Firmas
Llega la nueva normalidad concursal
01/6/2022 06:47
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Actualizado: 01/6/2022 12:24
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Se acerca el fin de la moratoria concursal. El próximo 30 de junio finaliza el plazo durante el que el gobierno liberaba a las empresas de declararse en concurso de acreedores en caso de no poder hacer frente a sus obligaciones.
La pandemia, con sus propias normas, suspendía ésta, que regresa con la amenaza de crear un pequeño colapso en los juzgados en los próximos meses.
La nueva normalidad ha traído algo (a veces mucho) de retraso, atasco, de embotellamiento, en algunos ámbitos de la vida pública y parece que en la cuestión concursal no va a ser menos.
Se espera la situación de insolvencia en muchas empresas, que no van poder atender a sus proveedores, y, por lo tanto, un número muy elevado de declaraciones de concurso de acreedores.
MEDIDAS PARA EVITAR EL COLAPSO
Para evitar el colapso, serían necesarias ciertas medidas correctoras o mayor flexibilidad en la legislación, lo que no parece el camino tomado por el proyecto de ley que se aproxima.
Además, es importante y a veces vital, presentar el concurso a tiempo, asunto en el que no terminamos de adecuarnos a la cultura europea.
El origen de este retraso es diverso; un primer motivo sería sin duda, el coste económico que conlleva el propio proceso, (que, ahora con la reforma se pretende abaratar).
Otras veces es verdad que en empresas familiares responden personalmente los socios o administradores con su propio patrimonio, y en muchas ocasiones, por último no se acude por miedo o temor a lo que significa.
IMPEDIR QUE EL CONCURSO DE ACREEDORES LLEVE AL CIERRE
Lo que la nueva ley concursal pretende es justo esto, tratar de evitar que el concurso de acreedores lleve al cierre.
Se olvidan a menudo las fases preconcursales que casi no se utilizan, como son la apertura de negociaciones con los acreedores y que, de forma preventiva, pueden evitar la liquidación
Mediante el llamado Plan de Reestructuración el nuevo texto trata de aportar, en la misma línea, mecanismos y soluciones para que la empresa no tenga que disolverse.
No está clara aún una de estas herramientas, la del experto en reestructuración a la que parecen exigirse conocimientos especializados, pero de manera indefinida, muy lejos de los financieros que en otros países como el Reino Unido, donde tienen una licencia especial para ejercer esta función.
El siguiente tema que dará que hablar, y del que a fecha de hoy se precisa más información, es el procedimiento sumario de insolvencia para autónomos y microempresas, que no va a necesitar abogado ni procurador y que se va a realizar telemáticamente.
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