El Ministerio Fiscal fuerza a la juez a renunciar a enjuiciar a Errejón por haber interrogado hace meses al denunciante
La vista oral tendrá lugar finalmente a las 9.30 horas del 25 de enero en los juzgados de Plaza de Castilla. Foto: EP.

El juicio a Errejón por la supuesta patada a un vecino de Lavapiés se celebrará el próximo 25 de enero

Al ser un delito leve no se ve afectado el aforamiento que goza como diputado del Congreso

18 / 11 / 2021 06:46

La magistrada del Juzgado de Instrucción Número 16 de Madrid, Margarita Valcarce, ha fijado para el próximo 25 de enero el juicio contra el líder de Más País, Íñigo Errejón, por la supuesta comisión de un delito leve de maltrato contra un vecino de Lavapiés al que presuntamente le habría propinado una patada.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una nota informativa, la vista oral tendrá lugar finalmente a las 9.30 horas del 25 de enero en los juzgados de Plaza de Castilla, ya que al ser un delito leve no se ve afectado el aforamiento que goza como diputado del Congreso. La jueza, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, señaló en un auto que el Alto Tribunal no es competente para el conocimiento del delito leve.

El anuncio de la fecha llega después de que la Audiencia Provincial de Madrid acordase inadmitir el incidente de recusación de Valcarce dado que la defensa de Errejón no presentó una petición formal de recusación, tal y como se le había requerido y como establece la ley en asuntos de esta naturaleza procesal.

La titular del Juzgado elevó al órgano judicial un escrito para que resolviera si podía o no juzgar a Errejón tras haberle investigado. La juez se dirigió a la Audiencia Provincial después de que –según indicó en el auto en el que le envió a juicio– el diputado presentara una queja ante la posibilidad de que la misma juez que dirigió la investigación en su contra se hiciese cargo del juicio.

El pasado 25 de julio, Valcarce dictó el auto por el que envió a juicio al dirigente tras transformar el procedimiento de un presunto delito de lesiones a uno leve de maltrato en base al informe médico forense realizado en la causa.

«Los hechos hasta ahora investigados pueden revestir el carácter de delito leve de maltrato (…) sin que se haya acreditado la existencia de un delito de lesiones a la vista del informe médico forense», señaló.

La magistrada indicó que en dicho informe se dejó constancia de que no se consideraba acreditada la existencia de lesiones traumáticas agudas derivadas de la agresión física, que fue descrita como «patada con impacto con planta del pie en región baja abdominal». Por eso, al no estimar lesiones, lo transformó en delito leve de maltrato.

El delito al que se enfrenta Errejón está previsto en el artículo 147.3 del Código Penal y se refiere al que golpee o maltrate de obra a otro pero sin causarle lesión. Según la normativa, es castigado con penas de multa de uno o dos meses.

La magistrada acordó enviar a juicio al diputado tres meses y medio después de que el vecino de 67 años presentara denuncia ante la Comisaría Centro de Madrid. El hombre aseguró a las autoridades policiales que Errejón le propinó una patada que ha tenido consecuencias en su salud, en concreto, en la hernia inguinal que dice tener por un cáncer de colon.

En el marco de las pesquisas, la magistrada tomó declaración al denunciante y a uno de los testigos. Fuentes presentes en el interrogatorio aseguraron a Europa Press que ambos ratificaron la declaración que prestaron en sede policial.

La juez también llegó a dirigirse al Congreso para pedir que acreditara la condición de diputado de Errejón y reclamó a la Policía Científica que realizara un análisis «exhaustivo» de las imágenes recogidas por las cámaras de seguridad que grabaron la presunta agresión del dirigente al vecino de Lavapiés.

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