Expertos del sector asegurador reclaman la modernización de la Ley de Contrato de Seguro
Los profesores de Derecho de la UDC, Fernando Peña y José Manuel Busto, presentan un manifiesto que ensalza los valores de la LCS y propone modificaciones para su modernización.

Expertos del sector asegurador reclaman la modernización de la Ley de Contrato de Seguro

Piden a los poderes públicos que trabajen en la armonización de estas normas en la Unión Europea
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08/7/2020 06:40
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Actualizado: 14/6/2022 14:09
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Cuarenta años después de su aprobación, la Ley de Contrato de Seguro (LCS) mantiene su vigencia como marco normativo, aunque, a la luz de los acontecimientos, necesita de una serie de retoques para seguir estando en vanguardia.

La Fundación Inade celebró este martes la primera actividad conmemorativa del 40 aniversario de la Ley de Contrato de Seguro, promulgada en España el 8 de octubre de 1980.

Durante la sesión se analizó la ley y se ahondó en el manifiesto que, sobre la dicha ley, han elaborado los profesores de Derecho de la UDC Fernando Peña y José Manuel Busto, a petición de Fundación Inade.

“Con este manifiesto queremos ensalzar ante la opinión pública aquellos valores que atribuimos a esta norma, pero también las modificaciones que deberían considerarse para adaptarla a la realidad actual», explicaron los autores.

En la jornada, con formato webinar que fue moderada por el director de la Fundación, Adolfo Campos, e inaugurada por su presidente, José Ramón Santamaría, participaron Francisco Javier Tirado, profesor titular de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, José Antonio Badillo, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad de Alcalá.

Junto a ellos José Manuel Busto, catedrático de Derecho Civil de la Universidad da Coruña y secretario del Patronato de Fundación Inade y Fernando Peña profesor titular de Derecho Civil de la Universidad da Coruña y director de la Cátedra Fundación Inade-UDC.

En el manifiesto señalan que la La Ley de Contrato de Seguro, en el momento de su publicación, vino a incorporar a España a la modernidad en lo que se refiere al mercado de seguros.

De hecho, se indica que cuando se promulga esta Ley todavía están vigentes los artículos 1.791 a 1.797 del Código Civil, en los que el contrato de seguro se contemplaba como una relación en la que el asegurador ni siquiera tenía que tener la condición de empresario.

La Ley de 1980 se convirtió así en el antecedente más claro en España de la Directiva europea sobre cláusulas abusivas de 1993 que, desde su incorporación a nuestro derecho en 1998, ha desempeñado un papel fundamental en la protección de los consumidores en particular y de los adherentes a contratos prerredactados unilateralmente por una de las partes, con carácter general.

Asimismo, destacan ciertas reformas que el legislador tendría que realizar. En primer lugar, una mejor coordinación de la Ley de Contrato de Seguro con el derecho de consumo. Junto con ello estos expertos reclaman una mejor regulación del seguro en grupo, así como la actualización del seguro de incendios.

Otras reformas que se plantean en el citado manifiesto hablan de la regulación armonizada del seguro de crédito y del seguro de crédito a la exportación; la revisión de la regulación del contrato de seguro de caución; la previsión de una regulación específica sobre las pruebas genéticas y su relación con la declaración de riesgo.

El sector asegurador, que representa algo más del 5% del PIB español, se ha reivindicado y como «clave» en esta etapa para la reconstrucción, por lo que reclamó la ayuda del sector público para poder cubrir en un futuro el riesgo de otra pandemia.

Desde la patronal del sector UNESPA se señala que una de las principales enseñanzas que se va a extraer de esta crisis es que «las economías y las sociedades más seguras son aquéllas que están más aseguradas».

Para otros expertos consultados por esta publicación, el seguro puede tener «un papel muy relevante» en esta crisis, por lo que apuestan por impulsar el seguro del crédito, «un seguro muy desconocido», pero «valiosísimo», que es «clave para apoyar la recuperación de las pequeñas empresas».

Los expertos también han destacado en el manifiesto, el poder establecer mecanismos alternativos de resolución de conflictos que sean eficaces y alivien la carga de los órganos jurisdiccionales españoles y seguir el ejemplo de Portugal que trabaja en los medios extrajudiciales.

Para estos expertos convendría hacer un esfuerzo para incentivar que salgan de la jurisdicción decenas de miles de asuntos que podrían solventarse, de forma y razonable, fuera de ella. En este sentido, se citó el éxito del CIMPAS portugués (Centro de Informação, Mediação e Arbitragem de Seguros) que tiene competencias para resolver litigios respecto de prácticamente todos los seguros de masas.

Poner en marcha una entidad de este tipo en nuestro país supondría la implicación de nuestro sector asegurador en este tipo de prácticas, en un proyecto que supondría un ahorro de tiempo y de dinero notable para la economía española, para los tomadores y asegurados, para las propias compañías y también para las arcas públicas.

Armonización en Europa

Por su parte, José Ramón Santamaría, presidente de la Fundación Anade, aprovechó la ocasión para solicitar públicamente a los grupos parlamentarios “que presenten propuestas al Parlamento y a la Comisión Europea para avanzar en la construcción de un documento que recoja los derechos y obligaciones de las partes intervinientes en un contrato de seguro en el ámbito de la Unión Europea”.

Esta petición fue respaldada por el profesor Fernando Peña, quien agregó que “nos hemos pronunciado a favor de una progresiva aproximación de las normas sobre contrato de seguro vigentes en los distintos Estados miembros de la UE, con el objetivo final de una Ley de Contrato de Seguro Europea”.

No obstante, Peña insistió durante su intervención en el extraordinario cambio que supuso la introducción de la Ley de Contrato de Seguro en el ordenamiento jurídico español y cómo esta se convirtió en precursora de lo que hoy constituye el derecho de consumo en nuestro país.

No hay un solo jurista que haga una valoración global negativa de la vigente Ley de Contrato de Seguro”, afirmó, aunque recalcando que “todo en derecho es mejorable”.

Mejoras en la Ley del Seguro

Sobre dichas mejoras hablaron los profesores Busto y Badillo, aunque el primero recordó que solamente merecerá la pena llevar a cabo una reforma si la obra resultante “reúne unos requisitos de calidad, claridad y perfección técnica cuando menos equivalentes a los que exhibe la norma vigente”.

En este contexto de modernización, Badillo habló de la necesidad de adaptar la LCS “a los nuevos sistemas de contratación electrónica”. Ambos ponentes coincidieron en la necesidad de reducir su “excesiva judicialización”.

En la última intervención, el profesor Francisco Javier Tirado repasó una a una las intervenciones más destacadas en la elaboración de la LCS, que arrancó por iniciativa del profesor a finales de los años 60 y finalizó con su promulgación en el BOE en octubre de 1980 y con su entrada en vigor seis meses después.

Una vez finalizadas las ponencias comenzó la mesa redonda, moderada por Adolfo Campos e integrada por todos los invitados. Además de responder a las preguntas formuladas por el público, los ponentes debatieron sobre algunos temas controvertidos, como el pago de la prima o la cobertura del dolo en una póliza de seguros.

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