Critica la “esclavitud de Mercadona” en el canal interno, le despiden y lleva al supermercado a los tribunales
El exempleado ha llevado su incapacidad ante los tribunales. Foto: Europapress

Mercadona gana el juicio contra un empleado despedido después de sufrir un accidente laboral

17 / 01 / 2024 00:40

Actualizado el 17 / 01 / 2024 10:46

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha desestimado el recurso de suplicación de un exempleado de Mercadona.

El hombre, después de sufrir un accidente laboral y quedar con secuelas, denunció al famoso supermercado, así como al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). También a la mutua de los profesionales de Mercadona, Asepeyo.

Denuncia en la que el exempleado solicitaba la incapacidad permanente en grado total, derivada de un accidente de trabajo que sufrió como operario de supermercado de Mercadona.

Según el informe médico, el hombre tenía «una compresión de la rama interósea posterior del nervio radial izquierdo. También desinserción parcial del tendón del bíceps a nivel del codo. Actualmente, con déficit global del 11%. Síndrome escapulotorácico izquierdo».

Secuelas de su accidente que el exempleado de Mercadona llevaba a los tribunales. En concreto, al Juzgado de lo Social nº35 de Barcelona.

Primer juzgado en el que el hombre intentó conseguir la incapacidad permanente en grado total por sus limitaciones físicas tras el accidente.

Algo que supondría una mejora en sus retribuciones, actualmente basadas en la existencia de lesiones permanentes no incapacitantes, según la resolución del INSS.

La base reguladora de esta incapacidad por contingencias profesionales está valorada en 25.351 euros anuales. Por su parte, la incapacidad permanente parcial tiene un importe por año de 2.071 euros.

Sin embargo, esta petición fue desestimada por el juzgado barcelonés. Algo que hizo que la cuestión de estas dolencias acabara en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). La Sala de lo Social del TSJC, en su sentencia 6102/2023 dictamina, sin embargo, desestimar este recurso de suplicación.

«Debe recordarse que no corresponde a esta sala juzgar de nuevo las patologías concurrentes, sino únicamente valorar si en la instancia se ha incurrido en error en la valoración de la prueba», explica el TSJC en su sentencia.

Así pues, el tribunal desestima el recurso, que presenta un cambio en las condiciones físicas del exempleado del Mercadona. Y es que, a juicio de los magistrados Andreu Enfedaque, Miguel Ángel Halguera y Mª Mar Mirón, «queda evidente que cuando se dictó la sentencia podía seguir ejerciendo el núcleo esencial de la profesión».

«Queda evidenciado que en el momento del hecho causante el actor sólo presentaba un leve déficit de movilidad», asegura el tribunal, que desestima la causa y libera a todos los demandados de sus obligaciones.

Mercadona, exculpado de las acusaciones

Un accidente del que también la Inspección de Trabajo y Seguridad social exculpó a Mercadona.

«No se aprecia responsabilidad administrativa por incumplimiento de normativa en materia de prevención respecto de lo que al accidente se refiere», asegura el informe de inspección de junio de 2020.

Poco después, en el mes de noviembre, Mercadona comunicaba al empleado su despido disciplinario. A la vez, el exempleado del supermercado se daba de alta en la empresa Rodi Metro S.L.

Del mismo modo, el supermercado llegaba a un acuerdo de conciliación en diciembre de 2020 con el empleado, después de que éste realizara una reclamación por despido.

Situación que también valora en TSJC. Y es que, ante las pretensiones del exempleado, el tribunal descarta malas actuaciones de Mercadona en el despido del trabajador.

«Aunque sea cierto que el actor (el trabajador) fue despedido, no consta que lo fuera por ineptitud sobrevenida. Tampoco que la empresa adoptara medidas preventivas», explica la sentencia.

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