Las actuaciones vuelven al Juzgado, que decidirá si la licencia de reforma del Bernabéu contempla la organización de conciertos. Foto: EP

El Supremo desestima el recurso del Real Madrid: la Justicia decidirá sobre los conciertos musicales del Bernabéu

10 / 06 / 2026 16:17

Actualizado el 10 / 06 / 2026 16:20

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el Real Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) relacionada con la celebración de espectáculos en el estadio Santiago Bernabéu.

La decisión de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con ponencia de la magistrada Ángeles Huet de Sande, considera que el recurso carece de fundamentación suficiente y de interés casacional que justifiquen un pronunciamiento del alto tribunal.

Una decisión del Supremo con la que se consolida el criterio del TSJM.

Tribunal que dio la razón a la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu. Ello, ordenando reabrir el procedimiento para determinar si el plan urbanístico y las licencias concedidas para la reforma del Bernabéu permiten la organización de conciertos en el estadio.

El enfado de los vecinos del Bernabéu

Todo comenzaba con la solicitud presentada por la asociación de vecinos ante el Ayuntamiento de Madrid, en la que solicitaban que se declarara que el Plan Especial de mejora del medio urbano del estadio Santiago Bernabéu y las distintas licencias otorgadas al Real Madrid durante el proceso de remodelación no amparaban la celebración de conciertos musicales.

Unas celebraciones que, para los vecinos, no sólo estaban fuera de las licencias, sino que suponen un fuerte agravio para el vecindario. Y, especialmente, su descanso.

Un caso que, sin embargo, fue inicialmente archivado.

Así pues, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid consideraba que la petición formulada por los vecinos constituía una mera consulta y, por tanto, declaró inadmisible el recurso contencioso-administrativo planteado contra la falta de respuesta municipal.

Un fallo que rechazaban los vecinos, que criticaban que la calificación de «consulta» constituía una «argucia legal» destinada a evitar que se analizara el fondo de la cuestión.

La decisión regresa al Juzgado nº 31 de Madrid

Caso que llegaba ante el TSJM, que estimaba las pretensiones de los vecinos, entendiendo que la reclamación no planteaba una mera consulta administrativa, sino una denuncia sobre una posible vulneración de la normativa urbanística entorno al Bernabéu y una petición concreta para que el Ayuntamiento actuara.

Por ello, ordenó reabrir el procedimiento y analizar el fondo de la controversia: si las normas urbanísticas y las licencias concedidas al Real Madrid permiten o no la celebración de conciertos en el estadio.

Caso ante el que ahora se ha pronunciado el alto tribunal, después del recurso presentado por el club blanco. Y así, ha dado la razón al TSJM, cerrando de forma definitiva esta vía procesal.

Así, tras la decisión del Supremo, las actuaciones regresarán al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid, que deberá pronunciarse sobre la desestimación presunta de la solicitud presentada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu y resolver la cuestión de fondo planteada por los residentes afectados.

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