El Gobierno indulta, siguiendo la tradición, a seis personas con penas inferiores a 4 años por Semana Santa
Todos los indultados tenían penas de menos de cuatro años de prisión y se encontraban además en segundo o tercer grado. Foto de archivo de los calabozos de Plaza de Castilla, Madrid.

El Gobierno indulta, siguiendo la tradición, a seis personas con penas inferiores a 4 años por Semana Santa

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29/3/2024 09:00
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Actualizado: 30/3/2024 11:18
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Como cada año, siguiendo con la tradición, el Consejo de Ministros ha indultado por Semana Santa a seis personas. Son de Salamanca, León, Málaga, Sevilla, Granada y Santander.

Todos tenían penas de menos de cuatro años de prisión y se encontraban además en segundo o tercer grado. Contaban con informes favorables tanto del órgano judicial como de la Fiscalía. 

El indulto en estas fechas es una medida de gracia que tradicionalmente solicitan las cofradías de penitentes para aquellos reos de su provincia que cumplen los requisitos de cualquier indulto ordinario. Concurren razones de justicia, equidad o utilidad pública.

Los requisitos para la concesión del indulto se encuentran recogidos en la Ley de 18 de junio de 1870 modificada, en algunos aspectos, por otras posteriores. La petición pueden hacerla los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre.

Así, cada año, distintas cofradías, como la de Jesús el Rico de Málaga, siguen la tradición del Miércoles Santo y liberan a un preso. Cumpliendo con una pragmática real dictada por el rey Carlos III en 1759.

Se cuenta que en ese año se suspendieron las procesiones por una gran epidemia, la peste. Los reclusos de la prisión de Málaga pidieron al alcaide sacar ellos la imagen de la que se declaraban devotos. Al serles denegada la solicitud se escaparon para sacar la imagen del Cristo por las calles de la ciudad. Después regresaron a prisión. 

Tras este acto cesó la epidemia. El Rey lo interpretó como un milagro y concedió el citado privilegio.

Estos son los indultos

Respecto a los indultos de 2024, cuatro de ellos habían sido castigados por un delito contra la salud pública. Son Montserrat Olmos, condenada por el Juzgado de lo Penal Nº1 de Granada el 24 de enero de 2020 a tres años y tres meses de prisión. Así como a una multa de 13.000 euros por unos hechos cometidos en 2017. 

Zoraida Ojeda, condenada por la Audiencia Provincial de Sevilla el 3 de diciembre de 2020. La pena que le cayó fue de 3 años y un día de prisión y una multa de 900 euros por unos hechos ocurridos en 2016.

Omairy Mariñez, condenada por la Audiencia Provincial de León el 19 de septiembre de 2022 a tres años de cárcel. También, a pagar una multa de 40.000 euros por unos hechos que cometió en 2021.

Y José M. Repiso, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga el 28 de marzo de 2023 a tres años de cárcel y a pagar una multa de 12.000 euros.

La quinta persona indultada cometió un delito continuado de alzamiento de bienes. Es Antonio Gutiérrez, condenado por la Audiencia de Salamanca el 18 de abril de 2018 a dos años y medio de prisión y a para una multa de 10 euros al día por unos hechos de 2014.

La sexta, Marta Lecanda, por un delito continuado de estafa en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil. Fue condenada a 21 meses de cárcel por el Juzgado de lo Penal Nº4 de Santander, en sentencia de 1 de octubre de 2018 por unos hechos de 2015-2016.

Los años en los que más castigos se levantaron fueron durante el Gobierno de Mariano Rajoy durante 2014 y 2018, con 56 en total. Algo que se ha visto reducido en los últimos cinco años. En 2019, seis, en 2020, ninguno por la pandemia, en 2021, cinco, en 2022, nueve y en 2023, cinco.

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