El CGPJ renueva los convenios que regulan el envío de información bancaria a través del Punto Neutro Judicial
Así funciona el Punto Neutro Judicial en España; el logo del Santander en los tribunales señala que es el banco español que gestiona las cuentas de depósitos y consignaciones judiciales. Gráfico: Carlos Berbell/Confilegal.

El CGPJ renueva los convenios que regulan el envío de información bancaria a través del Punto Neutro Judicial

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21/11/2020 06:48
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Actualizado: 20/11/2020 23:19
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha renovado los convenios de colaboración que regulan el envío de información bancaria requerida por los jueces a través del Punto Neutro Judicial.

El Punto Neutro Judicial, puesto en marcha por el órgano de gobierno de los jueces en 2002, es una red de comunicaciones a través de la cual jueces y magistrados pueden realizar consultas en las bases de datos y estar conectados con terceras entidades, ya sean administraciones públicas, colegios profesionales, entidades financieras o registros.

A través de este servicio, los órganos judiciales pueden acceder de forma ágil y segura a información necesaria para la tramitación de procedimientos judiciales, así como ordenar la ejecución de actuaciones judiciales como bloqueos de cuentas o embargos.

Al automatizar el acceso a la información y facilitar la compatibilidad e interoperabilidad entre los servicios informáticos a disposición de la Administración de Justicia, el Punto Neutro Judicial permite mejorar los tiempos de tramitación de los asuntos y la seguridad de las operaciones.

Información bancaria de personas físicas y jurídicas

En la firma de los convenios, según ha informado el CGPJ en un comunicado, han intervenido el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes; el presidente de la Asociación Española de Banca, José María Roldán Alegre; el director general de la CECA, José María Méndez Álvarez-Cedrón; y el presidente de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, Manuel Ruiz Escudero.

La actualización de los convenios de colaboración previamente suscritos con cada una de las citadas entidades tiene como finalidad cumplir con la previsión contenida en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, al haberse cumplido el pasado 2 de octubre el plazo legal previsto para la renovación de los acuerdos.

Asimismo, responde a la voluntad de las partes de renovar el compromiso de colaboración que permite a los órganos judiciales acceder a información bancaria de personas físicas y jurídicas y ejecutar actuaciones judiciales.

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