El TJUE advierte que un investigado por uso de información privilegiada tiene derecho a guardar silencio
Eso sí, el tribunal matiza que esta anulación no puede influir en un eventual reclutamiento ya efectuado sobre la base de las listas de reserva.

El TJUE anula dos oposiciones por excluir el español de las opciones de segunda lengua

Considera que la limitación de la elección al alemán, inglés, francés e italiano constituye una discriminación

9 / 09 / 2021 06:47

El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la convocatoria de oposiciones generales en el ámbito de la salud y de la seguridad alimentaria, así como de Derecho por no incluir, entre los requisitos, el español como segunda lengua.

Considera que la limitación de la elección de la segunda lengua de los candidatos a cuatro idiomas (alemán, inglés, francés e italiano) excluyendo las demás lenguas oficiales «constituye una discriminación por razón de la lengua, prohibida salvo que pueda justificarse en interés del servicio».

El tribunal con sede en Luxemburgo concluye que los argumentos presentados por la Comisión «no permiten considerar que exigir que los candidatos a las oposiciones en cuestión posean un conocimiento satisfactorio de alguna de las cuatro lenguas propuestas en la convocatoria para elegir la lengua segunda permita seleccionar a candidatos operativos desde su incorporación».

Así se pronuncia la Sala Novena -integrada por los magistrados M. J. Costeira (presidenta), D. Gratsias (ponente) y M. Kancheva- en dos sentencias con fecha de 8 de septiembre (asunto T‑355/18 y T‑554/19) en las que accede a la petición de España.

Eso sí, el tribunal matiza, siguiendo sentencias anteriores, que esta anulación no puede influir en un eventual reclutamiento ya efectuado sobre la base de las listas de reserva constituidas a raíz de los procedimientos de selección en cuestión.

Y ello, porque debe protegerse la confianza legítima de los candidatos aprobados a los que ya se ha ofrecido un puesto por estar incluidos en dichas listas.

Las convocatorias anuladas son las siguientes, por un lado, oposiciones generales EPSO/AD/340/18, para la constitución de una lista de reserva en el ámbito de la salud y de la seguridad alimentaria (auditoría, inspección y evaluación), y EPSO/AD/341/18, para la constitución de una lista de reserva en el ámbito de la seguridad alimentaria (formulación de políticas y legislación).

Por otro lado, la oposición general EPSO/AD/374/19, para constituir una lista de reserva en los ámbitos del Derecho de la competencia, del Derecho financiero, del Derecho de la unión económica y monetaria, de las normas financieras aplicables al presupuesto de la Unión Europea y de la protección de las monedas de euro contra la falsificación.

Hay que tener en cuenta que la decisión no es firme, ya que contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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