La Audiencia de Granada suspende la pena de prisión a Juana Rivas
Rivas acusa al magistrado Manuel Piñar, quien la condenó en primera instancia, de un delito continuado de prevaricación judicial y atentado contra la integridad moral (maltrato institucional). Foto: Álex Cámara/EP

La Fiscalía pide multar con 5.000 euros a Rivas por abuso de derecho tras su querella contra el juez Piñar

El Ministerio Público no ve fundamento en las acusaciones de la mujer, condenada a dos años y medio de cárcel por sustraer a sus hijos, y pide que no se admita a trámite la querella

8 / 09 / 2022 13:05

Actualizado el 08 / 09 / 2022 13:10

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que no admita a trámite la querella que presentó Juana Rivas por un delito continuado de prevaricación judicial y atentado contra la integridad moral (maltrato institucional)» contra el magistrado Manuel Piñar, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, que la condenó en primera instancia a cinco años de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017.

Además de que se rechace la querella, el Ministerio Público solicita igualmente que se imponga a Juana Rivas una multa de 5.000 euros por abuso de derecho.

Rivas presentó la querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el pasado mes de julio, por las supuestas «ilegales decisiones» que adoptó «durante la tramitación de la ejecutoria», según informaron en su momento los abogados de Juana Rivas en un comunicado.

La Fiscalía rechaza que exista delito alguno en la forma de proceder del magistrado.

La querella fue interpuesta ante el TSJ por tener Piñar la condición de aforado al ser un magistrado en activo.

EL SUPREMO REBAJÓ LA CONDENA A DOS AÑOS Y MEDIO

Rivas fue condenada por esta magistrado, que la juzgó en primera instancia, a cinco años de cárcel y a seis sin sus hijos como autora de dos delitos de sustracción de menores, dos años y medio por cada uno de los delitos. Una sentencia que la condenada recurrió ante la Audiencia de Granada, que en marzo de 2019 ratificó la pena, si bien discrepó en la cuantía de la indemnización a su exmarido. Piñar la había fijado en 30.000 euros y la Audiencia la redujo a 12.000 euros.

Entonces, Rivas recurrió la sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Supremo, que en abril de 2021 la confirmó, pero rebajó la condena a dos y medio al considerar que aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos. Finalmente, fue indultada por el Gobierno en noviembre de 2021 y desde el 22 de diciembre cumple el resto de la condena en su casa con control telemático.

Rivas acusa al magistrado Manuel Piñar de tramitar el expediente de indulto «careciendo absolutamente de competencia para ello» y «con la única intención de informar negativamente» con «absoluta parcialidad, alterando intencionadamente la realidad y ocultando la propia existencia de ese expediente a la defensa».

«Sabiendo perfectamente que la sentencia condenatoria firme que se despachaba en la ejecutoria de Juana Rivas fue dictada por el Tribunal Supremo, ha usurpado las atribuciones de nuestro más alto tribunal, dando lugar a la existencia de dos expedientes de indulto paralelos: uno debidamente informado por el Tribunal Supremo, y otro al que jamás debió darse curso, y que fue informado con manifiesta parcialidad por el querellado», afirmaban desde el equipo jurídico de Rivas.

Y añaden que «al mismo tiempo, en el procedimiento penal, dictó varias resoluciones a sabiendas de su injusticia, con clara falta de imparcialidad y objetividad». En este sentido, citan un auto del 27 de mayo de 2021 en el que «se abre la ejecutoria y sin trámite alguno se acuerda la busca, captura e ingreso en prisión» de Juana Rivas, y que a su vez, mediante otro auto del 9 de mayo de 2021 «se acuerda no haber lugar a la suspensión de pena».

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