La Fiscalía considera ‘razonable’ que se investiguen todos los contratos de Podemos con Neurona
Recuerda que el principal objeto del procedimiento es "determinar la realidad o no del contrato entre Podemos y Neurona indiciariamente constitutivo de delito electoral". Foto: EP

La Fiscalía considera ‘razonable’ que se investiguen todos los contratos de Podemos con Neurona

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09/2/2021 14:34
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Actualizado: 09/3/2021 12:22
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La Fiscalía Provincial de Madrid ve «razonable» investigar «todos los contratos» suscritos entre Unidas Podemos y la empresa Neurona.

Así, informa a favor de que el magistrado que investiga al partido, Juan José Escalonilla, titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, pida información a la Junta Electoral Provincial de Madrid sobre las elecciones autonómicas del 26 de mayo de 2019.

“El hecho de que se hicieran pagos a una sociedad indiciariamente ficticia obliga a realizar una mínima investigación”, expone la Fiscalía en el escrito donde impugna un recurso de apelación de Podemos contra el auto del pasado 16 de diciembre  desestimatorio del recurso de reforma contra la providencia de 4
de noviembre.

En ella, el magistrado acordaba librar oficio a la Junta Electoral Provincial de Madrid para que le informase sobre sobre «la identidad del administrador electoral» de Unidas Podemos-Izquierda Unida en las elecciones autonómicas del 26 de mayo de 2019, así como la cuenta o cuentas designadas para la recaudación de fondos.

La Fiscalía señala que “si lo que se investiga es la realidad del contrato y de la propia mercantil que
parece vinculada con el partido, es razonable investigar todos los contratos entre Neurona y la formación Unidas Podemos”.

Recuerda que el principal objeto de este procedimiento es «determinar la realidad o no del contrato entre Podemos y Neurona indiciariamente constitutivo de delito electoral como se ha venido reiteradamente exponiendo a lo largo de este procedimiento”.

El representante del Ministerio Público señala que «el resultado de esta investigación puede ser incluso en interés del ahora recurrente por cuanto podrían extraerse conclusiones en beneficio del mismo tanto en relación a la existencia o no de Neurona como de los contratos firmados».

Añade que no ve impedimento para ordenar esa diligencia ante el hecho de que las cuentas de las elecciones de 26 de mayo fueran auditadas por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Afirma que los hechos puestos de manifiesto en la denuncia en relación a Neurona, así como en la documentación remitida por el Tribunal de Cuentas «no han sido desvirtuados a día de hoy y tras la práctica de diligencias”.

“Y todo ello, casi siete meses después de iniciar las investigaciones sin que haya sido posible determinar qué trabajadores tuvo Neurona, cuánto tiempo trabajaron en España, si se desplazaron desde México y cuándo así como dónde se hospedaron, información de fácil acceso al ahora apelante que no ha sido facilitada”, expone.

La Fiscalía también ha impugnado el recurso de reforma y subsidiario interpuesto por Prolege contra el auto del 12 de enero por el que se acuerda el sobreseimiento provisional en relación a las obras de la sede de Podemos e interesa la confirmación de la resolución recurrida por ser conforme a derecho.

Al respecto, señala que “ningún indicio existe» de la existencia de un delito de administración desleal.

«El tipo penal castiga los excesos en la administración que causen un perjuicio patrimonial sin que resulte de las diligencias practicadas que los gerentes de la sociedad hayan infringido sus facultades o ni siquiera la existencia de un perjuicio patrimonial», argumenta el Ministerio Público.

Recuerda que el propio arquitecto responsable de la reforma declaró en sede judicial que el precio fue ajustado, incluso bajo y que se realizaron pocas mejoras. A la Fiscalía le «extraña» que Prolege, que ejercita la acusación popular, «vele por los intereses» de Podemos al considerarlo como perjudicado en su patrimonio «cuando ni el propio perjudicado se considera como tal».

Prolege pedía un informe pericial para determinar si el precio de la obra era ajustado a mercado.

La Fiscalía dice que «a la luz de las diligencias practicadas, la diligencia solicitada no tiene más objeto que mantener la investigación en relación a estos hechos. Y ello por cuanto supone la existencia de confabulación  entre el partido político, los gerentes, el arquitecto y los contratistas para fijar un precios superior al de mercado cuando todos ellos han declarado bajo juramento o promesa de decir verdad que los precios eran los propios de mercado y que incluso pueden considerarse ajustados”.

La Fiscalía Provincial de Madrid también ha impugnado el recurso de reforma y subsidiario de apelación interpuesto por VOX contra el auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional en relación a las obras de la sede de Podemos.

La Fiscalía manifiesta que “ningún elemento existe que corrobore el sobreprecio denunciado inicialmente y puesto de manifiesto ahora en el recurso”.

Recuerda que «sostener la administración desleal con sobreprecio llevaría a considerar a todos los testigos como cooperadores necesarios», y que eso no lo plantean ni en su recurso porque «no existe indicio alguno de connivencia en establecer precios fuera de mercado».

Por otra parte, la Fiscalía Provincial de Madrid se ha adherido parcialmente al recurso de apelación interpuesto por Podemos contra el auto del 12 de enero de 2021 por el que se acuerda el sobreseimiento provisional en relación a las obras de la sede del partido.

Podemos lo recurrió al entender que, a la vista de las diligencias practicadas, el auto debía haber acordado el sobreseimiento libre.

El representante del Ministerio Público indica que “el incumplimiento de las normas internas de licitación de Podemos con estándares de control muy superiores a la propia Ley de contratos no integraban hecho delictivo alguno”.

Subraya que la cuestión relativa a la licitación quedaba fuera del ámbito del procedimiento penal porque lo que se investigaba era la diferencia entre el proyecto y el coste real. Por eso, incide en que la alegación de Podemos carece de virtualidad en cuanto al fondo de la resolución recurrida.

Apunta que otra cuestión es que por efectos reputacionales pueda discutirse el hecho de la licitación, y recuerda que las declaraciones de los testigos «ofrecen dudas respecto de cómo se produjo el procedimiento».

La Fiscalía se ha adherido parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el tesorero de Podemos, Daniel de Frutos, contra el contra el auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional en relación a las obras de la sede de Podemos, puesto que consta liquidado el impuesto según el coste final de la obra.

Señala que procede estimar el recurso en lo que se refiere «a la cuestión fáctica de la finalidad de la pretendida diferencia dejando sin efecto el traslado al Ayuntamiento de Madrid».

También ha estimado parcialmente el recurso de recurso de apelación interpuesto por la gerente de compras y servicios del partido, Andrea Deodato, y de la gerente, Rocío Esther de Val, contra el citado auto del 12 de enero porque consta liquidado el impuesto según el coste final de la obra.

«Procede estimar el recurso en lo que se refiere a la cuestión fáctica de la finalidad de la pretendida diferencia», expone.

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