El CGAE reprocha al legislador que la Ley Concursal no contemple asistencia letrada preceptiva en todos los casos
La presidenta del CGAE, Victoria Ortega, en una instantanea de su intervención ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. Foto: Congreso.

El CGAE reprocha al legislador que la Ley Concursal no contemple asistencia letrada preceptiva en todos los casos

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02/3/2022 06:48
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Actualizado: 02/3/2022 01:38
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La presidenta del Consejo General de la Abogacía, Victoria Ortega, defendió ayer ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados la asistencia letrada preceptiva en todos los concursos de acreedores, algo que, apuntó, no está contemplado en el proyecto de reforma de la Ley Concursal.

«No se puede prescindir de ello en un proceso que es imprescindible y que es importantísimo que consiga el fin que pretende», afirmó Ortega en su comparecencia durante la tramitación parlamentaria de la nueva norma, que excluye al abogado en los procedimientos para microempresas.

El Consejo General de la Abogacía, recordó, que remitió en septiembre de 2021 al Ministerio de Justicia sus alegaciones al Anteproyecto de Reforma de la Ley Concursal, expresando su rechazo a la exclusión de la intervención del abogado en el procedimiento para microempresas.

«El texto de la ley es muy afortunado en gran parte de su articulado, pero hay una serie de aspectos que creemos ponen en peligro la finalidad del texto y que puede conducir a lo contrario de lo que pretende y pretendemos todos», subrayó.

Asi, incidió en que la preceptividad de la intervención letrada no redunda en un exceso de judicialización, sino que es necesaria para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva dada la complejidad del proceso concursal: «¿De verdad podemos pensar que con esta complejidad puede el ciudadano, sin medios y sin conocimientos, asistirse solo?«.

A su juicio, el que una parte no cuente con asistencia letrada atenta contra la igualdad de partes y, lejos de agilizar los procedimientos va a «ralentizarlos».

«No podemos olvidar que el titular del derecho de defensa no es la abogacía, sino la ciudadanía. Este ámbito de actuación de la defensa va en beneficio o en perjuicio de la ciudadanía, no de la abogacía», ha aseverado.

Sobre las restricciones para acceder a la segunda oportunidad, Ortega declaró que «van en contra del espíritu de la Directiva Europea, porque se presume la culpa ya de entrada».

En relación al tratamiento del crédito público, Ortega sostuvo que «una sobreprotección del crédito público puede llevar a lo contrario de lo que se pretende, porque en un momento determinado la exoneración de deudas es la única forma de reflotar la empresa».

Este procedimiento, que incluiría a un colectivo tan vulnerable como los autónomos, podría generar indefensión al deudor, así como un perjuicio para personas con menos recursos, ya que, sin ser preceptiva la presencia de un abogado, no tendrían derecho a la Justicia Gratuita.

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