Miguel Ángel Galán denuncia a tres letrados de Rubiales por incumplir el Código Deontológico de la Abogacía
Galán ha presentado la denuncia esta semana ante el Comité Deontológico del Colegio del ICAM, en representación de la Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte, que preside.

Miguel Ángel Galán denuncia a tres letrados de Rubiales por incumplir el Código Deontológico de la Abogacía

Los denunciados son Antonio Ramón Caravaca Magariños, Tomás González Cuetos y Andreu Camps i Povill
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22/12/2022 06:50
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Actualizado: 21/12/2022 19:59
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El presidente del Centro Nacional de Formación de Entrenadores de Fútbol (Cenafe) y de la Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte, Miguel Ángel Galán Castellanos, ha denunciado a tres abogados del presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, por presuntamente incumplir el Código Deontológico de la Abogacía. 

Se trata de Antonio Ramón Caravaca Magariños, Tomás González Cuetos y Andreu Camps i Povill.

Galán ha presentado la denuncia ante el Comité Deontológico del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), en nombre y representación de la Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte.

Según se desprende de la misma, Antonio Ramón Caravaca es socio del «despacho de cabecera de Rubiales», GCLegal, que dirige el también abogado de la Federación Española de Fútbol Tomas González Cuetos, mientras que Andreu Camps i Povill es letrado y secretario general de la RFEF.

La denuncia se dirige contra Caravaca «por presuntamente hacer un espionaje al presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), David Aganzo, utilizando una empresa suya siendo abogado de la RFEF».

A Cuetos y Camps los denuncia «por supuestas amenazas a los clubes promotores de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional».

La Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte reclama al ICAM que por tales hechos se imponga a estos tres letrados una sanción «muy grave» consistente en la expulsión del Colegio de Abogados.

‘ESPIONAJE A DAVID AGANZO UTILIZANDO UNA SOCIEDAD CUYO ADMINISTRADOR ÚNICO ES CARAVACA’

Según Miguel Ángel Galán, presuntamente el letrado Antonio Ramón Caravaca «contrató un espionaje contra David Aganzo, presidente de la AFE, utilizando una sociedad inmobiliaria llamada Egmont 2008 SL, de la cual es administrador único». 

Señala que «la empresa Cryptex Europa SL fue la encargada de vigilar a Aganzo durante cuatro días en agosto de 2019», que los seguimientos costaron 11.764 euros, y que dichos trabajos quedaron plasmados en un informe de 57 páginas de un detective que aporta junto a la denuncia.

David Aganzo, presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles. Foto: AFE.

Galán explica que el encargo lo hizo una sociedad inmobiliaria llamada Egmont 2008 SL, que no tiene relación con el mundo del fútbol, cuyo administrador es Caravaca, «abogado de referencia de la Federación y uno de los principales colaboradores de Rubiales, más allá incluso de los asuntos puramente jurídicos». 

Según precisa, este letrado acompañó a Rubiales cuando tuvo que declarar en noviembre en el procedimiento en el que está imputado junto a Cuetos y Camps por supuestas amenazas, coacciones y prevaricación y ha defendido a la RFEF, en diversos procedimientos, como el caso Haití, el caso Recre o el caso Soule.

Además, informa que en el procedimiento que la Fiscalía abrió contra Luis Rubiales tras su denuncia, Juan Rubiales, el exjefe de gabinete de la Real Federación Española de Fútbol y tío carnal de Rubiales, declaró el pasado 30 de mayo que su sobrino decidió «ir contra David Aganzo, presidente de la AFE, para lo cual no duda en contratar a una agencia de detectives para hacer seguimientos y saber con quién se reúne, con quién habla, quién le apoya».

Luis Manuel Rubiales Béjar, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), proclamado por la Asamblea General celebrada en mayo de 2018 y de nuevo en septiembre de 2020.

También según la denuncia, el tío de Rubiales añadió que «el pago de estos servicios de vigilancia se llevó a cabo a través de una sociedad instrumental llamada Egmont 2008 SL del abogado Ramón Caravaca», «que es la que paga a la empresa que realiza las vigilancias», y precisó que estos servicios fueron posteriormente cargados a la RFEF. 

