El 87,5% de las sentencias por corrupción dictadas en el segundo trimestre fueron condenatorias

El 87,5% de las sentencias por corrupción dictadas en el segundo trimestre fueron condenatorias

Se dictó auto de apertura de juicio oral o de procesamiento contra 37 personas

6 / 10 / 2020 13:16

En el segundo trimestre de 2020 concluyeron 11 procedimientos por corrupción en los que se dictó auto de apertura de juicio oral o de procesamiento contra 37 personas, que fueron o serán llevadas a juicio por este tipo de delitos.

Una cifra que supone un descenso 55 personas respecto al mismo periodo del año anterior, en el que finalizaron 15 procedimientos.

Respecto a las sentencias dictadas, entre los pasados 1 de abril y 30 de junio, los juzgados y tribunales dictaron 8 sentencias en procedimientos por corrupción. De ellas, 7 fueron condenatorias y solo una, absolutoria, lo que supone que el fallo fue condenatorio en el 87,5% de los casos.

Así lo refleja el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras la incorporación de la información correspondiente al segundo trimestre del año, que también incluye el número de personas jurídicas contra las que se dictó auto de apertura de juicio oral en ese periodo, que fueron dos, frente a las 15 del mismo periodo de 2019.

La información que ofrece el repositorio corresponde a la denominada corrupción pública, ya que, como recoge el CGPJ, «es ésta la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía».

De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.

Personas acusadas y procedimientos por delitos de corrupción

La tabla refleja el número de personas contra las que se ha dictado auto de apertura de juicio oral o de procesamiento en procedimientos instruidos por Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, Juzgados de Instrucción, Salas de lo Civil y Penal de Tribunales Superiores de Justicia, Juzgados Centrales de Instrucción y Sala Segunda del Tribunal Supremo. Fuente: CGPJ.

Respecto a las sentencias dictadas, los juzgados y tribunales dictaron 8 sentencias en procedimientos por corrupción. De ellas, 7 fueron condenatorias y solo una, absolutoria, lo que supone que el fallo fue condenatorio en el 87,5% de los casos.

Lo que se traduce en un aumento del porcentaje de sentencias condenatorias respecto al mismo trimestre de 2019. Entonces se dictaron 30 sentencias, de las que 25 fueron total o parcialmente condenatorias, lo que representó el 83% del total.

La información recogida en el repositorio detalla si las sentencias han sido absolutorias o condenatorias y, dentro de éstas últimas, si lo han sido con o sin conformidad, así como si han sido parcialmente condenatorias, tanto porque no se haya condenado por todos los delitos por los que se acusaba o porque no se haya condenado a la totalidad de los acusados.

Fuente: CGPJ.

El repositorio, que fue presentado en 2017, es de acceso público en la web del poder judicial y permite a la ciudadanía conocer la acción de la Justicia en el marco global de la lucha contra la corrupción a través de sus principales indicadores –personas acusadas y/o procesadas, procedimientos, sentencias dictadas, etcétera-, que se actualizan de forma trimestral.

El fenómeno de la corrupción pública se recoge en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística (artículos 320 y 322), prevaricación administrativa (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415, 416, 417 y 418), cohecho (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y exacciones ilegales (art. 436, 437 y 438), negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442 y 443) y corrupción en las transacciones comerciales internacionales (artículo 286 ter).

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