Álvaro Graciani, miembro de la sección de derecho turístico del Colegio de Abogados de Málaga
«Varios ayuntamientos están implantando regulaciones para alcanzar un equilibrio entre la convivencia de las áreas residenciales con el derecho a la explotación de las propiedades», según el abogado y economista.

Álvaro Graciani: «La solución más óptima para el conflicto de las viviendas turísticas es la local»

20 / 03 / 2023 06:49

Actualizado el 21 / 03 / 2023 08:06

La jurisprudencia para permitir o no la prohibición de los pisos turísticos es, en palabras de Álvaro Graciani, miembro de la sección de derecho turístico del Colegio de Abogados de Málaga, menor hasta que el Tribunal Supremo emita una sentencia. De las Audiencias Provinciales que se han pronunciado, solo la de Segovia permite que una comunidad de propietarios impida este tipo de explotación si se aprueba con tres quintos, mientras que las de Madrid, Vizcaya, Málaga y Córdoba vetan estas prohibiciones. Pero «la solución más óptima es la local», según Graciani.

«Las Administraciones locales tienen mucha más cercanía con los municipios», dice, matizando que «una normativa estatal no diferenciaría entre un pueblo costero y Madrid, mientras que una autonómica igualaría los pueblos con los centros».

«Varios ayuntamientos están implantando regulaciones para alcanzar un equilibrio entre la convivencia de las áreas residenciales con el derecho a la explotación de las propiedades inmobiliarias y permitir limitar, que no prohibir (excepto si existe unanimidad), los pisos turísticos», dice.

Graciani señala que la casuística de quienes reclaman la prohibición suele estar «justificada moralmente», aunque sus exigencias no estén habilitadas por la ley. «Algunos se han encontrado con arrendatarios que hacen fiestas y generan molestias, incumpliendo con las normas de convivencia. Otros temen, sin haberlo experimentado, lo que han visto en medios y causa alarma social, como que los pisos se vuelvan prostíbulos. Y en casos muy minoritarios, como han opinado los mismos vecinos, puede tratarse de envidia».

Así, el abogado y economista recuerda que las obligaciones del interesado en volver un piso , que puede ser una segunda propiedad o estar vacío, en una vivienda turística incluye la inscripción en el registro de hostelerías y el de turismo de la comunidad autónoma donde se encuentre, además de avisar a los cuerpos y fuerzas de seguridad, como la Policía Nacional o la Guardia Civil, sobre los usuarios que lleguen y proveerles sus datos «igual que un hotel».

También comenta «como economista, no como abogado», que la concepción de que el alquiler se encarece con la existencia de viviendas turísticas «se basa en la premisa de que el piso abandona el mercado inmobiliario cuando se da de alta para este servicio, cuando puede volver a estar disponible para el alquiler».

Además, cita estudios econométricos según los cuales la incidencia de los pisos turísticos en el precio del alquiler es «nulo» o no supera un incremento del 1,9 % anual, además de un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que señala que «no existe evidencia empírica de que el aumento del alquiler se deba» a este tipo de pisos.

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