Pablo Llarena: «El legislador tiene que afrontar una regulación seria de la inversión en criptoactivos»
Así se ha manifestado durante su participación en el I Webinar de Asufin sobre 'El boom de los criptoactivos'. Foto: Confilegal

Pablo Llarena: «El legislador tiene que afrontar una regulación seria de la inversión en criptoactivos»

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24/3/2021 06:49
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Actualizado: 24/3/2021 17:56
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«El legislador tiene que afrontar una regulación seria de la inversión en criptoactivos», afirma el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

Así se ha manifestado durante su participación en el I Webinar de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) sobre ‘El boom de los criptoactivos’.

En el encuentro también han participado Ramón Ferraz, cofundador y CEO de 2gether; Marcos Judel, socio de Audens; Patricia Suárez, presidenta de Asufin;  Víctor López, inversor de la comunidad 2gether; y Alfredo Muñoz, profesor de derecho mercantil.

El magistrado Pablo Llarena, ponente de la única sentencia del Tribunal Supremo en ámbito bitcoin, ha instado a que el legislador afronte una regulación seria de la inversión en criptoactivos.

Asimismo, ha explicado el fundamento en el que se basó aquel fallo. «Nunca el objeto del delito es el señuelo del engaño».

La respuesta del tribunal en aquel caso fue de la de devolver el dinero sustraído en euros y no bitcoins, dado que no se probó que tales inversiones se hubieran realizado.

Por su parte, Ramón Ferraz, cofundador y CEO de 2gether, la ‘startup’ española que ha tenido que gestionar un ciberataque y robo de bitcoins, ha asegurado que «hasta que llegue la regulación, es un ámbito en el que el inversor medio tiene que entrar con cuidado».

En este sentido, ha indicado que no solo es fundamental que el inversor conozca las bitcoins, también tiene que entender la tecnología. «No todo el mundo está preparado, por ejemplo, para hacer depender su inversión de los 24 caracteres de una billetera fría, no conectada a Internet».

«Es un mundo complejo y nuevo en el que la confianza es clave; hay mucho oportunista pero también compañías serias», señaló Ferraz, cuya compañía tuvo que afrontar en 2019 el robo de 1,2 millones de euros en inversión de bitcoins, el 14% de los recursos entonces.

Condiciones para considerar el bitcoin moneda convencional

Hay tres condiciones que tendrían que reunir los bitcoins para considerarse moneda convencional: que sirvan como instrumento de pago, que sean refugio de valor o bien unidad de cuenta, ha explicado el experto y profesor de derecho mercantil, Alfredo Muñoz.

«Y si bien no está claro que sirvan como instrumento de pago o unidad de cuenta, sí se están convirtiendo en reservas como valor refugio. Los inversores que antes iban al oro, ahora se van al bitcoin».

Este experto ha destaco que no estamos ante un NFT (los ‘Non-Fungible Tokens’, como las obras de arte digital efímeras), los bitcoin «son claramente fungibles, considerados por su número, peso, etc.».

Y quien compra bitcoin y es objeto de robo puede apoyarse en el artículo 87 del Código de Comercio para exigir su restitución. Otro problema es, ha añadido Muñoz, con relación a la sentencia elevada a la sala de lo Penal del Supremo, que se recurra a la legislación penal para pedir restitución de daños.

Un tema apuntado por Llarena, «para la jurisdicción penal lo importante es si se puede devolver o no el bien sustraído. Una unidad de cuenta de bitcoin se puede devolver si rastreamos esa unidad concreta. De lo contrario, el mecanismo alternativo ya no es el del retorno de esa unidad sino el de la reparación del daño».

Muñoz ha lanzado una advertencia al legislador español, “la regulación MICA de la Unión Europea permite que cada estado miembro desarrolle su reglamento y entre en competencia con otros; hará bien el español en regular con acierto si no quiere ve que los prestadores de servicios de criptoactivos se van a Luxemburgo».

Otro criterio interesante que marca MICA es que cuando un criptoactivo se pierde, hay que indemnizarlo y devolver el valor de mercado: «MICA protege la estabilidad del mercado», ha destacado Muñoz.

Necesidad de autorregulación

El abogado socio de Audens, Marcos Judel, ha explicado que cada vez con mayor frecuencia reciben consultas sobre cómo montar una plataforma de inversión en criptoactivos, «y me basta una sola pregunta para saber de la seriedad de los proyectos: cuál es la filosofía que hay detrás del negocio, porque nos encontramos con mucho ánimo de pegar el pelotazo».

Ferraz ha considerado que «la autorregulación seguirá siendo muy importante» en este negocio. El regulador, por ejemplo, solo impone la suscripción de un seguro por importe de 150.000 euros.

En el caso de 2gether, el robo de 2019 cuantificado en 1,2 millones de euros, hoy asciende a 6 millones si tenemos en cuenta el valor actual del bitcoin. Ha señalado que gracias a la apertura de una ronda de capital, articulada en forma de ‘crowdfunding’ que les ha llevado seis meses cerrar y con la que han recabado 1,5 millones de euros, han conseguido satisfacer al 98% de la comunidad de inversores. «La compañía no ha dejado de crecer en este último año, en clientes y volumen».

Para Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, el caso de 2gether ejemplifica el cambio de cultura de la gestión de conflictos que pone encima de la mesa compañías Fintech como ésta.

«Búsqueda de soluciones alternativas y creativas que tengan como principal objetivo la satisfacción del cliente y la salvaguarda de la reputación de la compañía, algo impensable en los casos de abuso bancario que vivimos con la banca convencional en los años más duros de la crisis financiera».

Víctor López, inversor de la comunidad 2gether ha destacado la necesidad de operar siempre con sentido común y buscar aquellas compañías de mayor confianza, «preferiblemente en suelo español». En opinión de Ferraz, «vamos a un mundo financiero tokenizado, en el que al euro le complementarán diversos tokens».

El webinar se completó con una encuesta a los más de 300 participantes que reveló que el 67% tiene conocimiento del mundo de los criptoactivos; el 51% lo considera un mercado volátil y el 18%, valores refugio; mientras que el 56% considera que hay una escasa regulación y riesgo de fraude y el 39%, que deben regularse al menos los elementos publicitarios.

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