El turno de oficio exige al Gobierno 12 medidas para acabar con la precaria situación del colectivo
El próximo miércoles, 16 de noviembre, iniciarán una ronda de reuniones con los diferentes grupos parlamentarios para exponerles la situación que atraviesa este colectivo y presentarles sus reivindicaciones. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

El turno de oficio exige al Gobierno 12 medidas para acabar con la precaria situación del colectivo

Por primera vez se unen nueve asociaciones y el sindicato de abogados para reivindicar a una sola voz estas mejoras en el Turno de Oficio
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14/11/2022 13:21
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Actualizado: 14/11/2022 17:54
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Las asociaciones AJAI, Ajato (Jaén), Altodo, Asato (Toledo), la Confederación española de abogados del Turno de Oficio, Defenda, F.A.I.G (Granada), Iusta Causa (Córdoba), Otrosí (Albacete), la Red de abogadas y abogados, ZaTURNO (Zaragoza) y el sindicato de abogados Venia reclaman al Gobierno 12 medidas que consideran indispensables para acabar con la «precaria» situación del Turno de Oficio, «un pilar fundamental de la Justicia y del Estado de Derecho, que presta un servicio público esencial a la ciudadanía».

Es la primera vez que estas agrupaciones unen sus fuerzas para intentar conseguir sus reivindicaciones.

El próximo miércoles, 16 de noviembre, insistirán en estas 12 medidas en sendas reuniones con el PSOE y el PP en el Congreso de los Diputados, a las que seguirán encuentros con el resto de los grupos parlamentarios.

Las reivindicaciones se centran, entre otras cosas, en la remuneración del servicio de asistencia jurídica gratuita, que, según denuncian, es «insuficiente», como también lo es, a su juicio, la subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para garantizar el acceso a la asistencia jurídica gratuita.

Ante el aumento de los delitos de amenazas, coacciones y agresiones sufridos por el colectivo vuelven a reivindicar que los abogados del turno de oficio deben tener la consideración de autoridad en el ejercicio de sus funciones, y también llaman la atención sobre la necesidad de que se modifique la Ley de Asistencia Gratuita para que contemple el pago de los servicios de los abogados del turno de oficio que sean designados, por orden judicial, para representar a las personas jurídicas, las empresas.

En España ejercen 43.696 abogados del turno de oficio y en 2021 atendieron casi dos millones de asuntos e intervenciones en turno de oficio y justicia gratuita. Unos datos detrás de los que hay personas en situación de vulnerabilidad, personas con problemas a las que se facilita el acceso a la Justicia y a la tutela judicial efectiva.

1. Remuneración «digna y suficiente» del servicio de asistencia jurídica gratuita

«Solicitamos que se adopten las medidas necesarias y se acuerden cuantas modificaciones normativas procedan en aras a combatir la infrafinanciación del Turno de Oficio, una realidad que no puede obviarse». Así lo reclaman estas asociaciones y el sindicato citados en relación a que España es el país europeo con más asuntos de Justicia Gratuita por cada 100.000 habitantes -3.379 frente a 734 de media-, pero es uno de los que menos pagan cada caso: 178 euros, mientras que la media europea es de 462, según se desprende del Informe de Evaluación sobre los Sistemas Judiciales Europeos 2022, realizado por la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia del Consejo de Europa (CEPEJ). 

La diferencia es también notable con otros países de nuestro entorno: Portugal paga 969 euros por caso, Italia 1.141 y Francia 524. 

Respecto a su reivindicación de una «remuneración digna», lo primero que piden es que no haya una remuneración diferente en función de la comunidad en la que ejerzan. Así, denuncian la diferencia de baremos que hay entre el territorio Ministerio y las comunidades con competencias transferidas.

Ponen como ejemplo Andalucía, donde «dicha infrafinanciación propicia que los profesionales de esta Comunidad Autónoma sean los peores pagados del país», y exigen medidas para igualarse con sus compañeros del resto de España, «presupuestando específicamente la Justicia gratuita, teniendo en cuenta todos los turnos específicos y especialidades y garantizando unos calendarios de pagos».

Actualmente, la comunidad que más paga es el País Vasco, que abona, por ejemplo, por un procedimiento matrimonial, ya sea contencioso o por mutuo acuerdo, 574 euros, mientras que en Andalucía son 331 euros por un contencioso y 159 por un mutuo acuerdo.

El resto de actuaciones y procedimientos penales, contencioso-administrativo, el procedimiento del jurado, el civil y los recursos también se pagan más en el País Vasco, y lo que exigen es que se haga una media entre las remuneraciones de esta comunidad y del resto de Europa y se abone esa cantidad en toda España, «para asemejarnos cada vez más en la proliferación de derechos que tienen otros ciudadanos europeos».

