Un juez ordena la vacunación obligatoria por COVID-19 de una anciana ante la negativa de su hija
Centro Residencia Para Mayores Domus VI San Lázaro, en Santiago de Compostela, donde vive la anciana cuya hija se negaba a que le administrara la vacuna contra el COVID-19.

Un juez ordena la vacunación obligatoria por COVID-19 de una anciana ante la negativa de su hija

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13/1/2021 11:56
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Actualizado: 13/1/2021 11:56
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Javier Fraga Mandián, juez sustituto del Juzgado de Instrucción 2 de Santiago de Compostela, provincia de Coruña, ha ordenado que se administre la vacuna del COVID-19 a una anciana del Centro Residencia Para Mayores Domus VI San Lázaro, que tiene la capacidad de decidir muy limitada.

La intervención se ha producido después de que la dirección de dicho centro informara que su hija, María Luisa P., «familiar de referencia», se negara a ello.

El juez, después de ser informado por el médico forense de la situación de la anciana y la conveniencia de la vacunación, y tras escuchar a la hija, tomó dicha decisión mediante el consiguiente auto.

Fraga Mandián hace referencia, en el mismo, al consentimiento informado prestado que todo paciente tiene que dar para que le sea administrada la vacuna y lo que ocurre en los casos, como este, en el que dicho consentimiento tiene que ser prestado por el representante legal o el familiar de referencia.

La Comunidad Autónoma de Galicia cuenta, en este sentido, con la Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes. Dicha Ley establece que en este tipo de situaciones corresponde «adoptar la resolución correspondiente» al juez competente. 

El juez Fraga Mandián refiere que aunque no es descabellada la argumentación de la hija de oponerse a la vacunación de su madre porque se desconocen los efectos secundarios, y es más sensato aguardar antes de someter a la anciana a tal riesgo.

Sin embargo «incurre en una mácula evidente».

Y es que el riesgo es mayor para la mujer si no se le administrara. 

«Y este riesgo se incrementa, también de manera indudable, a medida que la administración de la vacuna se demora y el número de contagios aumenta porque, en la misma  progresión, es previsible que lo haga la posibilidad de contraer la enfermedad», afirma el juez.

«En tal tesitura, la cuestión se reduce a una pura ponderación de cuál sea el riesgo menor», añade.

Y refiere las palabras del informe del médico forense, que recoge las afirmaciones de la Organización Mundial de la Salud.

«Las vacunas son seguras. Todas las vacunas aprobadas son sometidas a pruebas rigurosas a lo largo de las diferentes fases de los ensayos clínicos y siguen siendo evaluadas regularmente una vez comercializadas (…). La mayoría de las reacciones a las vacunas son leves y temporales (…). Es mucho más fácil padecer lesiones graves por una enfermedad prevenible mediante vacunación que por una vacuna (…) Los beneficios de la vacunación superan largamente los riesgos, y sin vacunas habría muchos más casos de enfermedad y muerte», dice el informe forense.

El juez Fraga Mandián concluye que la decisión de la hija «confronta con los intereses» de la madre y ordena que se la vacune. 

Para el caso de que la hija sacara a la madre de la residencia y fuera necesario administrarle nuevas dosis, ordena, asimismo, que sea devuelta a dicho centro para ello.

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