.

Pero también la regulación de la profesión por ley del parlamento, que otorga también una gran seguridad a nuestra profesión.

 ¿Cómo funcionan allí los colegios de abogados?

 Los Inn funcionan como una comunidad profesional con muchas actividades de formación. Son muy democráticos, transparentes y participativos.

Muy antiguos y tradicionales, siendo algunos del siglo XIV,  pero se han sabido adaptar a los tiempos.

Este es un país con una escala de valores y principios profesionales, cívicos y sociales que es obligatorio asumir, una vez hecho, el trabajo es muy fácil.

Hay muchas posibilidades de participar y numerosos grupos de interés, con una diversidad cada vez más grande en cuanto a género, raza y clase social, una de las grandes batallas profesionales, apoyadas institucionalmente sin reservas.

Personalmente me siento protegido y representado tanto por mi Colegio como por el «Bar Council», equivalente al Consejo General de la Abogacía Española, que en España no siento que me represente en absoluto.

Al igual que tampoco me siento representado por el colegio de Abogados de Madrid. Y voy a ser muy claro y crítico, como ya saben quienes siguen mi columna de Abogacía Crítica en Confilega. 

«Nuestro método más habitual es facturar por proyecto con honorarios fijos. Facturamos también por horas, cuando no sea posible determinar un fijo y, por último, facturamos a éxito, bajo el sistema de acuerdo de honorarios condicionales»

 ¿Vive usted hoy confinado en su casa, con su familia, por culpa del coronavirus?

Sí, con mi esposa Isabel, en Covent Garden aunque salgo frecuentemente a pasear en un Londres vacío, silencioso y poco contaminado.

Mi hija Ana está confinada en Madrid mientras termina su TFG en Derecho y trabaja a tiempo parcial para un banco, mi hijo Raúl está con su madre en Jerez, mientras completa sus «A levels» y el Bachiller estudiando desde casa, y mi hijo Federico vive en El Escorial, con su abuela. Está estudiando Derecho y Políticas en la Universidad Complutense.

Usted está colegiado allí también, aparte de en Madrid. ¿Qué han hecho los colegios de abogados británicos por sus colegiados para capear la crisis del COVID-19?

Han tomado muchas medidas y nos están apoyando desde que empezó el problema en febrero, mucho antes del confinamiento.

En primer lugar nos han avisado que esto va a ser un problema de muchos meses y hay personal especializado atendiendo nuestras demandas desde problemas financieros a psicológicos, producidos por la crisis.

Facilitan mucho el «lobby» con el gobierno y los bancos para asegurar que la profesión puede mantener los niveles de “intendencia” previendo una reducción o pérdida total de ingresos durante meses.

Esta acción coordinada de la abogacía institucional con el Gobierno, aunque obviamente hay quejas, está siendo bastante satisfactoria, o al menos muy transparente, cosa que no ocurre en España donde el número de quejas y tensión social de la abogacía independiente es insostenible.

Es cierto que al no haberse interrumpido la actividad judicial, el trabajo, aunque ha disminuido no ha parado como en España. Las medidas pueden consultarse aquí.

¿Sabe usted que solo 20, de 83 colegios, han tomado alguna medida de ayuda para sus colegiados? ¿Y sobre el Consejo General de la Abogacía Española tiene alguna opinión en esta  misma línea? José Muelas, uno de los líderes de Red de Abogados y Abogadas, asociación  fundada en Córdoba en noviembre pasado -donde estuvo usted-, opina que hay que refundar los colegios y el propio CGAE. ¿Qué opina usted?

 Que le voy a decir de mi admirado decano emérito, si tan solo existiese esa figura. Aparte de compartir con él mi afición al Flamenco, defiendo y comparto absolutamente su posición crítica frente a la estructura actual de la abogacía institucional.

José Muelas me parece una de las personas que mejor entienden lo que es esta profesión y lo que debería ser. El movimiento de abogacía independiente en España le debe a él seguir vivo, y esperemos que no lo acabe asfixiando el gobierno y la abogacía institucional

Sí ya sé lo de las cuotas.

Ya sabes que no soy persona de medias tintas y mi posición es muy crítica frente a la abogacía institucional española.

Me parece vergonzosa la respuesta de los colegios y del CGAE, pero es que creo que el sistema colegial español, aparte de su regulación franquista y tremendamente ineficiente, no acaba de aceptar la diversidad de género, social, religiosa y de nacionalidades, que aparte de cierta derecha rancia, ya ha aceptado nuestra profesión.

La estructura colegial debería sustituirse por modelos de asociaciones profesionales o sindicales, más acorde con nuestra constitución.

El CGAE por su parte debería abandonar la estructura vertical heredada de su Decreto “corporativista” de 19 de junio de 1943, durante el franquismos más autoritario.

Todo ello lo he comentado ampliamente en mi columna «La Abogacía española entre el franquismo sociológico y el normativo».

El  pago de las cuotas colegiales es desproporcionado para los servicios que ofrecen y el sistema de la Mutua es algo que no responde en absoluto a un sistema mutualista stricto sensu.

Las cuotas colegiales es muy baja y los Colegios son autosuficientes. De hecho sólo se paga la cuota de inscripción en el Inn una vez, y son actualmente 110 libras.

Los honorarios anuales del «Bar Council» vienen establecidos por Ley y se pagan proporcionalmente a tu facturación del año anterior, igual que el seguro profesional.

