Las solicitudes para exonerar deudas crecieron en 2020 un 327%
Empresas y particulares buscan acogerse principalmente a dos figuras legales: el concurso de acreedores y la Ley de Segunda Oportunidad.

Un juez de Lleida perdona a una empresaria una deuda de casi 85.000 euros por la Ley de Segunda Oportunidad 

1 / 12 / 2022 06:50

Actualizado el 01 / 12 / 2022 08:35

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El juzgado de Primera Instancia Nº6 Mercantil de Lleida ha perdonado una deuda de 84.548 euros a una empresaria que regentaba un negocio de venta al por menor de artículos textiles y hogar gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Su negocio se vio afectado por la crisis inmobiliaria y la pandemia. 

El auto 287/2022 con fecha 21 de noviembre ha sido dictado por el magistrado Eduardo M Enrech Larrea. En él, le concede a la mujer la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter provisional al aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad. Por otro lado, le ha concedido un plazo de cinco años para abonar una pequeña parte de la deuda pública que no ha sido perdonada.

La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal que permite cancelar deudas a personas físicas en situación de insolvencia. Está creada para que autónomos y particulares que no pueden hacer frente al pago de sus compromisos puedan eliminarlos de forma total o parcial y tengan una segunda oportunidad para empezar de cero.

La empresaria ha sido defendida por la letrada Marta Bergadà, de Bergadá Asociados. Su negocio estaba situado en Alcarrás (Lleida) y, según el despacho, la localidad se convirtió con el estallido de la burbuja inmobiliaria en una de las zonas más afectadas por la crisis de la construcción, “dejando a muchos empresarios en la ruina”. 

Marta Bergadà, abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados.
Marta Bergadà, abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados.

La deuda se fue incrementado hasta tal punto de que no puedo hacer frente a ella y se vio obligada a iniciar el camino de la Ley de la Segunda Oportunidad. Un camino que, según Marta Bergadà, “no es sencillo”. 

La Tesorería General de la Seguridad Social se opuso

Pues la Tesorería General de la Seguridad Social se opuso al perdón alegando que la nueva ley no lo permite. 

En cambio, el Juzgado de primera Instancia Nº6 de Lleida desestimó la oposición de la Tesorería General de la Seguridad Social y le perdonó la deuda a la empresaria excepto 3.900 euros de deuda pública que tendrá que abonar en cuotas mensuales que van desde los 40 a los 135 euros al mes sin intereses en cinco años.

La letrada ha manifestado que su cliente ha estado años viviendo escondida por temor a las llamadas “incesantes de sus acreedores y de ver retenida gran parte de su nómina”. Y es que, según ha señalado, son cientos los empresarios que acuden al procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad que ahora, tras la reciente reforma, se ha acelerado los trámites del procedimiento y se puede conocer la resolución en cuatro meses.

Por otro lado, también ha señalado que “la historia de la ley concursal es la historia de sus reformas”, tal y como indica el prólogo del Texto Refundido de la Ley Concursal. Por ello, “no sería de extrañar que antes de finales de año se publicara una reforma más que esperamos que esta vez incluya el perdón de la totalidad de las deudas públicas”.

Y es que “el superblindaje de la deuda pública, al perdón de las deudas, no permite a muchos empresarios volver a generar riqueza y les condena a una muerte civil, social y económica segura”.

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