En Derecho Penal no todo es lo que parece: Absuelto pese a que entró en la casa de su madre cuando tenía una orden de alejamiento
El hombre acusado de quebrantamiento de medida cautelar entró en el domicilio de su madre cuando ésta se encontraba viviendo en el pueblo.

Nada es lo que parece: Absuelto pese a que entró en la casa de su madre con una orden de alejamiento

14 / 03 / 2024 06:30

En el Derecho Penal muchas veces nada es lo que parece, y contar con un buen abogado puede hacerte ganar un juicio pese a que, en un principio, todo parezca ir en tu contra. En este caso, la titular del Juzgado de lo Penal Nº14 de Madrid, María Belén Pérez, ha absuelto a un hombre de un delito de quebrantamiento de medida cautelar pese a que entró en el domicilio de su madre mientras tenía una orden de alejamiento.

Según se explica en la sentencia 76/2024 de 26 de febrero, el acusado tenía impuesta tal medida desde diciembre de 2022 por el Juzgado de Instrucción Nº5 de Madrid mientras finalizaba una instrucción. No podía acercarse a su madre a menos de 200 metros ni tampoco comunicarse con ella por cualquier medio.

En cambio, entró en el domicilio de su madre cuando ésta se encontraba viviendo en el pueblo. Él pensaba que su conducta no era merecedora de reproche penal alguno porque no estaba allí.

Estaba convencido de ello porque incluso fue su padre el que le entregó las llaves del piso para que se fuese a vivir allí. Pues hasta ese momento también vivía en el pueblo y era una forma de evitar un conflicto si se encontraba con su madre. Versión que corroboró el progenitor.

La policía le descubrió porque, según declararon en el juicio, estaban llevando a cabo un seguimiento de la orden de alejamiento para comprobar que la madre se encontraba bien. 

“Llamaron al telefonillo, se identificaron como policías y le preguntaron por su madre. Pese a ello, les abrió tanto la puerta del portal como de la vivienda. Salió al descansillo a identificarse diciendo que su madre se encontraba en el pueblo. Ello fue corroborado por los agentes mediante llamada a la misma”, explica su letrado Adrián Ruiz Iglesias, de Arlaw Abogados.

Adrián Ruiz Iglesias, el abogado que ha ganado el caso.

En esos momentos, para su sorpresa, fue detenido.

El letrado alegó un error de tipo

El letrado alegó que se había producido un error de tipo. Ya que, aunque el acusado sabía que no podía acercarse al domicilio de su madre, no sabía que la medida también era aplicable incluso cuando ella no residía allí. Por tanto, no era consciente de estar cometiendo ninguna ilegalidad. 

“Si bien en el escrito de defensa alegamos un error de prohibición, durante el juicio modificamos nuestra postura alegando el error de tipo ya que el error no recaía en la realidad de la medida cautelar, ni en la responsabilidad penal de quebrantar la misma, si no en el alcance de la prohibición contenida en la medida cautelar. Es decir, el error recayó sobre un elemento concreto de la prohibición y por tanto un elemento constitutivo de la infracción penal”, comenta Ruiz Iglesias. 

Tras analizar el caso, la jueza consideró que el acusado estaba seguro de que podía ir a la vivienda al no residir su madre en esas fechas. Incluso abrió tranquilamente a los agentes al considerar que no estaba haciendo nada malo, de modo que ha dictado una sentencia absolutoria. 

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