Los ingresos sólo pueden destinarse a las partidas que la Ley determine supervisados por el gobierno con unos procedimientos de auditoría y transparencia muy estrictos.

La presidenta del Tribunal Supremo inglés, Lady Hale, rodeada de abogados, entre ellos, el «barrister» español en Londres, León Fernando del Canto –el tercero por la derecha– , en una foto tomada el pasado mes de enero en el marco del acto de conmemoración de Helena Normanton, la primera mujer «barrister» de la historia de Inglaterra.

 ¿Cómo ve usted el futuro de la abogacía española a corto y medio plazo?

 Si volviera a nacer me haría abogado. Es una profesión dura pero que otorga muchas satisfacciones.

Pero sobre todo es una profesión necesaria en cada país para mantener el Estado del Derecho en nombre y representacion de la ciudadania frente a los ataques de los Estados, las corporaciones y la influencia cada vez mayor del Derecho transnacional.

Su futuro como profesión independiente está en juego y va depender de dos factores fundamentales.

Por un lado el agrupamiento de abogados y abogadas independientes para reivindicar los principios de la profesión y asegurar su viabilidad, y, por otro,  el desarrollo de un modelo de negocio que nos permita ejercer de forma independiente en estructuras profesionales colectivas y cooperativas, que no sean sociedades mercantiles y lo que es peor meramente “mercantilistas”.

Usted funciona mucho con el teletrabajo. ¿Qué consejos le daría a sus colegas españoles?

 Nuestra oficina en Londres se usa apenas para recibir correspondencia, algunas reuniones con clientes y en casos cuyo volumen de papel o complejidad lo requiere –mientras escaneamos la documentación. En Madrid, solo para recibir correspondencia y llamadas.

¿Complejo?

Sí, pero lo facilita un equipo coherente, que sabe autoorganizarse y trabajar por proyectos. No es cuestión de tecnología, aquí importa mucho más las personas y su compromiso con el proyecto.

Por supuesto que no es oro todo lo que reluce.

Nunca lo es.

Hay también quien no puede o no quiere trabajar sin oficinas. La responsabilidad y el compromiso en este sistema son mayores que en una oficina donde todo depende del nivel de control presencial y la supervisión.

Pero la recompensa de la independencia y la libertad de trabajar de forma flexible, es para muchas y muchos de nosotros nuestra mejor remuneración y perdone que me refiera de nuevo a mi columna «Abogacía: ¿Aterrizaje de emergencia en la mesa de salón?».

«El futuro de la abogacía, como profesión independiente, está en juego y va depender de dos factores fundamentales: Por un lado el agrupamiento de abogados y abogadas independientes, para reivindicar los principios de la profesión y asegurar su viabilidad, y, por otro,  el desarrollo de un modelo de negocio que nos permita ejercer de forma independiente en estructuras profesionales colectivas y cooperativas, que no sean sociedades mercantiles»

Si me permite la libertad, usted es un poco raro como abogado. Se sale del molde. Porque además ha sido productor de cine, es escritor, le gusta la poesía. Y, además, es columnista de Confilegal. ¿Cómo se organiza el tiempo? Cuénteme su secreto.

Se lo permito. Soy raro, pero solo en la acepción tercera de la RAE en su sentido de escaso en su clase o especie. Si me compara con la abogacía de toda la vida que pulula por los medios, tanto en España como Inglaterra, soy raro.

En Inglaterra soy el único barrister español, en España soy el único abogado «barrister».

Una vez alguién me dijo que soy como un Rafael de Paula de la abogacía. Siendo vegetariano el símil taurino no me gusta, pero reconozco que mi compatriota “El Paula” representaba una forma de torear muy acrata, artística e independiente, con cuyos principios me identifico.

En el resto de asuntos no es cierto me salga del molde. Me encantan las tradiciones bonitas y útiles. El arte me da vida y hay muchas compañeras y compañeros que como yo hacen cine, libros o poesía.

Una profesión letrada, de letras, tiene esta relación con el arte.

Que tanta corbata y comportamiento “estirao” haya acabado por estrangular los aspectos humanistas o espirituales de la abogacía no quiere decir que no seamos muchas y muchos los que abogamos por su recuperación.

Es cierto que llevo muchas empresas hacia delante, y la clave es por un lado la disciplina a la hora de organizar el tiempo, los proyectos y las prioridades, pero por otro lado es contar con el apoyo de compañeros y compañeras comprometidas y con buen talante, dispuestas a remar y mojarse cuando haga falta.

¿Qué profesión tenían sus padres?, ¿Por qué se hizo usted abogado?

Mis padres eran maestros de escuela, hijos de militares que emigraron de una Castilla asfixiante hacia Andalucía cuando yo tenía 2 años.

Mi padre estudió otras carreras y entre ellas Derecho, colegiándose y abriendo su despacho en 1982.

Trabajaba con mi padre desde que tenía 15 años mecanografiando demandas y contratos.

De mi padre aprendí a resolver problemas y un estilo de ejercicio muy propositivo y negociador.

Me hice abogado, a pesar de que mi pasión era la filosofía y la literatura, orientales sobre todo, por dos cuestiones que debatí durante años con mi padre: 1) Nunca conviertas tu pasión en una profesión pues perderá el encanto y la frescura y 2) La Abogacía es una profesión flexible que te permitirá compatibilizar tu profesión con tu pasión  si te organizas bien.

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