De acuerdo a la denuncia, el 13 de septiembre de 2019, a las 18.11 horas, el propietario de la agencia Cryptex Europa SL, el detective José Luis González, envió a Caravaca un correo electrónico remitiéndole el informe sobre Aganzo y la factura correspondiente. 

Además, Galán asegura que «otra comunicación demuestra que, solo unas horas después, Caravaca reenvió el correo del detective con el informe de Aganzo y la factura a un ‘email’ de la Federación que pertenece al equipo de Rubiales. 

Y añade que tanto el informe sobre el líder del sindicato de jugadores como la factura «llegaron de ese modo directamente al máximo responsable de la Federación» y que «este pudo usar los datos ‘reservados’ sobre Aganzo en sus maniobras para desbancarlo de la AFE».

SUPUESTAS AMENAZAS DE CUETOS Y CAMPS 

Respecto a los otros dos denunciados, el presidente del Cenafe recuerda que los cinco miembros de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional -CD Real Balompédica Linense, CF Rayo Majadahonda, Club Linares Deportivo, DUX Internacional de Madrid y UD San Sebastián de los Reyes- han denunciado en declaraciones a los medios de comunicación al presidente de la RFEF, Luis Rubiales; su secretario general, Andreu Camps; y a su asesor jurídico, Tomás González Cueto, por supuestos delitos de amenazas, coacción y prevaricación.

La denuncia alude a una reunión celebrada el pasado 10 de marzo en la sede de la RFEF, en la que Cuetos y Camps habrían dado un plazo de 48 horas a los clubes promotores de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional para disolverla «si no querían arriesgarse a severas sanciones». 

Miguel Ángel Galán afirma que estos tres abogados «son el soporte jurídico y mediático de Rubiales para mantenerle en el puesto a costa presuntamente de utilizar poco éticos e incompatibles con el ejercicio de la abogacía»

Galán explica que «la principal prueba de la denuncia contra el presidente de la RFEF y sus inseparables Camps y Cueto es la grabación de la mencionada reunión», que aunque no está en poder de Transparencia y Democracia en el Deporte, la asociación solicita al instructor que se designe en la apertura de expediente la requiera a la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional.

La Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte cree que ambos abogados «también habrían cometido infracción, ya que la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional acudió a la reunión sin letrado, y eso podría causarle una indefensión, pues el artículo 43 del Estatuto General de la Abogacía dispone que “son obligaciones del abogado para con la parte contraria el trato considerado y cortés, así como la abstención u omisión de cualquier acto que determine una lesión injusta para la misma”.

Por tanto, manifiesta que el acto de amenazar con expulsarlos de la competición en la citada reunión podría ser una infracción del código deontológico por parte de los dos letrados, pues el mismo dice: “Cuando la parte contraria no disponga de abogado deberá recomendarle que designe uno. Y si a pesar de ello, insistiera en su decisión de no tener abogado propio, el interviniendo deberá evitar toda clase de abuso”.

Por último, señala que la amenaza de Cuetos y Camps se cumplió y expulsaron de la competición al club asistente a la reunión, Dux Internacional, que luego el Tribunal Administrativo del Deporte ha revocado.

LAS INFRACCIONES QUE HABRÍAN COMETIDO

La Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte sostiene que de acuerdo a los hechos denunciados, estos tres letrados habrían incurrido en infracción de los artículos 2 y 22 del Código Deontológico de la Abogacía Española.

El articulo 2 indica que “la independencia permite no aceptar el encargo o rechazar las instrucciones que, en contra de los propios criterios profesionales, pretendan imponer el cliente, los miembros de despacho, los otros profesionales con los que se colabore o cualquier otra persona, entidad o corriente de opinión, debiendo cesar en el asesoramiento o defensa del asunto cuando se considere que no se puede actuar con total independencia, evitando, en todo caso, la indefensión del cliente».

Galán, en una visita a la sede de Cenafe Madrid en Villaverde.

El número 22, sobre ejercicio a través de sociedades profesionales, recoge que «la actuación a través de una sociedad profesional o cualquier otra forma asociativa no podrá servir para eludir las responsabilidades deontológicas de los profesionales intervinientes».

Además, la asociación denunciante afirma que también habrían cometido una infracción de los artículos 2.1.1 , 2.5.1 y 2.5.3 del Código Deontológico de la Abogacía Europea. 

