Fernando Portillo: “La alarma de emergencia por la DANA no vulnera la protección de datos y está regulada en la Ley de Protección Civil”
A Fernando Portillo le sorprendió mucho ver cómo en redes la gente estaba indignada porque se estaba advirtiendo del temporal.

Fernando Portillo: “La alarma de emergencia por la DANA no vulnera la protección de datos y está regulada en la Ley de Protección Civil”

5 / 09 / 2023 09:27

Actualizado el 05 / 09 / 2023 09:47

La alarma de emergencia que recibieron muchos teléfonos móviles el pasado domingo alertando del temporal ha causado un gran revuelo. Muchos ciudadanos se indignaron al considerar que se les estaba controlando, por lo que comenzaron a surgir ciertas dudas sobre la legalidad de ésta.

Dudas que han sido resueltas por Fernando Portillo, juez decano de los Juzgados de Melilla y presidente de la Comisión Gestora de Foro Judicial Independiente, más conocido en redes como “Judge the Zipper”.

Portillo explica que este aviso se lleva a cabo a través de una señal de radio en el que los teléfonos móviles que están en una zona determinada lo reciben, pero no supone ninguna infracción en la protección de datos. “Es como cuando antaño se tocaba las alarmas en las iglesias cuando había un peligro o una bocina antiaérea, es un aviso”. 

A Portillo, le sorprendió la reacción de la gente

Y es que, según cuenta a Confilegal, esta alarma de emergencia no vulnera la protección de datos ni tampoco la ley. “Me sorprendió mucho ver en redes sociales cómo la gente se quejaba de que le avisasen y que lo interpretasen como si estuvieran confinadas en sus domicilios. La gente está muy susceptible, lo bueno es que nos avisen y que después no pase nada”. 

Además, estas alarmas se pueden desactivar en la configuración del teléfono, por tanto, “existe el derecho a no recibirlas”. 

Mensaje que recibió la población el pasado domingo para prevenir el temporal.

Asimismo, apunta que “siempre nos quejamos de que no se ha avisado y que no se había previsto. Y ahora que se ha advertido, lo que no se puede pensar es que hay una invasión de nuestra intimidad, es una obligación de la Administración dar estos avisos y es un derecho de los ciudadanos el poder recibirlos”. 

Qué dice la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil

Esta materia se encuentra regulada en las normativas de cada Comunidad Autónoma y, además, en la Ley 17/2015 de 9 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil.

En concreto, el artículo 30.4 de la Constitución Española relata que “mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública”. En este caso, al estar ante una amenaza o riesgo tras declararse una alerta roja, lo que hicieron los servicios de protección civil fue avisar a la población sobre cómo proceder para evitar daños personales y materiales.

“Pero nadie está ordenando a nadie quedarse en sus casas ya que ha quedado claro que para confinar a una población en sus domicilios es necesario un estado de excepción”, ha explicado el juez decano en X, antiguo Twitter.

Las multas económicas por desobedecer

En este caso, “los ciudadanos tenemos el deber de colaborar si nos lo piden personalmente” porque, si no, “podrían caernos multas de hasta 1.500 euros”, ha resaltado Portillo.

Distinto sería si se declarase una emergencia. “Aquí los servicios de protección civil pueden dar órdenes generales o particulares sobre qué hacer y éstas deben ser obedecidas”. 

Por lo que desobedecer las órdenes, instrucciones o prohibiciones, las sanciones podrían ir de 1.501 euros a 30.000 o de 30.001 a 600.000 según la acción u omisión en función de si supone o no una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes”. 

Por último, cuenta a este periódico que cree que este tipo de alertas sí ayudan a prevenir. “La ley habla de dos fases, una de prevención y de coordinación para detectar amenazas y prepararse para las mismas. Y después una segunda fase que, cuando ya se ha materializado, tratar de contenerla lo más rápido posible”. 

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