La Fiscalía pide al Supremo que revoque el tercer grado a Bassa y Forcadell por riesgo de fuga
La expresidenta del parlamento autonómico catalán Carme Forcadell dirigiéndose a los concentrados ante la cárcel de mujeres de Wad-Ras, en Barcelona, antes de reingresar en prisión el pasado mes de diciembre. Foto: David Oller/EP

La Fiscalía pide al Supremo que revoque el tercer grado a Bassa y Forcadell por riesgo de fuga

El Supremo tendrá ahora que interpretar correctamente la legislación aplicable, la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial
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01/3/2021 12:34
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Actualizado: 01/3/2021 12:42
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La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña de mantener el tercer grado a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell y la exconsejera Dolors Bassa, y pide que lo revoque por el «evidente riesgo de fuga».

La Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria ha presentado hoy sendos recursos de apelación ante el Supremo, como tribunal sentenciador del caso, contra los autos del juez relativos a Bassa y Forcadell que deniegan el efecto suspensivo, al entender que estas resoluciones «no se ajustan a derecho» y sus argumentos «son erróneos», entre ellos que «no estamos» ante una medida cautelar, como la define el juez en su resolución.

Solicita al Supremo que se declare el efecto suspensivo del recurso interpuesto contra la resolución administrativa que progresa a tercer grado a ambas internas.

Según informan fuentes fiscales a Confilegal, la presentación del mismo tiene efecto suspensivo inmediato.

El Supremo tendrá ahora que interpretar correctamente la legislación aplicable, la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 también acordó mantener de momento el régimen de semilibertad para los 7 líderes del ‘procés’ que cumplen condena en la cárcel de Lledoners (Barcelona) –Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, y Joaquim Forn, y la Fiscalía estudia ahora los recursos de apelación contra dicha resolución.

La Fiscalía argumenta que el efecto suspensivo del recurso es «evitar, cuanto antes, que presos condenados a penas graves queden excarcelados, por el evidente riesgo de fuga».

Indica que «carecería de toda lógica que dicho efecto suspensivo se pospusiera al recurso de apelación propiamente dicho y no se refiriera al recurso de apelación que inicialmente se interpone contra la resolución administrativa, pues por mucha prisa que el Juez de Vigilancia Penitenciaria se diese por resolver dicha apelación, el excarcelado tendría tiempo de sobra para huir a cualquier lugar del mundo, dejando, pues completamente ineficaz el fin pretendido».

Además, defiende que el efecto suspensivo debe extenderse a la resolución administrativa que otorga el tercer grado a los presos del ‘procés’, «pues si el recurso de apelación suspende la ejecutividad de la resolución judicial que se impugna, con cuánta más razón el recurso de apelación debe ser suspensivo respecto de una simple resolución administrativa».

También señala que la situación penitenciaria de los encarcelados por proceso independentista requiere «una interpretación de la norma que permita el efecto suspensivo en los recursos», ya que recuerda que Forcadell y Bassa ya gozaron del tercer grado cuando, a su juicio, no era el que les correspondía.

«Pese a que finalmente el tribunal sentenciador consideró que la clasificación en tercer grado estaba indebidamente otorgada, las condenadas, en los últimos seis meses, han permanecido cuatro meses y cinco días en régimen de tercer grado, pese a que no era el correcto, y sólo 57 días en el régimen de segundo grado que era el que les correspondía, situación que se puede repetir ‘sine día’ hasta el final de la condena», explica.

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