La Fiscalía pide un año y cuatro meses de cárcel para dos empresarios acusados de presentar documentos falsos como prueba en un juicio por estafa
La Audiencia de Asturias ha acordado la sustitución de la ejecución del resto de la pena por la expulsión del penado del territorio español cuando acceda al tercer grado de tratamiento o se le conceda la libertad condicional, sin que pueda regresar a España en un plazo de seis años.

Condenado a 6 años de cárcel por agredir sexualmente a una mujer que se sentía indispuesta y entró a vomitar al aseo de caballeros

Los hechos ocurrieron en junio de 2020 en un pub de Oviedo

13 / 01 / 2022 11:44

Actualizado el 13 / 01 / 2022 11:44

La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado, tal y como solicitaron la Fiscalía y la acusación particular, a un hombre que agredió sexualmente a una mujer que se sentía indispuesta y había entrado a vomitar en el aseo de caballeros de un pub de Oviedo en la madrugada del 19 de junio de 2020.

La Sección Segunda de la Audiencia le ha impuesto por un delito de agresión sexual seis años de prisión y la prohibición de aproximación a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma y de comunicarse con ella por cualquier medio, durante siete años.

También, cinco años de libertad vigilada, con el cumplimiento de las siguientes medidas: prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, y la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.

El tribunal le ha impuesto el pago de las costas judiciales causadas, con inclusión de las devengadas por la acusación particular, y ha acordado, asismismo, la sustitución de la ejecución del resto de la pena por la expulsión del penado del territorio español cuando acceda al tercer grado de tratamiento o se le conceda la libertad condicional, sin que pueda regresar a España en un plazo de seis años.

La Audiencia considera probado que el 19 de junio de 2020, sobre las 6.30, el procesado (Ecuador, 1994) se dirigió a los aseos de caballeros de un pub de Oviedo, lugar donde se encontraba la víctima, que había entrado al mismo para vomitar, ya que el servicio de mujeres estaba ocupado.

Según recoge la sentencia, al verla, le preguntó cómo estaba, respondiendo ella que se encontraba mal. Entonces, el condenado le dijo: “Ven conmigo porque lo vamos a pasar bien”.

El tribunal señala que ante la negativa de la mujer, que le decía que solo quería vomitar, que le dolía la barriga, éste reaccionó agarrándola con fuerza por la cadera, al tiempo que comenzó a desabrocharle el pantalón, metiéndole la mano por debajo de la ropa interior, haciendo caso omiso a los requerimientos de ella, que le suplicaba llorando que parase.

De acuerdo a la resolución, el condenado consiguió introducirle dos dedos en la vagina y después empujarla con fuerza, haciendo que la mujer cayese sentada al suelo, donde permaneció sentada hasta que fue encontrada, después del cierre del local, cuando sus responsables iban a recoger.

La Policía la condujo al Hospital Universitario Central de Asturias.

Por resolución de la Delegación de Gobierno de 26 de julio de 2021 fue decretada la expulsión del procesado por tiempo de tres años.

Por auto de 29 de julio de 2020 se le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante la tramitación de la presente causa.

Esta sentencia no es firme y contra ella acabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

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