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Todo lo que hay que saber sobre las moratorias hipotecarias y los créditos ICO

Todo lo que hay que saber sobre las moratorias hipotecarias y los créditos ICO
Eduardo Ranz, autor de esta columna de opinión, es director de ERA Abogados.
16/4/2020 06:30
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Actualizado: 16/4/2020 00:45
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La Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, declaró la COVID-19 como situación de emergencia de pandemia internacional.

Que lejos queda, a estas alturas, ese 11 de marzo, del que solo ha pasado un mes.

Esa reacción rápida es lo que provoca adoptar medidas urgentes, estas medidas tienen impacto directo en la sociedad, como es el confinamiento, pero también en la economía global. 

El gobierno ha anunciado nuevas ayudas destinadas a ampliar la partida de los Créditos ICO, poniendo a disposición de los emprendedores, además de una línea ICO nacional, unas garantías de red exterior a través del ICEX, e igualmente el gobierno ha indicado que ningún crédito que se formalice en el estado de alarma debe estar condicionado a la contratación de seguros o productos financiaros. 

Los ciudadanos tenemos el deber de colaborar, y esto incluye a la banca y bolsa.

PAPEL DE LA BANCA

La banca debe dar facilidades, porque tiene el mejor aval posible, el Gobierno de España, que además es quien pone la liquidez. 

Los más vulnerables están protegidos, nadie por sufrir una reducción en sus ingresos, va a perder su vivienda durante el estado de alarma, es más, los desahucios sin alternativa habitacional, han quedado en suspenso hasta el 30 de septiembre de 2020.

Y para ello, el gobierno ha dispuesto la moratoria de hipoteca en vivienda habitual.

Para ello debemos comprender bien el concepto de moratoria que es un aplazamiento sin intereses adicionales en el pago de la cuota hipotecaria de la vivienda habitual, no segundas residencias, y está destinado a familias vulnerables, con circunstancias extraordinarias derivadas por fuerza mayor, como una disminución importante en los ingresos. 

Familias en las que entren en casa menos de 1613 € netos como consecuencia del estado de alarma, son las más vulnerables, y es a ellas a las que principalmente va dirigida esta especial protección.

Igualmente en el caso de los autónomos que cesen en la actividad o quienes sufran desempleo por ser despedidos en este período de confinamiento, el gobierno ofrece garantías de no cortar suministros de agua, luz y telecomunicaciones. 

DOS PASOS 

La moratoria de hipoteca sin interés se hace en dos pasos: primero la solicitud, aportando la documentación necesaria, principalmente: empadronamiento, certificación de desempleo o baja autónomos, nota simple del registro de la propiedad, escritura del préstamo hipotecario, libro de familia y una declaración responsable, cuyo modelo está normalizado en cada entidad bancaria.

El banco tiene un plazo de hasta quince días para responder.

Si se acepta la solicitud de la moratoria, se producirá el segundo paso, la firma de la novación, para lo que hay que desplazarse a la sucursal.

Y si es rechazada, se deben exponer los motivos de la denegación.

Si como consumidor no se recibe toda la información al respecto, o si te obligan a contratar un seguro o cualquier otro producto financiero, es fundamental plantear tu queja en atención al cliente, posteriormente al defensor del cliente, ambas de la propia entidad bancaria, todas están obligadas a tenerlo y para el caso de no ser resuelta, ampliarla pasados 30 días, ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. 

ALQUILERES 

En cuanto a los alquileres, en estado de alarma, lo más razonable es negociar con generosidad y comprensión por ambas partes, las condiciones especiales durante el confinamiento.

En caso de no existir acuerdo, respecto de la vivienda habitual, dentro del plazo de 7 días, se pueden solicitar las opciones de alivio decretadas por el Gobierno de España: solicitar un crédito del Instituto de Crédito Oficial (ICO) finalista sin intereses a pagar en 10 años, y para el caso de ser rechazado, solicitar planes de vivienda de las Comunidades Autónomas, algunas ascienden hasta 900 euros al mes. 

La tramitación de la moratoria, no es un proceso automático que se formalice con una llamada al banco. 

Es probable que las familias vulnerables sufran el despido en alguno de sus miembros, importante tener presente que no existen los “despidos por coronavirus”, por tanto, todos serán susceptibles de ser impugnados ante el Juzgado de lo Social tan pronto como se levante el estado de alarma. 

En tiempos difíciles debemos situarnos en lo humano, y lo humano implica que todos necesitamos ayuda.

Para cualquier consulta especializada: [email protected] 

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