El CGAE celebra que el Congreso haya incorporado la preceptividad de la abogacía en todos los procesos concursales
Sin embargo, la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Victoria Ortega Benito, advierte que en materia de segunda oportunidad se dan varios pasos atrás.

El CGAE celebra que el Congreso haya incorporado la preceptividad de la abogacía en todos los procesos concursales

Recupera la intervención de abogados y procuradores en todos los procedimientos, incluido el de micropymes, como reclamó el Consejo General de la Abogacía Española en sus alegaciones al texto
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01/7/2022 09:33
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Actualizado: 01/7/2022 10:14
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) celebra que el Congreso de los Diputados haya introducido «mejoras sustanciales» en la reforma de la nueva Ley Concursal, entre las que destaca la preceptividad de la abogacía y la procura en todos los procedimientos, como había solicitado durante el periodo de alegaciones previo y en el trámite parlamentario, y que es uno de los numerosos cambios incorporados en el texto aprobado ayer por el Pleno y que ahora será remitido al Senado.

La presidenta del CGAE, Victoria Ortega Benito, defendió el pasado 1 de marzo ante la Comisión de Justicia del Congreso la asistencia letrada preceptiva en todos los concursos de acreedores, que no estaba contemplada en el proyecto de reforma. “No se puede prescindir de ello en un proceso que es imprescindible y que es importantísimo que consiga el fin que pretende”, afirmó Ortega en su comparecencia.

Asimismo, en septiembre de 2021 remitió al Ministerio de Justicia sus alegaciones al Anteproyecto expresando su rechazo a la exclusión de la intervención del abogado en el procedimiento para microempresas, y advirtiendo que este procedimiento, que incluiría a un colectivo tan vulnerable como los autónomos, «podría generar indefensión al deudor, así como un perjuicio para personas con menos recursos, ya que, sin ser preceptiva la presencia de un abogado, no tendrían derecho a la Justicia Gratuita».

La Abogacía se congratula de «los avances introducidos» y que se hayan incorporado los principales aspectos de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia que la reforma tiene el mandato legal de trasladar a la legislación española.

«De esta forma, se ha avanzado en la aplicación del procedimiento simplificado al reducirse su umbral, pero la rebaja de los límites no ha sido suficiente para limitar mucho más su alcance», indica.

Según el texto aprobado, deberán acogerse a este procedimiento las empresas que contasen con una facturación de menos de 700.000 euros anuales, un pasivo de 350.000 euros o que tengan menos de 10 empleados.

Aunque se ha establecido un periodo transitorio para este tipo de procedimientos simplificados hasta que la plataforma tecnológica donde deberán gestionarse esté funcionando, el CGAE entiende que el Proyecto de Ley aprobado hoy «no clarifica suficientemente qué es lo que sucederá con todos los casos que se están tramitando o que se presentarán antes de que esté disponible la aludida herramienta informática».

Para la Abogacía, «también puede situarse en el saldo positivo de la reforma la elevación del límite de pasivo público del que podrá exonerarse al deudor», pues se sitúa en 10.000 euros frente los 1.000 euros que figuraban en el texto que llegó al Congreso. No obstante, manifiesta que «podría haberse elevado todavía sustancialmente».

CRITICA QUE EN MATERIA DE SEGUNDA OPORTUNIDAD SE DAN VARIOS PASOS ATRÁS

El CGAE también manifiesta que en materia de segunda oportunidad el proyecto de ley también incorpora cambios relevantes, pero no para bien, sino que, según advierte, «suponen un retroceso en materia de derechos para las personas insolventes respecto el modelo vigente a partir de 2015». Recuerda que solo en 2021 fueron 14.000 los casos, según datos del Consejo General del Poder Judicial.

El CGAE recuerda que a pesar de que la Directiva no obligada a ello, se ha aprovechado la transposición para cambiar el modelo de segunda oportunidad en tres elementos muy relevantes.

«En primer lugar, la nueva regulación incorpora restricciones inexistentes hasta ahora en el acceso de los ciudadanos a la exoneración, con lo que menos personas se van a ver beneficiadas por este mecanismo», explica.

Añade que también se limita la exoneración del crédito público, lo que, según advierte, «va a impedir una real segunda oportunidad para autónomos y pequeños empresarios que han fracasado en sus proyectos empresariales».  «A estas personas, la nueva Ley solo les dará como opción seguir en la economía sumergida, sin poder empezar de nuevo, crear empleo y riqueza y pagar impuestos», lamenta.

En tercer lugar, indica que la nueva ley prevé un régimen transitorio que obligará a tramitar con la nueva ley los casos que entraron en los Juzgados con anterioridad a su aprobación, norma que contaba con un régimen más favorable a la exoneración.

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