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La mayoría conservadora ha tumbado el intento del Gobierno de reformar la LOPJ y la LOTC por la puerta de atrás. Foto: Confilegal.

Por seis a cinco, el Constitucional suspende la tramitación parlamentaria de las enmiendas a la LOTC y a la LOPJ

19 / 12 / 2022 22:53

Actualizado el 19 / 12 / 2022 23:54

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Por una mayoría de seis votos contra cinco, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado esta noche suspender de forma urgente la tramitación parlamentaria, ya en el Senado, de las dos enmiendas por las que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), admitiendo así las medidas cautelarísimas solicitadas por el PP en su recurso contra dichas enmiendas.

Los magistrados han entendido que el avance de la tramitación parlamentaria causa un daño de difícil reparación a los derechos de los legisladores ‘populares’, que invocaban el artículo 23 de la Constitución, donde se recoge el derecho a la participación política de los ciudadanos a través de sus representantes.

La primera de las enmiendas modificaba la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial modificando el régimen de nombramientos de magistrados por el Consejo General del Poder Judicial. Esto vulnera el artículo 159.1 Constitución, al eliminarse la mayoría de 3/5, exigida expresamente a las Cámaras para garantizar la independencia de los magistrados y asumida pacíficamente durante cuatro décadas.

Además, se limitaba el quórum para tomar el acuerdo y se limitan las capacidades de propuesta y de voto de los vocales del Consejo.

La segunda enmienda modificaba la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional eliminando la potestad del Tribunal Constitucional para verificar la adecuación al ordenamiento de los nombramientos de los nuevos Magistrados, lo que supone un atentado a la independencia y autonomía del Tribunal Constitucional.

Así mismo habilitaba la posibilidad de renovar “un sexto” del Tribunal en lugar de “un tercio”, lo que contraviene de manera clara, el expreso tenor del artículo 159.3 de la Constitución que dispone que se renovarán por terceras partes cada tres años.

«El Tribunal ha apreciado que la vulneración de derechos fundamentales alegada no carece prima facie de verosimilitud, atendiendo a la doctrina constitucional sobre el ejercicio del derecho de enmienda y la relación de homogeneidad que ha de existir entre las enmiendas y la iniciativa legislativa que se pretende modificar (SSTC 119/2011, de 5 de julio, 136/2011, de 13 de septiembre, y 172/2020, de 19 de noviembre)», dice el Constitucional en una nota informativa.

«Igualmente ha considerado que la cuestión planteada en este recurso de amparo tiene especial trascendencia constitucional al estimar que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de ‘relevante y general repercusión social’, que, además, tiene “unas consecuencias políticas
generales” [STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2, letra g)]».

Y añade: «Asimismo, el Tribunal ha estimado la solicitud de medidas cautelarísimas formulada por los recurrentes en amparo y, en consecuencia, ha acordado suspender cautelarmente, conforme al artículo 56.6 de la LOTC, la tramitación parlamentaria de los preceptos que modifican la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, introducidos en la referida Proposición de Ley Orgánica, que derivan de las dos enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, e introducidas en el texto de la Proposición de Ley Orgánica, aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2022».

«A la decisión del Pleno, que adoptará la forma de auto, han anunciado su intención de formular voto particular los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido Tourón y Ramón Sáez Valcárcel, así como las magistradas María Luisa Balaguer Callejón e Inmaculada Montalbán Huertas«, concluye.

ACUERDO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

LA PRIMERA VEZ EN 44 DE AÑOS DE HISTORIA QUE ESTO OCURRE

Es la primera vez, en sus 44 años de historia, que el Constitucional ordena suspender de forma urgente un debate parlamentario en las Cortes Generales, por lo que se trata de una decisión inédita.

La corte de garantías da este paso después de que dichas enmiendas fueran aprobadas en el Congreso de los Diputados el pasado jueves en el marco de la proposición de la Ley Orgánica de Transposición de Directivas para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contarbando de armas de doble uso».

