Posibles contagios y absentismo en las aulas generan incertidumbre en un inicio del curso marcado por la pandemia
En la reunión entre Gobierno y Comunidades Autónomas de la semana pasada se acordaron 29 medidas y cinco recomendaciones.

Posibles contagios y absentismo en las aulas generan incertidumbre en un inicio del curso marcado por la pandemia

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01/9/2020 06:44
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Actualizado: 01/9/2020 02:20
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La reunión del pasado jueves 27 de agosto entre Gobierno y comunidades autónomas, convocadas en Conferencia Multisectorial de Educación y Sanidad, donde se acordaron para el curso 2020-2021, 29 medidas y 5 recomendaciones, no ha conseguido cerrar la polémica.

En ese encuentro, celebrado de forma telemática, participaron la ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá; el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, así como los consejeros y consejeras autonómicas de Sanidad y Educación.

Sin embargo, pese a que los asistentes aprovecharon para actualizar el documento, en el que ya trabajaron el pasado mes de junio, sobre ‘Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente a COVID-19 para Centros Educativos en el curso 2020-2021′, el debate está más abierto que nunca.

La sombra de los contagios de estos menores y las responsabilidades derivadas de los mismos para centros escolares y progenitores en este tipo de situaciones está sobre la mesa. Esto ha hecho que Confilegal haya preguntado a distintos juristas sobre esta problemática.

Desde la Plataforma Familia y Derecho, sus portavoces, el magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº14 de Barcelona Xavier Abel y la abogada experta en derecho de familia Isabel Winkels, abordan este asunto.

Xavier Abel, magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº14 de Barcelona.

En cuanto a las medidas tomadas por los centros escolares creen que son las adecuadas, «pero no podemos estar seguros si se ha hecho en todos. Es importante reducir el número de niños en cada aula y escalonar el uso de zonas comunes, además de las medidas de desinfección en comedores, baños, etc.”, apunta Winkels.

Para este colectivo no sería oportuno retrasar el inicio del curso escolar, «la situación no va a cambiar a medio plazo y los niños deben incorporarse a su formación cuanto antes”.

De hecho, son partidarios de que los progenitores lleven a sus hijos a su centro educativo. “Sobre todo si no tienen patologías. Además, hay que exigir al colegio que adopte todas medidas necesarias y aleccionando a los niños de que no se quiten la mascarilla, se pongan el hidrogel y se laven las manos”.

“Obviamente, en los niños más pequeños va a ser más difícil, pero dejarles sin los beneficios -en sentido amplio- que tiene ir al colegio, como socializar e interactuar con sus pares, además de educativos, ‘ad cautelam’ no es positivo”,  coinciden estos juristas.

Sobre un posible cierre de centros escolares por un contagio, confían en que “los colegios estén ya más preparados para mantener las clases online, pero los efectos para la sociabilidad de los hijos pueden ser muy perniciosos. Para los niños ir al colegio no es solo formación sino su desarrollo personal y el aprendizaje de habilidades de sociabilización”.

Respecto a la responsabilidad que los padres asumen si no llevan a sus hijos al colegio en estas circunstancias apuntan que “hay un enorme debate al respecto. No creemos que puedan producirse condenas por el artículo 226 del Código Penal, dejar de cumplir los deberes legales inherentes a la patria potestad, porque faltaría el elemento del dolo, la intencionalidad”.

Isabel Winkels es la socia directora de Winkels Abogados, un despacho especializado en derecho de familia y en derecho de familia internacional.

Para estos juristas, “otra cosa es que si la fiscalía sigue adelante y decide incoar diligencias contra los padres que no lleven a sus hijos al colegio, podrían verse abocados a un procedimiento penal , lo que no es nada agradable de por si”.

En relación a que un niño contagiado acudiera al colegio, estos juristas revelan que “depende de si los padres conocen si su hijo está infectado. Si lo saben, y pese a eso lo llevan al colegio, podría ser un delito contra la salud pública. Si no lo saben, y su error es invencible, no tienen responsabilidad. Lo que el juez tendrá que valorar es si el error es vencible o invencible”.

Demasiada incertidumbre

Desde la Asociación Española de Abogados de Familia, su vicepresidenta la abogada María Pérez destaca que “cada comunidad autónoma ha acordado tomar determinadas medidas y, dependiendo de cada centro escolar las podrá llevar a cabo todas y/o algunas si cuenta con medios materiales y humanos”.

A su juicio, “debería haberse abordado todo este problema desde el principio y no esperar a última hora e improvisar en muchas ocasiones. Todo ello ha creado en los padres, tutores y en los propios docentes mucha incertidumbre”.

Sobre un retraso del curso escolar, Pérez subraya que “lo ideal es que comiencen y lo hagan todos en las mismas fechas con las medidas de sanidad pertinentes”.

En cuanto a un posible cierre de los centros escolares por un contagiado, esta jurista revela que “para los padres que trabajan fuera de casa es un auténtico problema. ¿Cómo van a conciliar el trabajo con el cuidado y atención delos niños?«, se pregunta.

También señala que “para los propios niños es un problema porque cortan las relaciones con sus iguales, tan necesarias y buenas. Tenemos ya la experiencia de que en los meses de confinamiento los niños de colegios privados han podido seguir mayoritariamente el ritmo de clases online, pero hay una gran brecha con los niños que están en centros concertados y en públicos”.

María Pérez, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEFA).

Esta abogada de familia destaca que “hay muchos padres que no tienen los medios necesarios ni conocimientos o tiempo para atender a los niños”.

Sobre alguna responsabilidad que pudieran tener los progenitores por no llevar a sus hijos al colegio, la vicepresidenta de AEAFA indica que “si se justifica la fuerza mayor y las causas, no se podrá sancionar ni administrativa, ni penal ni civilmente a los padres”.

“Privar o suspender de patria potestad o cambiar la custodia de un menor no es solo cuestión de no llevarlos temporalmente al colegio si están velando por el interés del menor, que es siempre el prevalente, y en estos casos, la salud es lo primordial y prima sobre el derecho-deber de escolarización. En todo caso, que se asesoren por un abogado especialista”.

Respecto a la situación en la que los progenitores lleven a un hijo contagiado al colegio, Maria Pérez advierte que “es una falta de solidaridad y de responsabilidad”.

“Los padres tienen el deber de cuidar y atender a los hijos y ahora más que nunca se les debe pedir sentido común y solidaridad para con los demás niños y familia con las que conviven y se relacionan.  No hagamos con los demás lo que no nos gustaría que nos hicieran”, advierte esta experta en derecho de familia.

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