La Justicia dicta auto de apertura de juicio oral contra dos expresidentes del Club Atlético Pinto por falsedad en documento público
El fiscal solicita, para Arcadio Fenoll Murcia y Óscar Garvín Esteban, 1 año y 3 meses de prisión.

La Justicia dicta auto de apertura de juicio oral contra dos expresidentes del Club Atlético Pinto por falsedad en documento público

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12/6/2023 06:30
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Actualizado: 23/10/2023 12:50
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La magistrada del Juzgado de Instrucción 53 de Madrid, Mónica Aguirre de la Cuesta, ha dictado auto de apertura de juicio oral contra Arcadio Fenoll Murcia y Óscar Garvín Esteban, expresidentes del Club Atlético Pinto, de primera regional de Madrid.

A ambos el Ministerio Fiscal les imputa un delito de falsedad en documentos públicos previsto y penado en los artículos 392.1 y 390.1.3º del Código Penal. Solicita una pena, para cada uno de ellos, de 1 años y 3 meses de prisión y una multa de 2.520 euros. E inhabilitación especial para votar durante el tiempo de la condena.

La petición de la acusación particular, representando a la actual directiva del Club Atlético Pinto, es sensiblemente superior porque a tanto a Fenoll como a Gavín les imputa dos delitos de falsedad de documentos públicos, por los que pide 1 año y 9 meses de prisión y siete meses de multa, de acuerdo con su capacidad económica. Igualmente solicita mismo tiempo de inhabilitación de sufragio pasivo durante la condena.

El Club Atlético Pinto, hoy bajo la presidencia de José María Garzón Flores, denunció primeramente a Arcadio Fenoll Murcia por supuestamente falsificar las actas de dos Asambleas Generales del Club.

Una de 28 de agosto de 2020 y de 20 de enero de 2021. Luego se amplió la querella contra Óscar Garvín Esteban, por presunta falsedad de un acta de manifestaciones efectuada ante notario el 1 de diciembre de 2020.

ORIGEN DE LA QUERELLA

El origen de la querella contra Fenoll tiene una fecha concreta: 16 de noviembre de 2020. Ese día se celebró una Asamblea General Extraordinaria del Club a la que asistieron José María Garzón Flores, Eduardo Garzón García, Jesús Garzón Flores; los tres tenían mayoría de votos.

Estos tomaron la decisión de deponer a Arcadio Fenoll Murcia en la Presidencia y nombrar como nuevo presidente a José María Garzón; Eduardo Garzón asumió la Vicepresidencia. Jesús Garzón Flores asumió la responsabilidad de ser tesorero.  

Arcadio Fenoll, quien había sido convocado, no se presentó a dicha Asamblea.

El resultado le fue comunicado después por SMS.

El 17 de noviembre fue anotado el cambio de Junta Directiva en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid al día siguiente, el 17 de noviembre. 

El Atlético Pinto relató en su querella que Arcadio Fenoll Murcia recurrió dicha inscripción ante la Audiencia Provincial de Madrid esgrimiendo documentos de actas de dos supuestas Asambleas Generales Extraordinarias –de 28 de agosto de 2020 y de 20 de enero de 2021– que, desde el punto de vista del Club, son falsos.   

La acusación particular del Club de fútbol sostiene que las manifestaciones del otro presidente, Óscar Garvín Esteban contenidas en el acta notarial de uno de diciembre de 2020, también son falsas.

Con dicho acta Garvín, que fue presidente del Club hasta el 19 de junio de 2020, pretendió convertir a Gabriel Moya Sanz, Pablo Acosta Rivera, Francisco Medina Luna y Jesús Garrido Fernández, en socios protectores argumentando un falso error para que se modificara el acta de la Asamblea General Extraordinaria de socios de 25 de junio de 2020.

En ese acta solo constaban Anna Medina Carnice, Arcadio Fenoll Murcia, Eduardo Garzón García, Jesús Garzón Flores y José María Garzón Flores como tales socios protectores.

Fue una maniobra evidente para tratar de diluir la mayoría que la familia Garzón tenía en la Junta Directiva.

Con el acta de la Asamblea Extraordinaria del 25 de junio de 2020 se elevó a escritura pública el contrato de acuerdo para la toma de control del Club Atlético Pinto por las cinco personas mencionadas.

La magistrada considera, en su auto anterior, de transformación en procedimiento abreviado, que había claros “indicios de la comisión de hechos delictivos”.

Las últimas alegaciones realizadas por la defensa de Fenoll en el escrito presentado el 7 de septiembre de 2022 y la documentación aportada no han modificado la decisión de la juez, que ha decretado la apertura de juicio oral para que tanto Fenoll como Garvín sean juzgados.

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