La Asociación Europea de Jueces ha advertido hoy que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para reformar la forma de elección de los 12 vocales jueces del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España, impulsada por los grupos parlamentarios del PSOE y de Unidas de Podemos, elevara la politización del poder judicial y dañará su percepción de independencia entre la ciudadanía.
“Las nuevas normas sobre el nombramiento de jueces/miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial aumentan significativamente la influencia del Parlamento sobre el Consejo y afectan negativamente a su independencia en contradicción con las normas europeas”, afirma la Asociación Europea de Jueces, parafraseando la Recomendación 2010 del Comité de Ministros del Consejo de Europa.
Y expresa «su gran preocupación porque España esté dando un paso atrás en los objetivos fundamentales para la independencia del poder judicial».
La citada Asociación subraya que la existencia del Consejo General del Poder Judicial tiene como fin, precisamente, evitar «influencias indebidas del Gobierno o del Parlamento sobre la independencia de los jueces».
Y recuerda que el «Informe N.°10 (2007) del Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE), a la atención del Comité de Ministros del Consejo de Europa, se establece claramente:
«17. Cuando el Consejo de la Justicia se compone exclusivamente de jueces, el CCJE considera que dichos jueces han de ser elegidos por sus pares.
«18. Cuando su composición es mixta (jueces y no jueces), el CCJE considera que con el fin de evitar cualquier manipulación o presión indebida, el Consejo de la Justicia ha de contar con una mayoría sustancial de jueces elegidos por sus pares”.
También destaca lo que dice el informe del Grupo de Estados contra la corrupción (GRECO) sobre España de 8 de diciembre 2017: “Una de las modificaciones claves en este punto consiste en que los doce miembros del Consejo de procedencia judicial sean elegidos directamente por sus pares”.
No solo para remediar «las críticas vertidas actualmente en el mismo seno de la carrera judicial, sino también para fortalecer la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial en su conjunto”.
Y recalca el artículo 23 del Estatuto Universal del Juez aprobado por la UIM, que dice que “el Consejo de la Judicatura debe ser completamente independiente de los demás poderes del Estado. Debe estar compuesto por una mayoría de jueces elegidos por sus compañeros, de acuerdo con procedimientos que aseguren su mayor representación”.
Concluye: «La presente opción aumentará el riesgo de influencia política indebida en el nombramiento de los miembros del Consejo y en el sistema judicial en su conjunto, dañando la percepción de la sociedad sobre una independencia judicial efectiva».
PSOE y Unidas Podemos pretenden rebajar la mayoría cualificada de 210 diputados (de 350, en la Cámara Baja) a 176 para la elección de los doce vocales jueces del CGPJ, de los 20 que lo conforman. Los 8 restantes serían elegidos como hasta ahora, por 210 diputados.