El primero de ellos reza lo siguiente: “La multiplicidad de deberes que incumben al abogado le imponen una independencia absoluta exenta de cualquier presión, en particular de la que resulte de sus propios intereses o de influencias externas. Esta independencia es tan necesaria para mantener la confianza en la Justicia como la imparcialidad del juez. El abogado debe, por lo tanto, evitar cualquier ataque a su independencia y estar atento a no descuidar la ética profesional por complacer a su cliente, al juez o a terceros”.

El 2.5.1. dispone que «para permitir al abogado ejercer sus funciones con la independencia necesaria y de una forma acorde con su deber de participar en la administración de la Justicia, el ejercicio de determinadas profesiones o funciones será incompatible con la profesión de abogado”.

El artículo 2.5.3. recoge que «el abogado establecido en un Estado miembro de acogida que desee dedicarse en el mismo a una actividad comercial u otra actividad diferente a su profesión de abogado, deberá respetar las normas en materia de incompatibilidad aplicables a los abogados de dicho Estado miembro”.

También considera que habrían cometido una infracción del artículo 21 y 22 del Estatuto de la Abogacía Española.

La Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte espera que el ICAM les abra sendos expedientes sancionadores que terminen con su expulsión del Colegio

El primero señala que los abogados tienen una serie de prohibiciones, cuya infracción se sancionará disciplinariamente, entre ellas mantener vínculos asociativos de carácter profesional que impidan el correcto ejercicio de la abogacía, atendiendo a este respecto a lo previsto en este Estatuto.

Y el artículo 22 indica que el ejercicio de la abogacía es incompatible con cualquier actividad que pueda suponer menosprecio de la libertad, la independencia o la dignidad que le son inherentes; y añade que el abogado que realice al mismo tiempo cualquier otra actividad deberá abstenerse de realizar aquella que resulte incompatible con el correcto ejercicio de la abogacía, por suponer un conflicto de intereses que impida respetar los principios del correcto ejercicio contenidos en este Estatuto.

LAS DILIGENCIAS SOLICITADAS

En la denuncia, Galan pide una serie de diligencias, entre ellas que se cite a declarar como testigo a David Aganzo Méndez; al propietario de la agencia Cryptex Europa SL; y al presidente de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional, Steven Newman.

También reclama la testifical de los clubes CD Real Balompédica Linense, CF Rayo Majadahonda, Club Linares Deportivo, DUX Internacional de Madrid y UD San Sebastián de los Reyes de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional.

Además, pide que se solicite a la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional la grabación subrepticia de la reunión del 10 de marzo con Camps y Cuetos, y al registro mercantil la composición de los órganos directivos de la sociedad Egmont 2008 SL.

QUERELLA CONTRA RUBIALES Y PIQUÉ

Galán también se ha querellado este año contra Rubiales y el jugador del Barça y propietario de la compañía Kosmos Global Holding, Gerard Piqué. El caso está en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid) por supuestos delitos de corrupción en los negocios y administración desleal.

También presentó una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción el pasado mes de abril contra Rubiales por presuntas irregularidades en su gestión de la RFEF al llevar la Supercopa de España a Arabia Saudí con la intermediación de Kosmos Global Holding, la empresa de Piqué, «quien cobró 24 millones de euros de comisión» y que también fue denunciado.

La querella recoge básicamente lo mismo que la denuncia y la Fiscalía remitió al Juzgado de Majadahonda lo investigado.

Galán espera que Rubiales corra la misma suerte que Ángel María Villar, que fue destituido por el Tribunal Administrativo del Deporte como presidente de la RFEF a raíz de una denuncia suya.

El expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Ángel María Villar. Foto: Eduardo Parra/EP.

«Llevo 20 persiguiendo la corrupción en la Federación de Fútbol y luchando contra la denegación de la licencia UEFA a los entrenadores de fútbol de España y seguiré defendiendo al colectivo de entrenados ante tal injusticia por parte de Rubiales y antes de Villar, Rubiales o de cualquier otro que le suceda», sentencia.

En cuanto a los abogados denunciados, declara que «son el soporte jurídico y mediático de Rubiales para mantenerle en el puesto a costa presuntamente de utilizar poco éticos e incompatibles con el ejercicio de la abogacía», y espera que el ICAM les abra sendos expedientes sancionadores que terminen con su expulsión del Colegio.

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