Brahim Ghali
La querella fue interpuesta por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos por hechos supuestamente ocurridos entre 1975 y 1990. Foto: EP

La AN revoca el archivo de la querella por genocidio contra el líder del Frente Polisario

Concluye que Pedraz carecía de competencia para tomar la decisión de sobreseer la causa

29 / 09 / 2021 13:28

La Audiencia Nacional (AN) ha revocado el archivo de la querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (Asadeh) contra el secretario general del Frente Polisario, Brahim Ghali, por delitos de genocidio, acordado el pasado mes de julio por el magistrado Santiago Pedraz, titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5.

El tribunal de la Sala de lo Penal ha estimado parcialmente los recursos de apelación los querellantes contra el auto de Pedraz, revocando el sobreseimiento libre, «para que previa acomodación de procedimiento, con libertad de criterio, se dicten las decisiones oportunas respecto a la conclusión del sumario con o sin procesamiento de Brahim Ghali».

El auto, con fecha de hoy, lo firman los magistrados José Antonio Mora Alarcón (presidente), Teresa García Quesada, y María Dolores Hernández Rueda, que es la ponente.

El tribunal explica que la presente causa se inició en virtud de querella por presuntos delitos de genocidio en concurso con delitos asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones.

La AN recuerda que los delitos tipificados en la querella se deben tramitar como sumario y no como se ha tramitado en este caso por el juzgado, como diligencias previas de procedimiento abreviado.

Destaca que en el sumario la decisión de sobreseimiento es “exclusiva” de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, una decisión que puede ser recurrida en casación de acuerdo con el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Por ello, los magistrados concluyen que el juez central de instrucción carecía de competencia para tomar la decisión de sobreseer la causa.

La querella fue presentada en 2008 contra 13 militares marroquíes por delitos de genocidio en concurso con asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones presuntamente cometidas entre 1975 y 1990.

Pedraz acordó el archivo por considerar que los hechos están prescritos, que no se ha acreditado la comisión del delito de genocidio, así como que los testimonios de los testigos contradicen las afirmaciones de la querella.

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