En este sentido, recuerdan que Francia remunera a sus abogados del turno de oficio con una unidad de valor -un coste por media hora de trabajo- que está en 36 euros y les asigna un coeficiente básico para cada procedimiento de unas horas determinadas de trabajo, por lo que lo tienen baremado al detalle.

Por la asistencia letrada del turno de oficio en un divorcio por mutuo acuerdo el país galo paga 30 unidades de valor que equivalen a 1.080 euros. Lo que reivindican estas asociaciones y sindicato es que se haga un estudio comparativo como hacen Francia o Portugal y se estipule una cantidad por servicio, «más ajustada a la realidad del trabajo efectuado» que la que a día de hoy reciben.

2. Modificación del artículo 30 de la ley de asistencia jurídica gratuita

Otra de sus reivindicaciones es la modificación del artículo 30 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita para que todas las gestiones de la Abogacía del Turno de Oficio en los procedimientos judiciales encomendados se abonen al colectivo «aún cuando no exista un reconocimiento expreso del derecho a la asistencia jurídica gratuita del justiciable, o éste se le deniegue con posterioridad por resolución administrativa expresa o exista silencio administrativo». 

Reclaman que se les paguen por todas las actuaciones realizadas. Según aseguran, actualmente «muchas de ellas no se abonan», como por ejemplo las ejecuciones de los procedimientos en los que la Abogacía de oficio tiene que intervenir cuando no se cumplen las sentencias.

Tampoco se les pagan, según exponen a este diario, «los recursos de apelación de una denegación de prueba en un procedimiento penal, ni los recursos de apelación sobre la situación personal del investigado, ni los recursos de queja, ni la asistencia a las declaraciones, que sólo se abona en el País Vasco, ni perciben remuneración alguna por los desplazamientos cada vez que tienen que asistir a una diligencia policial o judicial».

También piden que se les abonen sus honorarios a pesar de que se archive el expediente de Asistencia Jurídica Gratuita, porque actualmente «no ocurre así en muchas algunas comunidades autónomas, entre ellas Andalucía». «Será, en todo caso la Administración, la que deba repetir contra los justiciables el gasto en el que hubieran incurrido cuando se deniegue o se archive la asistencia jurídica gratuita», destacan.

3. Remuneración de todo el trabajo realizado

Estos representantes de la Abogacía reclaman igualmente al Ejecutivo que «se abonen, sin excepción alguna» todas las actuaciones que el colectivo lleve a cabo para la iniciación, tramitación o ejecución de un procedimiento en curso, la redacción de querellas o denuncias y, todo tipo de escritos procesales presentados en vía administrativa o judicial, así como toda clase de incidentes procesales o recursos, incluido el de queja o apelación sin que su pago se supedite a que estos sean o no estimados, y con independencia de la fase procesal en la que se encuentren los asuntos judiciales encomendados a los letrados.

Ley de Asistencia Jurídica Gratuita para que se reconozca el derecho de este servicio a las personas jurídicas.

4. Abono de las designaciones para la defensa de las personas jurídicas

Reclaman, asimismo, el abono de todas las designaciones para la defensa de personas jurídicas. Es decir, todas las actuaciones y servicios jurídicos prestados que hayan sido designados para la defensa de personas jurídicas, «dado que el profesional designado lleva a cabo la labor de asistencia jurídica y defensa». En este sentido, solicitan que se modifique la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita para que se reconozca el derecho de este servicio a las personas jurídicas.

5. Actualización de los baremos conforme al IPC

Otra de sus históricas reivindicaciones que vuelven a reiterar es la actualización de los baremos conforme al Índice de precios de consumo (IPC). «Todos los Baremos deberán actualizarse de conformidad con un sistema de actualización periódica, en consonancia con el aumento del IPC e incluirán cláusulas de revisión o el procedimiento a seguir en caso de denuncia ante la autoridad competente por su inaplicación», plantean.

6. Obligación de todas las administraciones a habilitar una partida presupuestaria destinada al pago de los letrados del turno de oficio

Además, urgen a todas las administraciones territoriales a que adopten las medidas necesarias para combatir la «infrafinanciación» del Turno de Oficio. Según explican, Andalucía, la Comunidad Valenciana y La Rioja son «las que peor pagan del país» y en otras tantas, en la mayoría de los casos, tampoco abonan los honorarios con regularidad». 

