El Consejo General de la Abogacía convoca elecciones para cubrir diez plazas de consejeros electivos
El plazo para presentar las candidaturas expira el 9 de febrero próximo a las 13 horas.

El Consejo General de la Abogacía convoca elecciones para cubrir diez plazas de consejeros electivos

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21/1/2022 06:47
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Actualizado: 21/1/2022 01:25
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El Pleno del Consejo General de la Abogacía Española acordó ayer convocar elecciones para cubrir diez plazas de consejeros electivos entre abogados de reconocido prestigio, tal como establece el artículo 100 del Estatuto General de la Abogacía.

Las elecciones tendrán lugar durante la reunión del Pleno del Consejo que se celebrará el 24 de febrero de 2022, en el Salón de Plenos de la sede del Consejo General de la Abogacía Española, en el Paseo de Recoletos 13, de Madrid.

Tienen derecho a voto la presidenta del CGAE, los decanos de los 83 colegios de abogados, los presidentes de los Consejos Autonómicos de la Abogacía que no sean, al mismo tiempo decanos, el presidente de la Mutualidad General de la Abogacía, y, en este caso, 2 de los 12 consejeros electivos ya que se van a cubrir 10 de esas vacantes.

La votación para la elección de estos 10 consejeros tiene que ser secreta. Serán elegidos quienes más votos obtengan. En caso de empate, el elegido será el que tenga más antigüedad colegial como ejerciente.

Al término de la votación, se procederá al recuento de votos proclamándose el resultado.

El plazo de presentación y recepción de candidaturas y documentación exigida expira el 9 de febrero próximo a las 13 horas. Se presentarán en las dependencias administrativas de la Secretaria del CGAE. Todas las que se presenten fuera de ese plazo no serán admitidas.

Junto con la comunicación de la candidatura, deberá aportarse una certificación expedida por el respectivo Colegio de la Abogacía del candidato que acredite su condición de abogado en ejercicio con una antigüedad mínima de 15 años y el Colegio de residencia.

Asimismo, se hará constar que no está incurso en las causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad previstas en el Estatuto General de la Abogacía.

El Consejo General de la Abogacía cuenta con doce consejeros y consejeras electivos, que han de ser abogados de reconocido prestigio, elegidos libremente por el propio Pleno del Consejo, y cuyo mandato tiene una duración de cuatro años.

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