El bufete se ha personado e intervenido en la vista oral que ha tenido lugar hoy en el TJUE por una cuestión prejudicial que aborda la prescripción de la reclamación de los gastos hipotecarios en Cataluña.

 Arriaga Asociados pide al TJUE «plazos garantistas» en los reembolsos de los gastos hipotecarios

19 / 10 / 2023 15:23

Actualizado el 19 / 10 / 2023 15:24

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Arriaga Asociados ha defendido este jueves ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que el plazo de prescripción de las reclamaciones de los gastos hipotecarios «debe comenzar a contar desde el momento en que se declara la nulidad de la cláusula de gastos, en aras de ofrecer la opción más garantista para los consumidores».

El bufete se ha personado e intervenido en la vista oral que ha tenido lugar hoy en el TJUE por una cuestión prejudicial que aborda la prescripción de la reclamación de los gastos hipotecarios en Cataluña. Se trata de un asunto presentado por el Juzgado de Primera Instancia nº20 de Barcelona.

El despacho afirma que su postura también ha sido defendida por la Comisión Europea en la vista, alineada así «con una interpretación pro-consumidor» en esta cuestión.

A su vez, los miembros del TJUE «habrían reprochado» a la entidad bancaria, durante la vista, no haber informado proactivamente a sus clientes de la nulidad de cláusulas abusivas existentes en sus préstamos hipotecarios, así como de la posibilidad de reclamar las cantidades abonadas indebidamente.

El bufete recuerda que la acción de nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios es «imprescriptible», aunque la prescripción de la reclamación de las cantidades derivadas de esta nulidad «no sigue la misma regla», razón por la cual se está dando este debate en el TJUE.

«Los plazos varían según el territorio: diez años según el Código Civil Catalán y 15,5 años según el Código Civil español», señala.

La incertidumbre sobre el inicio del plazo ha generado «diversas sentencias» a lo largo de los años, especialmente en Barcelona. «La mayoría de juzgados españoles coincide en que las acciones siguen estando vigentes o pudiendo ejercitarse, siguiendo el auto de Pleno del Tribunal Supremo, Sala Civil, de 22 de julio de 2022, que formuló una cuestión prejudicial al TJUE», recuerda Arriaga y Asociados.

El auto descartó que el ‘dies a quo’ pudiera fijarse en la fecha del pago de las facturas o en la sentencia del Tribunal Supremo del 23 de diciembre de 2015, postura esta última que ha sido defendida en la vista oral ante el TJUE por el banco y el Estado español, señala el despacho de abogados.

Arriaga Asociados señala que el impacto de esta decisión del TJUE puede ser «masivos» y cree que cada consumidor afectado podría recuperar alrededor de 900 euros por gastos de formalización de hipotecas. Recuerda que en España se formalizaron 15 millones de hipotecas entre 2003 y 2018, y estima que entre 1990 y 2002 se formalizaron ocho millones más. «Esto significa que más de 23 millones de hipotecados esperan una resolución», cuantifica.

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