El Gobierno y su socio de Unidas Podemos habían colgado de su proposición de ley enmiendas modificando la sedición la malversación, la exposición de motivos de la ley de «solo sí es sí», y estas modificaciones de la LOPJ y de la LOTC.

Aunque dichas enmiendas ya habían superado el trámite parlamentario en la Cámara Baja aún quedaba el Senado, donde estaba previsto que quedaran igualmente aprobadas el próximo jueves.

Ahora, el secretario de Justicia del Pleno, Alfonso Pérez Camino, tendrá que entregar personalmente en la Cámara Alta la decisión adoptada por el TC, de acuerdo con las citadas fuentes.

MÁS DE 9 HORAS DE DEBATE

Los once magistrados han iniciado su cónclave interno a las 10.00 horas, pero las decisiones de calado no han llegado hasta las 19.30, cuando han acordado admitir a trámite el recurso del PP; aceptar también la personación solicitada por Unidas Podemos (UP) y PSOE; y rechazar las recusaciones lanzadas por los partidos de Gobierno contra el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez.

Las fuentes jurídicas detallan que el recurso ‘popular’ se ha admitido por 6 votos –los de la mayoría conservadora– frente a 5 –los de la minoría progresista–; mismo resultado con el que se ha resuelto que no era el momento procesal oportuno para abordar las recusaciones formuladas por los ‘morados’ y los socialistas.

UP argumentaba que González-Trevijano y Narváez debían apartarse al considerar que tienen «interés directo» en paralizar esta reforma porque serían reemplazados por los candidatos nominados por el Gobierno –el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez– si sale adelante la modificación planteada.

El Pleno del TC ya se reunió con carácter urgente el pasado jueves, pero entonces González-Trevijano accedió a aplazarlo a este lunes después de que los cinco magistrados progresistas amenazaran con irse, si no se les daba más tiempo estudiar un asunto de gran «complejidad» y «relevancia» que habían conocido apenas 24 horas antes. De haberse marchado, habrían impedido el ‘quorum’ de al menos 8 magistrados que se exige para que el Pleno quede constituido.

LA RENOVACIÓN DEL TC

El problema de fondo es que el TC aguarda desde el pasado 12 de junio a que se renueven los cuatro magistrados que forman el tercio que la Constitución encarga reemplazar a Gobierno y CGPJ: González-Trevijano y Narváez, nombrados en su día por el Ejecutivo de Mariano Rajoy; y Juan Antonio Xiol y Santiago Martínez-Vares, designados entonces por el órgano de gobierno de los jueces.

Las dudas jurídicas sobre la posibilidad de que los dos candidatos de Moncloa pudieran tomar posesión sin esperar a los dos del CGPJ llevaron a impulsar y aprobar el pasado julio en el Parlamento una reforma exprés de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para devolver al Consejo su poder para nombrar a sus dos aspirantes a la corte de garantías.

Sin embargo, las negociaciones en el seno del CGPJ encallaron el pasado 2 de diciembre por el veto tácito del bloque conservador al candidato de sus homólogos progresistas, el magistrado del Tribunal Supremo (TS) José Manuel Bandrés, y la negativa de estos últimos a volver a engordar su listado de aspirantes (que llegó a contar con nueve).

NEGOCIACIONES EN EL CGPJ

En este contexto, ‘morados’ y socialistas introdujeron en la proposición de ley que elimina el delito de sedición las dos enmiendas que despejan el camino para que Campo y Díez tomen posesión como magistrados del TC sin tener que esperar a los dos nominados por el órgano de gobierno de los jueces.

Por su parte, el CGPJ tiene previsto celebrar este martes a las 17.00 un Pleno extraordinario donde, por ahora, los únicos candidatos que figuran en el orden del día son los magistrados del TS Pablo Lucas y César Tolosa.

Las fuentes consultadas por Europa Press ya apuntaban que, aunque formalmente Bandrés era el único aspirante formal y el bloque conservador manejaba varios nombres, los mejor posicionados para lograr el aval del conjunto del CGPJ eran Lucas y Tolosa.

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