Ricard Martínez, director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital Microsoft-Universitat de València, uno de lso grandes expertos españoles en el campo de la protección de datos, responde en este artículo a las dudas que han emergido en los últimos días sobre el alcance «controlador» de las «Apps» COVID-19 que tanto el Ministerio de Sanidad como las consejerías del ramo han desarrollado para facilitar que los ciudadanos con síntomas puedan solicitar asistencia sanitaria a la mayor brevedad posible.
El artículo bien podría haberse titulado, «Todo lo que usted quería saber sobre las ‘Apps’ coronavirus y no sabía dónde encontrar la respuesta».
¿CUÁL ES EL FIN DE ESTAS «APPS» AUTORIZADAS POR EL MINISTERIO DE SANIDAD?
El fin, por una parte, es de autoayuda e información. Está diseñada para que cualquier persona se pueda hacer un auto test, si tiene algún tipo de sintomatología que pueda hacer sospechar que sufre del COVID-19. Y, por otra parte, de recomendaciones.
Facilita que el ciudadano que precisa ayuda pueda ir a tiro hecho, con un diagnóstico bastante preciso, al centro médico.
Cumple una función pedagógica para que todos recibamos consejos prácticos, normas de higiene y modos de conducta saludable en este contexto.
En suma, trata de descargar una parte de la gestión del 112 y de los teléfonos de atención y emergencia.
¿HAY UNA SOLA «APP» O HAY MÁS?
Hay una general, desarrollada por el Ministerio de Sanidad, Asistencia COVID-19, y las que han desarrollado las Comunidades Autónomas de Madrid –CoronaMadrid–; Cataluña –Stop COVID-19 CAT–; Andalucía –Salud Responde y Asistente Informativo COVID-19–; Castilla y León –Test COVID-19–; Navarra –CoronaTest–; Euskadi –COVID-19.EUS–; Galicia –Coronavirus Sergas– y Valencia – GVA Coronavirus–.
Nosotros, en Valencia, tenemos la GVA Coronavirus, que te permite evaluarte cada 12 horas y te da consejos.
La “app”, además, es voluntaria.
¿LA GEOLOCALIZACIÓN ES OBLIGATORIA?
No, en absoluto. Solo te geolocaliza si tú lo autorizas y a partir de ahí solo te ofrece consejo y ayuda. Es doblemente voluntaria.
La «App» te pide un nombre, un DNI, que sea verdad, un domicilio, aunque no lo verifica, y un Código Postal. No se conecta a un sitio para asegurarse de que tú eres tú.
En la “app” de la Comunidad Valenciana hay una función que cuando tú te haces el test inserta en la historia que maneja el médico que tú quieres cita por coronavirus.
En ese caso tú no llamas al 112, te llama el 112 a ti. Y no pasas por un intermediario que no tiene ni idea. Quien llama es un médico formado para atender sobre coronavirus. Lo que es bastante razonable.
Es una aplicación muy convencional.
¿QUÉ SE PUEDE OBTENER CON LOS DATOS QUE INCLUIMOS EN LA APLICACIÓN?
Agiliza la gestión del teléfono de emergencias. También va a ayudar a que se autoidentifiquen, cuando vaya al médico, pacientes con síntomas.
Y, como te actualiza cada doce horas, está diseñada como una aplicación de seguimiento.
La persona puede saber, a través de la información, si está peor y podrá decidir cuando se va a urgencias, o cuando se necesita un médico.
¿A TRAVÉS DE ESTAS APPS SE PUEDE SABER CON QUIEN SE RELACIONA LA PERSONA?
No. La orden ministerial dice muy claro que solo geolocalizan la región en la que se encuentra la persona.
¿NO SE PUEDE SABER, POR LO TANTO, CON QUIÉN SE HA HABLADO, QUÉ MENSAJES SE HA RECIBIDO POR WHATSAPP, E-MAIL U OTRAS APLICACIONES?
No, porque no tiene esas premisas. El propio gestor de permisos informa que la aplicación no se conecta con nada. Esto no se puede falsificar, te informa el sistema operativo del teléfono.
Tampoco está diseñada para entrar en el almacenamiento del teléfono. No puede saber con quién he hablado, con quién he utilizado Whatsapp y con quien me he carteado vía e-mail.
Y QUÉ PASARÍA SI, EN UN MOMENTO DADO, EL GOBIERNO DECIDIERA HACER LO QUE EL COREANO, GEOLOCALIZAR A LOS CIUDADANOS E IDENTIFICAR A LOS PROPAGADORES
Legalmente, tendrían que emitir una segunda orden, por ser la vía que han elegido, al invocar el artículo tercero de Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
Pero tendría que contar con el consentimiento del ciudadano. Si está ya instalada, precisaría de una actualización para cambiar la configuración de la “App” en sus finalidades. Para ello, requeriría de un proceso de instalación idéntico por el que se ha pasado para instalarla en primera instancia.
No podrían hacerlo de rondón. Necesitaría del consentimiento del dueño del móvil para proceder a la actualización.
¿POR QUÉ SE HA CONFERIDO AL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA LA RESPONSABILIDAD SOBRE LOS DATOS Y NO AL MINISTERIO DE SANIDAD?
Porque es un estudio de analítica de datos. Es un estudio estadístico. Se confiere por su experiencia en analítica de datos. La analítica de datos es una nueva profesión, requiere de expertos en ciencias de datos, que vienen del mundo de la informática, de las matemáticas o de la estadística. Por perfil de plantillas, es obvio donde habrá buenos expertos es el INE.
¿LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS HA SUPERVISADO ESTAS APLICACIONES?
En la orden de Sanidad se cita la supervisión de la Agencia Española de Protección de Datos. Y en la mecánica usual de protección de datos los desarrolladores consultan a la Autoridad.
Si la Agencia Española ha desarrollado algún tipo de supervisión o ha verificado de oficio esa aplicación, y tiene constancia de que, a día de hoy, la aplicación cumple las normas, haría muy bien de decirlo públicamente, en mi opinión. Porque lo que necesitan las personas es confianza. Mi información es que sí que lo están haciendo.