Declara que la incapacidad temporal del empleado deriva de accidente de trabajo.

La Justicia declara accidente laboral la angina de pecho que sufrió un trabajador tras ser despedido

Da la razón al trabajador, que fue diagnosticado con un cuadro de ansiedad por problema en el trabajo

20 / 05 / 2021 13:29

Actualizado el 02 / 06 / 2021 13:36

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El titular del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha estimado la demanda presentada por un trabajador que sufrió una angina de pecho tras comunicarle que iba a ser despedido de su puesto de trabajo.

Declara que la incapacidad temporal del empleado deriva de accidente de trabajo.

La sentencia, fechada a 26 de abril, la firma el magistrado Mariano Mecerreyes Jiménez.

El demandante venía trabajando para una empresa textil, Hervás Piel, desde el 23 de septiembre de 1995.

Según los hechos probados, el 28 de febrero de 2020, alrededor de las 19.00 horas, la empresa convocó a sus empleados a una reunión, en el curso de la cual les participó a algunos de ellos, entre ellos el demandante, que serían despedidos «por causas económicas, objetivas y de producción» de acuerdo con el artículo 52. C del Estatuto de los Trabajadores.

Al terminar su jornada, el demandante, acompañado de su esposa, acudió a un centro de salud, aquejado de dolor torácico.

El mismo día, fue derivado al hospital Virgen del Puerto de Plasencia, en el que quedó ingresado desde ese momento hasta el 3 de marzo de 2020 con el diagnóstico de angina de pecho tras cuadro de ansiedad por
problemas en el trabajo.

Quedó en incapacidad temporal (IT) con efectos del día 28 de febrero de 2020, con diagnóstico de “estado de ansiedad no especificado tras cuadro de ansiedad por problema en el trabajo”, con duración prevista como “larga”.

De este accidente laboral debe responder la mutua demandada directamente, Fraternidad Muprespa, y de modo subsidiario el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Extemadura.

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