El «Informe secreto» de la tesorera del ICAM sobre Alfonso Merlos ve la luz: Las conclusiones no son positivas
La tesorera Mabel Zapata, autora del informe sobre la empresa de Merlos, la noche del 25 de octubre de 2014, en Pachá, Madrid, donde el actual decano presentó su candidatura y las personas que la conformaban. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El «Informe secreto» de la tesorera del ICAM sobre Alfonso Merlos ve la luz: Las conclusiones no son positivas

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03/6/2020 02:00
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Actualizado: 03/6/2020 12:35
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La Asociación Libre de Abogados y Abogadas (ALA) ha publicado el «informe secreto» sobre el «caso Merlos» que la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) guardaba bajo siete llaves.

Un informe elaborado por la abogada fiscalista y tesorera del ICAM, Mabel Zapata, que no deja en buen lugar al propio Colegio.

De acuerdo con ALA, las irregularidades que habían denunciado en el contrato del ICAM con Trocadero Comunicación, S.L., la empresa de Alfonso Merlos, el director de Comunicación del Colegio, «son más amplias importantes que las que conocíamos». 

«Las irregularidades podrían suponer responsabilidades, incluso fiscales, de Alfonso Merlos y del ICAM», afirma.

Zapata explica en su informe que ha examinado las cuentas de Trocadero Comunicación, la composición del capital social, los contratos de Trocadero Comunicación con sus trabajadores y la remuneración de Merlos.

Y llega a tres “conclusiones” y unas “recomendaciones”, analizando la Ley del Impuesto sobre Sociedades finalizando con las posibles “consecuencias para el Colegio”.

NO FACTURA POR LA CANTIDAD QUE EXIGE LA LEY 27/2014

Tras analizar las cuentas de Trocadero Comunicación, S.L. de los años 2017 y 2018, Zapata deduce que Alfonso Merlos no factura a la sociedad por la cantidad que exige la Ley 27/2014 para que se pueda considerar que la facturación que realiza el socio profesional, a través de la sociedad, es una retribución a valor de mercado.

Incumpliendo lo previsto en el artículo 18 de la citada Ley.

El capital social se distribuye en un 70 %, de las 3.100 participaciones sociales, que es propiedad de Alfonso Merlos, un 25 % propiedad de O.L. y un 5 % propiedad de M.L.P.M.

Respecto de los contratos con trabajadores de Trocadero Comunicación, S.L., la tesorera afirma en su informe que consta un contrato para trabajos administrativos, por teletrabajo pero que, pese a que se requirió a Alfonso Merlos que lo aportara a la tesorera para valorarlo en el Informe, no fue presentado.

También se le requirió para que informara qué relación tenía con la trabajadora de ese contrato sin que contestara.

ES UNA SOCIEDAD INSTRUMENTAL 

«Zapata constata que Alfonso Merlos nunca ha cobrado de la sociedad, pues sus declaraciones de IVA sólo declaran trabajos cobrados fuera de la sociedad, ni por nómina ni como profesional, si bien la sociedad tiene actualmente una deuda».

Al parecer, «fue utilizada por Alfonso Merlos para realizar un único y puntual pago, de carácter personal, cuyo importe está devolviendo».

En este sentido, Zapata «afirma en su informe que es una gran irregularidad que Alfonso Merlos no facture por sus servicios profesionales a Trocadero Comunicación, S.L.».

Asegura, asimismo, que «son irregulares también las explicaciones dadas por quién dice ser trabajador de la Sociedad siendo socio de la misma y termina concluyendo que, ante una Inspección fiscal, hay muchas probabilidades de que se declarara a Trocadero Comunicación, S.L., como una sociedad instrumental».

RECOMIENDA ROMPER EL CONTRATO CON TROCADERO

La tesorera del ICAM recomienda a la Junta de Gobierno, en este  «informe secreto», resolver el contrato de prestación de servicios con Trocadero Comunicación, S.L. y realizar un contrato directamente con Alfonso Merlos.

Un contrato que considera que debería ser laboral porque trabaja con los medios materiales y personales del ICAM y por el que se le debe pedir exclusividad.

Y debe dejar de aparecer en los medios de comunicación. 

La fiscalista Zapata valora también que, si bien es legal la contratación con sociedades que prestan servicios profesionales, dichas sociedades deben responder a una realidad económica.

Deben contar con medios materiales y personales. Deben, asimismo, tener facturación de los socios profesionales.

Esto no sucede con Trocadero Comunicación, S.L.

«Se utiliza para pagar el impuesto sobre sociedades en lugar de IRPF pues, además, Merlos no cumple con el requisito regulado en el artículo 18 de la Ley 27/2014 porque no factura nada a la sociedad, siendo dudosa la existencia de trabajadores de Trocadero Comunicación S.L.».

Los catorce miembros de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados. La segunda, por la derecha, es Mabel Zapata, tesorera y autora de este informe. Foto: ICAM.

CONSECUENCIAS PARA EL COLEGIO

Según la información que reproduce ALA, «Mabel Zapata advierte que el ICAM se arriesga a una posible acta fiscal por retenciones de IRPF pues si Trocadero Comunicación, S.L. (como apunta el informe) es una sociedad instrumental, el ICAM debería haber retenido a Alfonso Merlos un 15 % de su retribución, lo que no hace al facturar a una sociedad«.

No obstante, parece que éste es un asunto “menor” para la tesorera que incluye en el informe, como reflexión, que «el ICAM ya se defendería llegado el caso».

ALA, asociación progresista muy crítica con esta Junta de Gobierno del ICAM, termina su publicación calificando de «sorprendente que un miembro de la Junta de Gobierno proponga a ésta métodos para ocultar lo que es evidente que considera ilicitudes varias, con tal de mantener en el cargo de director de comunicación a una persona concreta: existencia de sociedad instrumental, sin trabajadores a cargo, que no ha aportado la documentación que se le ha requerido para aclarar la situación fiscal y laboral, que no existe facturación a la empresa de los supuestos trabajos que realice Alfonso Merlos, que por lo tanto no factura IVA, que la sociedad no cuenta con medios materiales ni personales, y que son los del Colegio los que se utilizan para el desarrollo del contrato, finalizando con la manifestación de que es muy posible que la sociedad exista para declarar por impuesto de sociedades y no de IRPF, y por tanto eludir impuestos».

LOS PLANES DEL ICAM CON RESPECTO A MERLOS 

Tal como adelantó Confilegal, lo acordado por los miembros de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de viva voz –pero que no consta en acta– fue rescindir el contrato con Trocadero Comunicación, S.L., y, por lo tanto, con Merlos, quien dejaría de ser director de Comunicación del ICAM. 

La idea del Colegio era dejar pasar un tiempo y después, comenzado septiembre, contar con los servicios de su empresa en los menesteres de comunicación que fueran precisos, dejándole libertad para seguir yendo a las televisiones como contertulio político, porque al no existir la relación precedente nada lo impedía.

Confilegal anunció, de un modo elegante esta decisión, que había sido tomada por todos sus componentes por consenso, de la que después el decano, José María Alonso, que fue el que la propició, se echó atrás dos veces públicamente, en declaraciones a otros medios de comunicación. 

Confilegal, antes de publicar el informe de ALA sobre el dictamen de la tesorera del Colegio, Mabel Zapata, contrastó su contenido con varias fuentes de la corporación, quienes confirmaron su veracidad.

Un contenido sobre el que la Junta de Gobierno debería dar explicaciones a los 79.000 abogados colegiados, ejercientes y no ejercientes, en aras a la tan publicitada trasparencia.

Como dice el viejo dicho, «obras son amores y no buenas razones».

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