El abogado general del TJUE defiende que los grandes inversores también pueden reclamar a Bankia por su salida a Bolsa
El Pleno de la Sala de lo Civil desestima el recurso de Bankia en la sentencia 890/2021, 21 de diciembre. Foto: EP.

El TS confirma la responsabilidad de Bankia frente a un inversor institucional por la inexactitud del folleto de la salida a bolsa

Tendrá que indemnizar a la Unión Mutua Asistencial de Seguros

22 / 12 / 2021 15:03

Actualizado el 22 / 12 / 2021 15:54

El Tribunal Supremo ha confirmado que Bankia tendrá que indemnizar a un inversor institucional, Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS), por los daños y perjuicios causados por la inexactitud del folleto emitido con ocasión de la salida a bolsa de la entidad (OPS).

De esta forma, el Pleno de la Sala de lo Civil desestima el recurso de Bankia contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que estimó en parte el recurso de la entidad contra la resolución del juzgado de Primera Instancia 44 de Madrid.

En la sentencia 890/2021, 21 de diciembre, con ponencia del magistrado Pedro José Vela Torres, el tribunal señala que la Ley del Mercado de Valores, en la redacción vigente cuando se publicó la OPS, excluía de la obligación general de publicar el folleto los casos en que la oferta fuera dirigida exclusivamente a inversores cualificados.

En cambio, no estaba previsto expresamente qué hacer en un caso como el de Bankia, en el que la oferta se emitió simultáneamente para dos tramos de inversores diferentes: minoristas y cualificados.

Si la OPS se hubiera dirigido solo a inversores cualificados, el folleto no hubiera sido necesario. Sin embargo, la coexistencia de un tramo minorista hizo obligatoria la publicación del folleto, lo que planteó el problema de dilucidar su eficacia frente a unos inversores cualificados que, no siendo sus ‘destinatarios naturales’, han podido verse afectados por las inexactitudes del folleto.

Ello motivó el planteamiento de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en su sentencia de 3 de junio de 2021 despejó las dudas sobre la aplicabilidad de la responsabilidad por folleto también a los inversores cualificados, que pueden invocar la información contenida en dicho folleto.

El TJUE, según recuerda el Pleno, ha declarado que lo relevante, que habrá de ser analizado en cada caso concreto, es si el inversor institucional en cuestión dispuso o pudo disponer de una información distinta de la contenida en el folleto, en función de su particular su nivel de experiencia y de sus relaciones con el emisor de valores.

En el caso de Bankia, no puede obviarse que, por tratarse de una OPS, se trata de la emisión de acciones sin historial de cotización previo, por lo que, en principio, no es fácil que, al margen del folleto, existiera otra fuente de conocimiento que no procediera del ámbito interno de la entidad.

En el caso concreto de UMAS, la sentencia recurrida declaró que no se había probado que tuviera una información sobre la verdadera situación económica de Bankia diferente a la reflejada en el folleto, ni que contase con un acceso distinto a los datos económicos de la entidad emisora o dispusiera de otras fuentes de donde pudiera deducir la existencia de inexactitudes u omisiones de datos relevantes en el folleto.

Ni mucho menos, agerga, que pudiera acceder a información societaria interna de la demandada, más allá de lo reflejado en las cuentas anuales que deben ser objeto de publicación.

En consecuencia, habida cuenta que en casos anteriores la Sala de lo Civil ya ha considerado que el folleto de emisión de la OPS de Bankia adolecía de graves inexactitudes, al no estar probado que UMAS tuviera más información para decidir su inversión que el contenido del mencionado documento, el recurso de Bankia ha sido desestimado.

Por todo ello, desestima el recurso de casación interpuesto por Bankia contra la sentencia de 21 de diciembre de 2016, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y le impone a la entidad las costas del recurso de casación, así como la pérdida del depósito.

Noticias relacionadas:

El Supremo prohíbe penalizar dos veces el salario por una baja médica y da la razón a UGT frente a Cepsa

El Supremo da un ultimátum al Gobierno por la Ley de Nietos: cinco días para entregar la lista de afectados o afrontar multas

Perelló lanza un mensaje a los jóvenes durante las jornadas de puertas abiertas del Supremo: «Faltan muchos jueces»

Una empresa, multada con 20.000 euros por impedir a Hacienda acceder a sus ordenadores

El Constitucional rechaza el amparo del Defensor del Pueblo sobre la Ley de Nietos por diez votos a dos

El Supremo amnistía a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, pero acusa al Constitucional de invadir sus competencias

Lo último en Tribunales

Una asociación de la Guardia Civil denuncia los intentos de "desestabilizar" a la UCO desde ámbitos políticos

Pedraz blinda la continuidad del coronel Balas al frente del «caso Leire Díez» pese a su ascenso en la Guardia Civil

Ceuta CNI Audiencia Nacional

La invasión de Ceuta cuesta a España 45 millones de euros: Tardón urge al Gobierno a desclasificar los documentos del CNI

Las joyas de Zapatero bien

Calama rechaza consultar a Arabia Saudí sobre las joyas de Zapatero porque su versión carece de corroboración objetiva

Los consejeros del Gobierno de Ceuta, Alberto Ramón Gaitán, Nabila Benzina y Alejandro Ramírez, a su llegada a la Audiencia Nacional

Tres consejeros de Ceuta exponen ante la AN la pasividad de Marruecos durante la invasión

Deepfake electoral

Un vídeo falso en campaña puede acabar en los tribunales: los límites legales de la IA política