El TS decidirá si es legal hacer fijos a los interinos en plazas de Secretaría e Intervención de los ayuntamientos y entidades locales
Cosital se opone a la inclusión en la oferta para la estabilización de empleo temporal de estas plazas para el acceso a la Escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

El TS decidirá si es legal hacer fijos a los interinos en plazas de Secretaría e Intervención de los ayuntamientos y entidades locales

Admite a trámite el recurso del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital) contra el Real Decreto que aprueba 807 plazas a estabilizar de la Escala
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30/7/2022 06:50
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Actualizado: 29/7/2022 22:48
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital) contra el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado (AGE).

En concreto impugna la inclusión de 807 plazas a estabilizar de la escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

Los secretarios, interventores y tesoreros de la administración local son un colectivo formado actualmente por más de 6.000 profesionales que trabajan en los Ayuntamientos y demás entidades locales de España realizando informes, asesorando jurídicamente a los alcaldes, dando fe pública de los actos y acuerdos, emitiendo certificaciones de los mismos, realizando labores de control y fiscalización de la gestión económico-financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación. Resultan, asimismo, pieza fundamental en los procesos electorales y colaboran para el cumplimiento de la legalidad en la administración local. 

Cosital, organización colegial que representa a la inmensa mayoría de este colectivo profesional, se opone a la inclusión en la oferta para la estabilización de empleo temporal de estas 807 plazas para el acceso a la Escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional -secretarios, interventores-tesoreros y secretarios-interventores.

Considera que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, «no la ampara». Por ello, ha emprendido, entre otras acciones, la vía judicial «para hacer frente a todas las actuaciones que se lleven a cabo por parte de la administración en los términos planteados en la susodicha ley». 

El presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, José Luis Pérez López (en el centro), flanqueado por Rosa de la Peña Gutiérrez, vicepresidenta primera del Consejo (a la derecha), y Vanesa Felip Torrent, secretaria de Cosital.

Según explica, las actuaciones realizadas por Cosital ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa se centran en dos objetivos. «En primer lugar, combatir la indebida aplicación de la Ley de Temporalidad al colectivo, y en segundo lugar combatir peticiones de fijeza o exclusiones de puestos reservados del concurso unitario de 2021 planteadas por demandantes individuales que llevan a cabo o han llevado a cabo las funciones reservadas a la Escala mediante nombramiento interino», detalla.

Para abordar el primer objetivo, Cosital ha interpuesto este recurso frente al Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, con petición de suspensión cautelar.

Según informa, esta actuación se ha extendido en Euskadi, también con petición de suspensión cautelar, frente al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Cosital recuerda que en el País Vasco, la competencia para la selección de los habilitados nacionales, y por ende de estos procesos, está pendiente del resultado de dos recursos de inconstitucionalidad que han sido admitidos a trámite.

TAMBIÉN HA IMPUGNADO LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICA ORDINARIA

En paralelo, también ha impugnado la oferta de empleo ordinaria aprobada mediante Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, «por no incluir todas las plazas vacantes reservadas a la Escala, entre ellas las 807 incluidas en la oferta de estabilización». Cosital subraya que estas plazas están reservadas por ley para los funcionarios que accedan mediante el proceso selectivo ordinario, previsto en su normativa reguladora.

Según informa, estas actuaciones se han completado, hasta el momento, con «dos recursos contra acuerdos de las Entidades Locales por las que, con el pretendido amparo de la Ley de Temporalidad, se quiere estabilizar plazas reservadas a la Escala en las mismas mediante procesos a convocar por la propia Entidad Local». «En todos los casos similares que puedan suscitarse, se procederá de igual modo», advierte.

Cosital se ha personado como codemandado en los recursos interpuestos por demandantes individuales, por la Asociación Sindical de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos de Castilla-La Mancha (ASSITI CLM) y por la Asociación Sindical de Secretarios-Interventores de Aragón (ASSIA) frente a Resolución de 27 de octubre de 2021 de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se ofertan vacantes a los candidatos que han superado el proceso selectivo para el ingreso en la Subescala de Secretaría-Intervención; y frente a la Orden HFP/1289/2021, de 17 de noviembre, por la que se nombra personal funcionario de carrera de citada Subescala y se asigna primer destino, en lo que se refiere a peticiones de fijeza.

Asimismo, se ha personado como codemandado en un total de 24 impugnaciones efectuadas por demandantes individuales en las que se pedía la nulidad de la inclusión de un puesto concreto de la convocatoria del concurso unitario de 2021, donde ejercen interinamente las funciones reservadas, solicitando, además, participar en las pruebas selectivas que se convoquen, y en caso de no superarlas la oportuna indemnización. Actualmente, los demandantes están desistiendo de las impugnaciones.

«El Consejo General continuará luchando ante la Justicia y los entes locales para la consecución de los objetivos descritos. Estas actuaciones judiciales se mantendrán y si es necesario se ampliarán, en cumplimiento de los acuerdos colegiales y particularmente del adoptado por la XIII Asamblea del colectivo, que tuvo lugar el pasado junio en Murcia, en la que se aprobó una Declaración bajo el lema ‘La habilitación nacional, cimiento del Estado de Derecho en la Administración Local’«, ha declarado a Confilegal, José Luis Rivera, responsable de la Secretaría General de Cosital.

El abogado José Luis Rivera, responsable de la Secretaría General de Cosital, es especialista en derecho administrativo.

Indica que entre las conclusiones de dicha Declaración se manifiesta la «oposición a los procesos de estabilización, pues cualquier proceso de acceso a la escala de Habilitación Nacional deberá respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, lo que implicaría la necesaria superación de una oposición y del correspondiente curso selectivo conforme a su normativa aplicable».

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