Andalucía abona a los letrados del turno de oficio una media por asunto de 106,41 euros, le sigue la Comunidad Valenciana con 134,1; La Rioja con 134,54; Cantabria (139,05); Islas Baleares (139,35); Murcia (149,51); Navarra (150,98); Aragón (156,98); Castilla y León (157,99); Cataluña (159,23), Melilla (159,41); Ceuta (160,87); Castilla La Mancha (164,4); Extremadura (166,97); Madrid (169,74); Canarias (201,15); Asturias (202,07); Galicia (204,47); y País Vasco (311,28), según se desprende del último Informe del Observatorio de la Justicia Gratuita, con datos de 2021.

De media nacional son 153,14 euros.

«Es de obligado cumplimiento que se habiliten y actualicen partidas presupuestarias propias destinadas a financiar la Asistencia Jurídica Gratuita teniendo en cuenta todas las especialidades de los turnos para garantizar un calendario mensual del pago de honorarios», reclaman.

7. Derecho a la conciliación

También consideran «imprescindible» que se modifique «urgentemente» la normativa existente «para garantizar el derecho a la conciliación» de la Abogacía, que se supone que se verá materializado en la ley de eficiencia procesal, que está en tramitación parlamentaria. 

«Actualmente, no se nos permite disfrutar de los permisos de maternidad/paternidad, se dificulta la aprobación de nuestras solicitudes de suspensión para ausentarnos ante una vista o un juicio en circunstancias tales como la enfermedad grave del letrado o la muerte de un familiar de primer grado de afinidad o consanguinidad», denuncian estas asociaciones, y recuerdan que en ocasiones los órganos judiciales reclaman al abogado del turno de oficio que designe a un compañero sustituto para que le reemplace, algo que, el colectivo no ve afortunado «porque el cliente en quien confía es en el letrado que le lleva el caso».

8. Derecho a la desconexión digital y al descanso

Según estas asociaciones y sindicato es también necesaria la modificación de los artículos 134, 183 y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para que incluyan de manera expresa todos los motivos o causas que la legislación contempla.

«La aprobación de las solicitudes de suspensión de los letrados y letradas no pueden quedar al arbitrio de la interpretación del Letrado de la Administración de Justicia como está ocurriendo en la actualidad», subrayan.

Y hacen hincapié en que si los abogados acreditan, con carácter previo, debidamente el hecho que motiva su ausencia y la interrupción de plazos con una baja médica «deberá acordarse la suspensión e interrupción de manera automática». Una medida que también esperan que recoja el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal.

También solicitan que se proceda de manera inmediata a modificar la normativa existente para garantizar el derecho a la desconexión digital de los profesionales de la Abogacía. Reclaman una norma de carácter estatal que fije la desconexión digital de los juzgados, como ya se contempla dicha desconexión digital en la Agencia Estatal de Administración Tributaria para los obligados tributarios -ciudadanos- que estén incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada, quienes pueden señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la agencia no podrá poner notificaciones a su disposición.

9. Dificultad para el acceso a la justicia gratuita a personas y familias con rentas bajas por criterios económicos

Por otra parte, señalan que dada la dificultad actual para muchos justiciables que se les deniega el beneficio de la Asistencia Justicia Jurídica Gratuita como consecuencia de tomar como referencia el IPREM para la valoración y el reconocimiento de dicho derecho, desde la Abogacía del Turno de Oficio se reclama aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como parámetro calculador para acceder a la Justicia Gratuita, «por ser este criterio menos restrictivo para la ciudadanía». 

«De mantenerse la situación actual, con el desajuste existente entre IPREM y SMI se impedirá el acceso a muchas personas con rentas bajas vulnerando, por consiguiente, su derecho a la Tutela Judicial Efectiva, derecho fundamental reconocido y garantizado en nuestra Constitución», advierten.

10. Reconocimiento de la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones

Ante el aumento significativo de los delitos de amenazas, coacciones y agresiones sufridos por el colectivo por parte de sus clientes, reivindican la consideración del Letrado de Turno de Oficio como Autoridad en el Código Penal, «como medida disuasoria y de protección» a los compañeros de la Abogacía que sufren tales situaciones, entre ellos la vicepresidenta de Defenda, M.A.M.M, que ha denunciado a un cliente por amenazas y coacciones.

11. Reducción de la carga burocrática

También consideran indispensable que se reduzca la carga burocrática al colectivo del turno de oficio, cuyo cometido es la defensa de su cliente «y no la recopilación de datos para la comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, salvo los imprescindibles para la tramitación del procedimiento judicial». 

«La recopilación de datos económicos y familiares es una labor de la administración o de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita», apuntan.

12. Campañas de sensibilización sobre el colectivo

Por último, reclaman que el Gobierno, las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, el Consejo General de la Abogacía y los Colegios de la Abogacía lleven a cabo campañas de sensibilización «para dar visibilidad, sensibilizar y dignificar la imagen del Abogado de Turno de Oficio».

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