Firmas

La nueva ley contra el fraude fiscal incide en cuatro aspectos de la operativa de los autónomos

La nueva ley contra el fraude fiscal incide en cuatro aspectos de la operativa de los autónomos
Marta Zaragozá es CEO de Declarando, plataforma de asesoramiento fiscal, y especialista en derecho fiscal.
31/7/2021 06:46
|
Actualizado: 31/7/2021 06:46
|

Hace tan solo unos días que ha entrado en vigor la ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, transposición de la directiva (UE) 2016/1164, del Consejo de 12 de julio.

Se trata de una norma que, si bien modifica diversas reglas tributarias que afectan fundamentalmente a las sociedades mercantiles, su impacto se hace sentir también en el colectivo de los autónomos.

Fundamentalmente, son cuatro los aspectos sobre los que incide la ley con repercusión directa en los trabajadores por cuenta propia.

El primero de ellos afecta al límite de la prohibición de pagos en efectivo entre personas en las que al menos una de ellas sea empresario o profesional. Si antes este límite se fijaba en 2.500 €, ahora pasa a 1.000 €. Por lo tanto, quedan prohibidos los pagos en efectivo por importe igual o superior a 1.000 €.

Lo que parece claro es que, con esta medida, se sigue apostando por terminar con la economía sumergida, pero como no sabemos lo que se mejoró con la prohibición anterior, la fijaba el límite en los 2.500 euros, los má seguro es que ahora tampoco sepamos cuál será el impacto que se derivará de la medida.

Lo que sí podemos vaticinar es que, quizás, este nuevo umbral tampoco sea suficiente para terminar con la economía sumergida.

La segunda medida con trascendencia para los autónomos tiene que ver con la suavización del régimen sancionador en caso de inspección.

Si hay acuerdo o conformidad en la liquidación propuesta por la inspección la sanción se rebajará en un 65% en lugar de un 50% como hasta ahora. Si además se paga la sanción reducida sin dilación, ésta se reducirá en un 40% en lugar del 25% como hasta ahora.

Haciendo un cálculo hipotético significa que, en caso de conformidad y pronto pago, la sanción se reduce ahora en un 79% mientras que hasta ahora se reducía en un 62,5 %. Siendo esto una noticia favorable, nos refuerza en la idea de que solo se deben recurrir aquellas liquidaciones de las que se esté muy seguro de acabar teniendo un resultado positivo.

Asimismo, y vamos con la tercera medida, se han reducido los recargos por presentación de declaraciones y autoliquidaciones fuera de plazo.

Si hasta ahora estos eran del 5 % hasta 3 meses; del 10 % en caso de más de 3 meses y hasta 6; del 15 % entre los 6 y 12 meses, y del 20 % si se superaba el año, a partir de ahora se sanciona con un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso.

Eso significa, por ejemplo, que un retraso de un solo día suponía antes un 5% y ahora solo un 1% de recargo.

La cuarta medida a la que deberán estar atentos los autónomos se refiere a la obligación de proteger todo lo relacionado con mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

En concreto, la norma señala que deben informar sobre las monedas virtuales y declararlas en el modelo 720 quienes proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero de curso legal o entre diferentes monedas virtuales, o intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones.

Esta obligación se extiende además a aquellos que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, o realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales, respecto de las que entreguen a cambio de aportación de otras monedas virtuales o de dinero de curso legal.

En definitiva, como comentario general a la nueva ley contra el fraude fiscal, cabría afirmar que estamos a una herramienta jurídica con la que nuestras autoridades quieren potenciar o premiar a los contribuyentes que regularicen su situación de forma voluntaria y, en este sentido, se encamina el aumento de la reducción de la deuda cuando una inspección termine con un acta con acuerdo.

No está tan claro, sin embargo, que la reducción de los pagos en metálico a un máximo de 1.000 euros vaya a ser efectiva para combatir la economía sumergida.

A este respecto, sería muy útil conocer el efecto que el anterior límite tuvo para las arcas públicas.

Otras Columnas por Marta Zaragozá:
Últimas Firmas
  • Opinión | Juicios telemáticos: ¿evolución o involución?
    Opinión | Juicios telemáticos: ¿evolución o involución?
  • Opinión | La protección constitucional de la buena reputación
    Opinión | La protección constitucional de la buena reputación
  • Opinión | CDL: A vueltas con la ‘Anti-Suit Injunction’: UniCredit contra RusChemAlliance ante la Jurisdicción de Inglaterra y Gales (I)
    Opinión | CDL: A vueltas con la ‘Anti-Suit Injunction’: UniCredit contra RusChemAlliance ante la Jurisdicción de Inglaterra y Gales (I)
  • Opinión | Se acercan las vacaciones y mi ex no me autoriza a viajar al extranjero con el menor: ¿qué puedo hacer?
    Opinión | Se acercan las vacaciones y mi ex no me autoriza a viajar al extranjero con el menor: ¿qué puedo hacer?
  • Opinión | Apuesta por la Abogacía
    Opinión | Apuesta por la Abogacía