Valla fronteriza en Ceuta. El segundo auto de procedimiento abreviado refiere que Mateos y Deu, como autora material y cooperadora necesaria, respectivamente, «hicieron absoluta dejación del deber de protección de los menores afectados».

Encausan a la exdelegada del Gobierno y la exvicepresidenta de Ceuta por el caso de la devolución de menores solos

14 / 09 / 2023 17:04

Actualizado el 14 / 09 / 2023 17:05

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta ha cerrado por segunda vez la instrucción de la causa abierta contra la exdelegada del Gobierno y la exvicepresidenta de esta Ciudad Autónoma, Salvadora Mateos, del PSOE, y Mabel Deu, del PP, por presunta prevaricación administrativa continuada, el delito que les imputa, en la devolución a Marruecos al margen de lo previsto en la Ley de Extranjería en agosto de 2021 de 55 menores no acompañados.

La magistrada ha pasado a ambas de la condición jurídico procesal de investigadas a la de encausadas y ha instado a la Fiscalía y a las acusaciones particulares a presentar sus conclusiones y, en su caso, peticiones de apertura de juicio oral.

El Ministerio Público ya solicitó en diciembre, cuando la jueza dio por primera vez por terminadas las diligencias que la Audiencia Provincial ordenó completar, que ambas, ya apartadas de la política, sentarlas en el banquillo y que sean condenadas a 12 años de inhabilitación especial para el ejercicio de «cargos electivos» o «funciones de gobierno», así como a «la pérdida de los honores asociados a los que ocuparon».

El segundo auto de procedimiento abreviado refiere que «con su arbitrario proceder» Mateos y Deu, como autora material y cooperadora necesaria, respectivamente, «hicieron absoluta dejación del deber de protección de los menores afectados que la legislación les atribuía en sus respectivas competencias, poniendo en riesgo su integridad física y moral y ocasionando un resultado materialmente injusto».

A ojos de la jueza, «actuaron de común acuerdo con flagrante y grosera infracción del artículo 39 de la Constitución Española, la Ley Orgánica de Protección jurídica del Menor, la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Acuerdo entre España y Marruecos de 2007 sobre la protección y vuelta concertada de menores no acompañados».

Mateos habría «prescindido a sabiendas total y absolutamente del procedimiento establecido» con la colaboración de Deu a pesar de que la jefa de su Servicio de Protección a la Infancia, Toñi Palomo, le expresó por escrito y verbalmente en varias ocasiones «su rotunda oposición a la repatriación de los menores sin previo expediente administrativo».

La exvicepresidenta, competente en Menores, consumó «la entrega a Marruecos a los menores bajo su guarda, prescindiendo, a sabiendas, de cualquier procedimiento y del dictado de la preceptiva resolución individualizada acorde con la legalidad nacional e internacional de protección de los derechos de los menores». Para la jueza Deu «era consciente de que ninguna resolución administrativa amparaba el traslado de los menores a Marruecos».

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