El TEDH condena a España porque los tribunales internos no investigaron suficientemente el fallecimiento de una niña
La mujer ha estado asistida ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el abogado Javier García Espinar, actualmente profesor universitario, quien analiza el caso en Confilegal.

El TEDH condena a España porque los tribunales internos no investigaron suficientemente el fallecimiento de una niña

El Estado tendrá que indemnizar con 32.000 euros a la madre de la menor
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13/10/2022 15:15
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Actualizado: 14/10/2022 16:36
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado al Estado español a indemnizar con 32.000 euros a una mujer de Orihuela (Alicante), cuya hija falleció en 2013, con seis años, por el fallo de un respirador artificial, vital para mantenerla con vida tras sufrir un accidente de tráfico tres años antes.

Es el caso Garrido Herrero v. España (demanda número 61.019/2019).

El tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) dictó la sentencia el pasado martes, 11 de octubre. La firman los magistrados de la Sección Tercera Georges Ravarani (presidente), Georgios A. Serghides, María Elósegui, Anja Seibert-Fohr, Peeter Roosma y Frédéric Krenc, Mikhail Lobov.

Tras el accidente de tráfico, en marzo de 2010, sufrió una paraplejia y desde entonces necesitó de asistencia de respiración mecánica, primero en el hospital, donde estuvo ingresada hasta marzo de 2011, y luego en su casa. En marzo de 2012 ocurrió el fallo del respirador mecánico, en el domicilio, y la menor quedó en coma, estado en el que permaneció hasta su fallecimiento, en febrero de 2013.

Según explica el tribunal, la investigación duró cinco años y fue suspendida debido a que se agotó el límite de tiempo para determinar la causa de la muerte y si alguien era responsable.

Tanto el Juzgado de Instrucción como finalmente la Audiencia Provincial de Murcia cerraron el caso al considerar que no existían pruebas contra los técnicos instaladores del ventilador ni contra ninguna otra persona en particular. Un año después, en enero de 2019, el Tribunal Constitucional inadmitió el recurso de amparo de la madre.

Entonces, la mujer acudió al TEDH para denunciar que los tribunales españoles no habían investigado lo suficiente las causas de la muerte de su hija, que sufrió heridas irreversibles por el error del ventilador, y reclamaba una indemnización de 100.000 euros. El caso lo ha llevado el abogado Javier García Espinar.

«Lo que resulta especialmente relevante de esta sentencia», según explica a Confilegal el letrado, es que «ante el TEDH ha triunfado la tesis de que existe una vulneración del derecho recogido en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que es el derecho a la vida».

«Acaban reconociendo que existe una vulneración del derecho a la vida como consecuencia de la insuficiente investigación de los hechos que condujeron a la muerte de la menor y de sus posibles responsables», destaca este abogado, que actualmente trabaja como profesor universitario en materia de Derecho Internacional.

Además, señala que los derechos que finalmente se acaban considerando vulnerados no son tanto los derechos de naturaleza procesal, que se recogen en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, sino los recogidos en el artículo 2 (derecho a la vida)».

«Así, se incluye en el contenido del derecho a la vida el derecho a que se investiguen debidamente los hechos que puedan conducir al fallecimiento de una persona en condiciones sospechosas», subraya.

García Espinar está especializado en la defensa de los derechos humanos y lleva 20 años trabajando en la eliminación de tratos discriminatorios de diferente índole en el acceso al empleo como, por ejemplo, la discriminación por edad, por requisitos físicos o por enfermedad, y también en otros ámbitos de los derechos humanos como el derecho a la vida, a la integridad moral y a la asistencia sanitaria adecuada.

Asimismo, en otros ámbitos de los derechos humanos como aquellos relacionados con los efectos «gravemente discriminatorios» asociados a la desigualdad socioeconómica, en terrenos como el acceso a la sanidad, la educación, la justicia y el empleo, así como los relacionados con abusos de poder, a nivel nacional e internacional.

El abogado Javier García Espinar, colegiado del ICAM con 20 años de trayectoria profesional.

INVESTIGACIÓN LARGA E INEFICAZ

El TEDH considera que la investigación penal fue «excesivamente larga» y que, en lugar de hacer una valoración global, los tribunales españoles abordaron los hechos de manera «más bien pasiva, admitiendo simplemente algunas de las pruebas solicitadas por la demandante para averiguar quién había instalado el ventilador, sin esforzarse por establecer la causa de la muerte».

En este sentido, destaca que el juzgado de instrucción archivó las actuaciones tres veces, y que durante los cinco años de investigación hubo una «demora importante» al analizar las pruebas.

«El sistema interno en su conjunto, cuando se enfrentó a un caso discutible de negligencia médica que resultó en la muerte de la hija de la demandante, no brindó una respuesta adecuada, efectiva y oportuna de conformidad con la obligación del Estado», dictamina el TEDH.

El abogado celebra que al final, la afectada «haya podido obtener un mínimo de Justicia a través del TEDH». Y que se establezca «un principio de utilidad para otras personas, de cara a futuro, en casos semejantes», aunque lamenta la «escasa cuantía de las indemnizaciones que otorga el tribunal para este tipo de casos».

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